Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
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PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARÍA GENERAL DE PESCA SOMETIDOS A PARTICIPACIÓN PÚBLICA

Trámite de audiencia Real Decreto por el que se modifica la Orden por la que se establece una reserva marina y una reserva de pesca en el entorno de la Isla de Alborán

REAL DECRETO XX/2024, DE XX DE XXXX, POR EL QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 8 DE SEPTIEMBRE DE 1998 POR LA QUE SE ESTABLECE UNA RESERVA MARINA Y UNA RESERVA DE PESCA EN EL ENTORNO DE LA ISLA DE ALBORÁN Y SE REGULA EL EJERCICIO DE LA PESCA EN LOS CALADEROS ADYACENTES.

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “Real Decreto XX/2024, de XX de XXXX, por el que se modifica la orden de 8 de septiembre de 1998 por la que se establece una reserva marina y una reserva de pesca en el entorno de la isla de Alborán y se regula el ejercicio de la pesca en los caladeros adyacentes.”

En este trámite de audiencia sólo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté plenamente identificado (nombre completo y DNI para persona física o denominación de la entidad y NIF para persona jurídica) y se indiquen los datos de contacto. Con carácter general las respuestas se considerarán no confidenciales y de libre difusión. Las partes que se consideren confidenciales deberán ser específicamente señaladas y delimitadas en los comentarios, motivando las razones de dicha calificación.

Se establece un plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES para efectuar observaciones, las cuales podrán remitirse dirección de correo electrónico: sgprotec@mapa.es

Plazo para observaciones: Inicio: 13 de septiembre Fin: 3 de octubre

Anteproyecto de ley de control, inspección y régimen sancionador de la pesca marítima

De conformidad con lo previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se procede a la audiencia pública del "Anteproyecto de ley de control, inspección y régimen sancionador de la pesca marítima".

Los interesados en participar en esta audiencia pública podrán hacerlo remitiendo, por correo electrónico, el modelo que se adjunta completo con sus sugerencias, alegaciones y observaciones.

Deberá dirigirse a la siguiente dirección: bzn-sgajuridicosgpi@mapa.es indicando en el asunto “Audiencia pública Anteproyecto de ley de control, inspección y régimen sancionador de la pesca marítima”.

Solo serán consideradas las aportaciones en las que el remitente esté claramente identificado (nombre y dirección de la organización o persona, teléfono de contacto y correo electrónico).

El plazo para remitir sugerencias comienza el 3 de septiembre y finaliza el 30 de septiembre de 2024, ambos inclusive.

Consulta pública Borrador Resolución optimización patudo atlántico


A efectos de garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información pública previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a audiencia pública el: Borrador de Resolución por la que se regula el mecanismo de optimización de la población de patudo (Thunnus obesus) de la zona regulada por la Comisión Internacional para la Conservación del Atún Atlántico (CICAA) para el año 2024.
 
 
Las observaciones que se realicen pueden dirigirse a la siguiente dirección de correo electrónico: orgmulpm@mapa.es, con la siguiente referencia: Observaciones Borrador Resolución optimización patudo atlántico.

 
Plazo:
Inicio: 21/08/2024
Fin: 27/08/2024

Borrador de Resolución por la que se resuelve la convocatoria de días adicionales de pesca para la flota de arrastre de fondo del Mediterráneo en 2024 como consecuencia de la aplicación de medidas voluntarias, publicada mediante Resolución de 2 de julio de 2024, de la Secretaría General de Pesca, y por la que se establece la asignación definitiva de días de pesca para la flota de arrastre de fondo del Mediterráneo en 2024

A efectos de recabar la opinión de los interesados, se publica el Borrador de Resolución por la que se resuelve la convocatoria de días adicionales de pesca para la flota de arrastre de fondo del Mediterráneo en 2024 como consecuencia de la aplicación de medidas voluntarias, publicada mediante Resolución de 2 de julio de 2024, de la Secretaría General de Pesca, y por la que se establece la asignación definitiva de días de pesca para la flota de arrastre de fondo del Mediterráneo en 2024.

