Los agricultores y ganaderos podrán reparar los daños en sus parcelas por sus propios medios y recibirán una compensación de entre 5.200 y 9.900 euros por hectárea
El cobro de la ayuda supone renunciar al arreglo por parte de Tragsa
Se establece un plazo de un mes para solicitar el arreglo por Tragsa a quien no lo haya solicitado.
Los titulares de explotaciones próximas a cauces que van a perder su condición de parcela agrícola recibirán una ayuda de 11.800 euros por hectárea
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado hoy la orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) que modifica la ayuda extraordinaria para compensar la pérdida de renta de los agricultores y ganaderos afectados por la dana y que tiene como objetivo agilizar la recuperación del tejido productivo. La orden permitirá que los agricultores y ganaderos puedan reparar los daños sufridos en sus explotaciones por sus propios medios o a través de proveedores o empresas de la zona. Para ello se fija una subvención cuyas cantidades varían en función de la intensidad de los daños en la zona en la que se encuentren las parcelas afectadas y que oscila entre 5.200 y 9.900 euros por hectárea. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha tomado esta medida a petición de las organizaciones agrarias y de los ayuntamientos de la zona para acelerar la recuperación del potencial productivo, una vez constatadas las dificultades para que la empresa pública Tragsa, contratada para ejecutar las obras de reparación, pueda concluirlas a corto o medio plazo, dado el elevado número de actuaciones individualizadas a realizar, con una amplia y dispersa distribución geográfica. Además, estas acciones requieren en su mayor parte de trabajos difíciles de mecanizar, como por ejemplo limpiezas y reparaciones entre líneas de arbolado, o retiradas manuales de restos. Alternativamente, se mantiene la opción de que Tragsa repare los daños en parcela. Los titulares interesados dispondrán de un mes de plazo para optar por solicitar la reparación de los daños de sus parcelas mediante la intervención de la empresa Tragsa, si no lo han hecho antes, o lo ratifiquen si ya lo hicieron, según queda reflejado en la disposición adicional segunda del Real Decreto 345/2025, por el que se desarrolla el régimen jurídico de Tragsa y Tragsatec publicado también en el BOE de hoy.Con ello se da fin a este procedimiento, una vez transcurrido un plazo prudencial desde el acontecimiento de la dana de finales de octubre 2024. Para facilitar la recuperación de los viveros, se establece una ayuda que compensará el 60 % de los daños valorados por Tragsa. El importe se reducirá en caso de haberse percibido otras ayudas o pagos de pólizas de seguro, para no superar el 100 % del coste evaluado del daño. Los beneficiarios viveristas deberán presentar declaración responsable sobre otras ayudas y pagos recibidos y la aceptación expresa de la ayuda y el compromiso de que los fondos se destinarán a la explotación. En caso de no hacerlo, se entiende que renuncian a la ayuda y podrán acogerse, en su caso, a las medidas de recuperación del potencial productivo a través de Tragsa. La orden publicada hoy fija también una ayuda de 11.800 euros por hectárea para compensar a los titulares de explotación con parcelas gravemente afectadas por su proximidad a un cauce público y que son susceptibles de perder su condición de parcela agraria para convertirse en dominio público hidráulico.