De conformidad con lo previsto en el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, con carácter previo a la elaboración de un proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma, acerca de:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
c) Los objetivos de la norma.
d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
En cumplimiento de dicho precepto, se pone a disposición de los interesados un documento informativo relativo a un futuro proyecto de Orden por la que se modifican los anexos V, VI y VII del Real Decreto 170/2011, de 11 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento general del Registro de Variedades Comerciales, el Reglamento general técnico de control y certificación de semillas y plantas de vivero, la Orden de 1 de julio de 1986 por la que se aprueba el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Semillas de Plantas Hortícolas, la Orden de 28 de octubre de 1994 por la que se aprueba el Reglamento Técnico de Control de la Producción y Comercialización de Plantones de Hortalizas y Material de Multiplicación de Hortalizas distinto de las semillas y la Orden ARM/3371/2010, de 27 de diciembre, por la que se aprueba el Reglamento Técnico de Control y Certificación de semillas de plantas oleaginosas, a efectos de recabar la opinión de ciudadanos, organizaciones o asociaciones afectadas.
Las observaciones u opiniones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: MPAyOEVV@mapa.es
El plazo para el envío de las observaciones y comentarios comienza el 11 de diciembre y finaliza el 26 de diciembre de 2024, ambos inclusive.