 

Las observaciones que se realicen pueden dirigirse a la siguiente dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es,  con la siguiente referencia: Borrador Resolución asignación 100 % días pesca y mecanismo de compensación Mediterráneo 2024. 

 

El plazo para su envío será del 7 al 18 de agosto de 2024, ambos incluidos.

Consulta pública de la Orden por la que se modifica la Orden AAA/658/2014, de 22 de abril, por la que se regula la pesca con el arte de palangre de superficie para la captura de especies altamente migratorias

A efectos de garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información pública previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a audiencia pública el borrador de: ORDEN POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN AAA/658/2014, DE 22 DE ABRIL, POR LA QUE SE REGULA LA PESCA CON EL ARTE DE PALANGRE DE SUPERFICIE PARA LA CAPTURA DE ESPECIES ALTAMENTE MIGRATORIAS.

 

 

Las observaciones que se realicen pueden dirigirse a la siguiente dirección de correo electrónico: orgmulpm@mapa.es, con la siguiente referencia: Observaciones Borrador orden modificación Orden APA/658/2014, de palangre de superficie.

 

Plazo:

Inicio: 29/7/2024

Fin: 06/08/2024

Información pública del proyecto de real decreto que establece las bases reguladoras de las subvenciones a agrupaciones de entidades que realicen proyectos de I+D+i en los sectores de la pesca extractiva, la transformación y la comercialización-distribución de los productos de la pesca, y en el sector de la acuicultura, en el marco del FEMPA

A efectos de garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información pública previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se somete a audiencia pública el borrador de real decreto por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a agrupaciones de entidades que realicen proyectos de I+D+i en los sectores de la pesca extractiva, la transformación y la comercialización-distribución de los productos de la pesca y en el sector de la acuicultura, en el marco del FEMPA.

Las observaciones que se realicen pueden dirigirse a la siguiente dirección de correo electrónico: comerpm@mapa.es

El plazo para su envío será del 11 de julio al 1 de agosto, ambos incluidos.

CONSULTA PÚBLICA MODIFICACIÓN DEL REAL DECRETO 1044/2022, DE 27 DE DICIEMBRE, DE ORDENACIÓN DE LA FLOTA PESQUERA

De conformidad con lo previsto en el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, en el documento adjunto se detallan a continuación los aspectos correspondientes del proyecto de real decreto, que este Ministerio tiene intención de tramitar por el que se modifican el Real Decreto 1044/2012, de 27 de diciembre, de ordenación de la flota pesquera, todo ello, con la finalidad de que aquellos que puedan resultar concernidos por la norma a elaborar, puedan expresar su opinión y efectuar las observaciones que estimen oportunas antes de la redacción de la norma.

El plazo para el envío de observaciones comienza el 8 de julio y finaliza el 23 de julio ambos inclusive.

Las propuestas y observaciones deberán dirigirse a la Subdirección General de Sostenibilidad Económica y Asuntos Sociales a la dirección de correo electrónico censoflota@mapa.es,  en los 15 días naturales siguientes a la publicación en la WEB del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA). 

Consulta pública de la Orden ministerial para la modificación de la Orden ministerial por la que se regula el censo unificado de palangre de superficie

Cumpliendo con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios en el plazo de 15 días naturales a la dirección de correo electrónico: orgmulpm@mapa.es

 

Plazo:

Inicio: 05/07/2024

Fin: 20/07/2024

Borrador de Orden, por la que se autoriza la gestión conjunta de las posibilidades de pesca de los buques atuneros cerqueros congeladores autorizados a la pesca de túnidos tropicales en el Océano Índico en la campaña 2024

A efectos de garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información pública previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a audiencia pública el Borrador de Orden, por la que se autoriza la gestión conjunta de las posibilidades de pesca de los buques atuneros cerqueros congeladores autorizados a la pesca de túnidos tropicales en el Océano Índico en la campaña 2024.

Las observaciones que se realicen pueden dirigirse a la siguiente dirección de correo electrónico: orgmulpm@mapa.es,  con la siguiente referencia: Observaciones Borrador Orden Gestión Conjunta YFT Índico

El plazo para su envío será del 1 de julio al 9 de julio, ambos incluidos.

 

Proyecto de real decreto de desarrollo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, en lo relativo a las ayudas a la paralización definitiva y temporal de la actividad pesquera

De conformidad con lo previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se procede a la audiencia e información pública previa a la elaboración del texto del proyecto de real decreto de desarrollo de los artículos 20 y 21 del Reglamento (UE) 2021/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de julio de 2021 por el que se establece el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, (FEMPA) relativos a las ayudas a la paralización definitiva y temporal de la actividad pesquera.

Las observaciones u opiniones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: gesfonpm@mapa.es

El plazo para el envío de las observaciones y comentarios al texto comienza el 26 de junio de 2024 y finalizará el 10 de julio de 2024, ambos inclusive.

Proyecto de orden de BBRR de ayudas de Estado a armadores de buques pesquero españoles afectados por PT de actividad pesquera

A efectos de garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información pública previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se somete a audiencia pública el borrador de orden por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas de Estado a armadores afectados por paralización temporal de la actividad pesquera ante el cierre de las aguas francesas.

Las observaciones que se realicen pueden dirigirse a la siguiente dirección de correo electrónico: comerpm@mapa.es

El plazo para su envío será del 25 de junio al 15 de julio, ambos incluidos.

Borrador de Real Decreto por el que se modifica el real decreto 502/2022, de 27 de junio, por el que se regula el ejercicio de la pesca en los caladeros nacionales

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el  “Proyecto de REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 502/2022, DE 27 DE JUNIO, POR EL QUE SE REGULA EL EJERCICIO DE LA PESCA EN LOS CALADEROS NACIONALES” dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: orgmulpm@mapa.es

Borrador de Resolución por la que se convocan días adicionales de pesca para la flota de arrastre de fondo del Mediterráneo en 2024 como consecuencia de la aplicación de medidas voluntarias.


A efectos de garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información pública previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a audiencia pública el Borrador de Resolución  por la que se convocan días adicionales de pesca para la flota de arrastre de fondo del Mediterráneo en 2024 como consecuencia de la aplicación de medidas voluntarias.

Las observaciones que se realicen pueden dirigirse a la siguiente dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es,  con la siguiente referencia: Alegaciones Borrador Resolución días adicionales medidas voluntarias. 

El plazo para su envío será del 5 al 13 de junio de 2024, ambos incluidos.

Borrador Resolución BFT que modifica la de 14 de mayo 2024

A efectos de garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información pública previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a audiencia pública el Borrador de Resolución BFT que modifica la de 14 de mayo 2024.

Las observaciones que se realicen pueden dirigirse a la siguiente dirección de correo electrónico: inspecpm@mapa.es,  con la siguiente referencia: Alegaciones Borrador Resolución BFT que modifica la de 14 de mayo 2024. 

El plazo para su envío será del 5 al 12 de junio, ambos incluidos.

  • Borrador Resolución BFT que modifica la de 14 de mayo 2024

Borrador Modificación del Real Decreto 502/2022, de 27 de junio, por el que se regula el ejercicio de la pesca en los caladeros nacionales, con objeto de permitir ampliar el ámbito de aplicación y habilitar mecanismos que permitan garantizar la conservación y el uso sostenible de los recursos pesqueros

A efectos de garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información pública previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a audiencia pública el Proyecto de Real Decreto por la que se modifica el Real Decreto 502/2022, de 27 de junio, por el que se regula el ejercicio de la pesca en los caladeros nacionales, con objeto de permitir ampliar el ámbito de aplicación y habilitar mecanismos que permitan garantizar la conservación y el uso sostenible de los recursos pesqueros.
Las observaciones que se realicen pueden dirigirse a la siguiente dirección de correo electrónico: orgmulpm@mapa.es, con la siguiente referencia: Observaciones Borrador Proyecto Modificación Real Decreto Caladeros Nacionales.

El plazo para su envío será del 31 de mayo al 10 de junio, ambos incluidos.

Proyecto de Orden APA/XXX/2024, por la que se regulan las características técnicas de los vehículos aéreos no tripulados utilizados por la Secretaría General de Pesca para el control e inspección de la pesca marítima en aguas exteriores

A efectos de garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información pública previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a audiencia pública el Proyecto de Orden por la que se regulan las características técnicas de los vehículos aéreos no tripulados utilizados por la Secretaría General de Pesca para el control e inspección de la pesca marítima en aguas exteriores.

Las observaciones que se realicen pueden dirigirse a la siguiente dirección de correo electrónico: inspecpm@mapa.es, con la siguiente referencia: Alegaciones Borrador Proyecto Orden Drones 

El plazo para su envío será del 29 de mayo al 19 de junio, ambos incluidos.

Proyecto de Orden por la que se modifica el Anexo III de la Orden APA/423/2020, de 18 de mayo, por la que se establece un plan de gestión para la conservación de los recursos pesqueros demersales en el Mar Mediterráneo.

A efectos de garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información pública previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a audiencia pública el Proyecto de Orden por la que 

Las observaciones que se realicen pueden dirigirse a la siguiente dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es,  con la siguiente referencia: Alegaciones Borrador Proyecto Orden modificación anexo III Orden APA/432/2020 

El plazo para su envío será del 17 al 27 de mayo, ambos incluidos.


Borrador Resolución días adicionales de pesca del mecanismo de compensación asignados por buque y grupo de buques de arrastre de fondo del Mediterráneo.

A efectos de garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información pública previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a audiencia pública el Borrador de Resolución por la que se publica para 2024 el listado de días adicionales de pesca del mecanismo de compensación asignados por buque y grupo de buques de arrastre de fondo del Mediterráneo.

Las observaciones que se realicen pueden dirigirse a la siguiente dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es,  con la siguiente referencia: Alegaciones Borrador Resolución días adicionales Mediterráneo 2024. 

El plazo para su envío será del 18 al 24 de mayo, ambos incluidos.


Consulta Pública previa proyecto de Orden de cesión de capacidad

De conformidad con lo previsto en el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, con carácter previo a la elaboración de un proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma, acerca de:

a)  Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
b)  La necesidad y oportunidad de su aprobación.
c)  Los objetivos de la norma.
d)  Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

En cumplimiento de dicho precepto, se pone a disposición de los interesados el presente documento informativo, relativo a una futuro orden para la cesión de capacidad pesquera de conformidad con lo establecido en el artículo 17 del Real Decreto 1044/2022, de 27 de diciembre, de Ordenación de la Flota Pesquera y por el que se modifica el anexo IV del citado real decreto.

Las observaciones u opiniones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: censoflota@mapa.es, indicando en el asunto “Consulta pública previa orden de cesión de capacidad”.

El plazo para el envío de las observaciones y comentarios comienza el 14 de mayo y finaliza el 4 de junio de 2024, ambos inclusive.

Orden por la que se aprueban las BBRR concesión en régimen de concurrencia competitiva de ayudas a la liquidez para los pescadores afectados por la restricción temporal de la actividad pesquera en aguas de la República de Senegal durante el año 2022

A efectos de garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información pública previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se somete a audiencia pública el proyecto de Orden APA/XXX/2024, de XX de XXXX, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión en régimen de concurrencia competitiva de ayudas a la liquidez para los pescadores afectados por la restricción temporal de la actividad pesquera en aguas bajo soberanía de la República de Senegal durante el año 2022.

Las observaciones que se realicen pueden dirigirse a la siguiente dirección de correo electrónico bzn-uadgopa@mapa.es con la siguiente referencia: Alegaciones proyecto Orden ayudas por paralización Senegal 2022, utilizando el modelo adjunto.

El plazo para remitir observaciones y alegaciones será de quince días hábiles desde el siguiente a su publicación en la página web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Modificación del Real Decreto 502/2022, de 27 de junio, por el que se regula el ejercicio de la pesca en los caladeros nacionales, con objeto de permitir ampliar el ámbito de aplicación y habilitar mecanismos que permitan garantizar la conservación y el uso sostenible de los recursos pesqueros

De conformidad con lo previsto en el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, con carácter previo a la elaboración de un proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma, acerca de:

 

a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

 

b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.

 

c) Los objetivos de la norma.

 

d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

 

En cumplimiento de dicho precepto, se pone a disposición de los interesados un documento informativo relativo a este proyecto de real decreto para modificar el Real Decreto 502/2022, de 27 de junio, por el que se regula el ejercicio de la pesca en los caladeros nacionales.

 

Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios en el plazo de 15 días naturales a la dirección de correo electrónico: orgmulpm@mapa.es

 

Plazo:

Inicio: 13/05/2024

Fin: 28/05/2024

Modificación del Real Decreto 502/2022, de 27 de junio, por el que se regula el ejercicio de la pesca en los caladeros nacionales, con objeto de permitir ampliar el ámbito de aplicación y habilitar mecanismos que permitan garantizar la conservación y el uso sostenible de los recursos pesqueros

CONSULTA PÚBLICA PREVIA SOBRE EL PROYECTO DE REAL DECRETO DE MEDIDAS DE GESTIÓN DE LOS RECURSOS PESQUEROS

De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, con el objeto de incrementar y mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas, con carácter previo a la elaboración del proyecto de Real Decreto por el que se regulan las medidas de gestión de los recursos pesqueros, se sustancia la presente consulta pública, a través de la cual se recabará la opinión de los ciudadanos y de las asociaciones y organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma.

La Ley 5/2023, de 17 de marzo, de pesca sostenible e investigación pesquera, establece en su artículo 31 que tendrán la consideración de medidas de gestión de los recursos pesqueros todas aquellas medidas y mecanismos dirigidos a racionalizar y ordenar la explotación de los recursos, y a equilibrar el esfuerzo pesquero y el desarrollo del sector con base en la mejor información científica disponible.

Se prevé que, por real decreto, se regulen las medidas de gestión de los recursos pesqueros, previa consulta al sector afectado y a las comunidades autónomas, en desarrollo de las disposiciones del título V de la mencionada Ley. La norma prevé que se puedan incluir, entre otras:

a) La asignación de posibilidades de pesca por buques o grupos de buques.

b) La transmisión entre buques de las posibilidades de pesca asignadas.

c) La gestión conjunta de las posibilidades de pesca asignadas por buques.

d) El cese de la actividad pesquera en caso de agotamiento de cuotas.

e) El cierre de las pesquerías.

f) Los mecanismos de flexibilización en la gestión de posibilidades de pesca.

g) Los mecanismos de racionalización en la gestión de posibilidades de pesca.

h) El mecanismo de optimización en la gestión de posibilidades de pesca.

i) Las reservas de posibilidades de pesca.

j) Los intercambios de posibilidades de pesca con otros Estados.

k) La gestión de las posibilidades de pesca no utilizadas.

l) Medidas específicas y singulares, cuya excepcionalidad respecto a la normativa general venga justificada atendiendo al estado de los recursos.

m) El seguimiento del consumo de las posibilidades de pesca por medios informáticos.

Así, el Real Decreto tiene por objeto desarrollar el título V de la Ley 5/2023 de 17 de marzo, de pesca sostenible e investigación pesquera, y regular las medidas de gestión de recursos pesqueros contempladas en el mismo.

No concurren posibles soluciones alternativas regulatorias o no regulatorias.

Conforme a lo establecido por el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de septiembre de 2016, por el que se dictan instrucciones para habilitar la participación pública en el proceso de elaboración normativa a través de los portales web de los departamentos ministeriales (Orden del Ministerio de la Presidencia 1590/2016, de 3 de octubre), se efectúa esta consulta a través del portal web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en su sección “Participación pública”, subsección “Pesca”.

Los interesados en participar en esta consulta pública previa podrán hacerlo remitiendo, por correo electrónico, sus contribuciones a la dirección bzn-sgajuridicosgpi@mapa.es, indicando en el asunto “CONSULTA PÚBLICA REAL DECRETO MEDIDAS DE GESTION DE LOS RECURSOS PESQUEROS”.

No serán tomadas en consideración las contribuciones a esta consulta pública que tengan carácter anónimo.

 

El plazo para la consulta pública previa será del 17 de abril al 2 de mayo de 2024, ambos incluidos.

CONSULTA PÚBLICA PREVIA SOBRE EL ANTEPROYECTO DE LEY DE CONTROL, INSPECCIÓN Y RÉGIMEN SANCIONADOR DE LA PESCA MARÍTIMA

De conformidad con lo previsto en el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, con carácter previo a la elaboración de un proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma, acerca de:

a)  Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
b)  La necesidad y oportunidad de su aprobación.
c)  Los objetivos de la norma.
d)  Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

En cumplimiento de dicho precepto, se pone a disposición de los interesados el presente documento informativo, relativo a un futuro anteproyecto de Ley de Control, Inspección y Régimen Sancionador de la Pesca Marítima.

Las observaciones u opiniones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: bzn-sgajuridicosgpi@mapa.es, indicando en el asunto “Consulta pública previa Ley de control, inspección y régimen sancionador de la pesca marítima”.

El plazo para el envío de las observaciones y comentarios comienza el 16 de abril y finaliza el 30 del mismo mes, ambos inclusive.

Orden APA/XX/2024 por la que se modifica la Orden APA/25/2021, de 19 de enero, por la que se regula el ejercicio de la pesca de túnidos tropicales en el Océano Índico y se crea un censo de atuneros cerqueros congeladores autorizados a la pesca de túnidos tropicales en el Océano Índico

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el  “Borrador de Orden por la que se modifica el artículo 7 de la Orden APA/25/2021 POR LA QUE SE REGULA EL EJERCICIO DE LA PESCA DE TÚNIDOS TROPICALES EN EL OCÉANO ÍNDICO Y SE CREA UN CENSO DE ATUNEROS CERQUEROS CONGELADORES AUTORIZADOS A LA PESCA DE TÚNIDOS TROPICALES EN EL OCÉANO ÍNDICO ”, dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: orgmulpm@mapa.es.

 

En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.

Resolución de xx de xx de 2024, de la Secretaría General de Pesca, por la que se publica para 2024 el listado de días máximos subvencionables por reducción de esfuerzo pesquero para el año 2024, asignados por buque de arrastre de fondo del Mediterráneo en el marco de la Orden APA/423/2020, de 18 de mayo, por la que se establece un plan de gestión para la conservación de los recursos pesqueros demersales en el mar Mediterráneo

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “borrador de Resolución de xx de xx de 2024, de la Secretaría General de Pesca, por la que se publica para 2024 el listado de días máximos subvencionables por reducción de esfuerzo pesquero para el año 2024, asignados por buque de arrastre de fondo del Mediterráneo en el marco de la Orden APA/423/2020, de 18 de mayo, por la que se establece un plan de gestión para la conservación de los recursos pesqueros demersales en el mar Mediterráneo".

El plazo para efectuar observaciones es de 7 días hábiles desde el día siguiente a la publicación, pudiendo remitir las mismas a la dirección de correo electrónico: gesfonpm@mapa.es, indicando en el asunto "Observaciones Borrador Resolución días máximos subvencionables reducción esfuerzo pesquero arrastre de fondo del Mediterráneo 2024".

Plazo para observaciones:

Inicio: 16 de abril de 2024

Fin: 24 de abril de 2024


Proyecto de Orden por la que se modifica el Anexo III de la Orden apa/423/2020, de 18 de mayo, por la que se establece un plan de gestión para la conservación de los recursos pesqueros demersales en el mar Mediterráneo

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “Proyecto de Orden por la que se modifica el Anexo III de la Orden apa/423/2020, de 18 de mayo, por la que se establece un plan de gestión para la conservación de los recursos pesqueros demersales en el mar Mediterráneo".

El plazo para efectuar observaciones es de 7 días hábiles desde el día siguiente a la publicación, pudiendo remitir las mismas a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es indicando en el asunto Observaciones Proyecto Orden Modificación Anexo III Orden APA/423/2020.

 

Plazo para observaciones:

Inicio: 9 de abril de 2024

Fin: 17 de abril de 2024

Borrador de la Resolución de XX de abril de 2024, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establece la distribución anual del porcentaje de capturas para fines científicos en el marco de las campañas científicas autorizadas.

De conformidad con el artículo 4 de la Orden APA/441/2023, de 24 de abril, por la que se regula el acceso al porcentaje de capturas para fines científicos y los criterios para su fijación en el marco de campañas científicas autorizadas, se publica el Borrador de Resolución de la Secretaría General de Pesca, por la que se establece la distribución anual del porcentaje de capturas para fines científicos en el marco de las campañas científicas autorizadas, dando un plazo de 5 días hábiles, desde el siguiente a su publicación, para efectuar observaciones, que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: sgprotec@mapa.es

En este trámite sólo serán consideradas las observaciones en las que el remitente esté plenamente identificado (nombre completo y DNI para personalidad física o denominación de la entidad y NIF para personalidad jurídica) e indiquen los datos de contacto.

Plazo para observaciones:
Inicio: 9 de abril de 2024
Fin: 15 de abril de 2024

Resolución de de de 2024 de la Secretaria General de Pesca, por la que se establecen las disposiciones de aplicación del plan de ordenación plurianual del atún rojo en el océano Atlántico oriental y el mar Mediterráneo para 2024

Resolución de de  de  2024 de la Secretaria General de Pesca, por la que se establecen las disposiciones de aplicación del plan de ordenación plurianual del atún rojo en el océano Atlántico oriental y el mar Mediterráneo para 2024 

El plazo de publicación para información pública estará abierto del 03/04/2024 al 16/04/2024, ambos incluidos

Los comentarios sobre la misma deben enviarse a inspeatun@mapa.es

CONSULTA PREVIA DEL PROYECTO DE ORDEN DE BASES REGULADORAS DE AYUDAS A TRIPULANTES ENROLADOS EN BUQUES PESQUEROS ESPAÑOLES AFECTADOS POR LA PARALIZACIÓN TEMPORAL DE LA ACTIVIDAD PESQUERA, EN EL MARCO FEMPA

De conformidad con lo previsto en el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, con carácter previo a la elaboración de un proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma, acerca de:

a. Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
b. La necesidad y oportunidad de su aprobación.
c. Los objetivos de la norma.
d. Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

En cumplimiento de dicho precepto, se pone a disposición de los interesados el presente documento informativo, relativo a un futuro proyecto de orden por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a tripulantes enrolados en buques pesqueros españoles afectados por la paralización temporal de la actividad pesquera, en el marco del FEMPA.  

Las observaciones u opiniones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: comerpm@mapa.es 

El plazo para el envío de las observaciones y comentarios comienza el 04 abril y finaliza el 17 de abril de 2024, ambos inclusive.

Proyecto de orden por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a armadores de buques pesqueros españoles afectados por la paralización temporal de la actividad pesquera en el periodo de programación del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura (FEMPA).

De conformidad con lo previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, se somete a información pública el proyecto de orden por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a armadores de buques pesqueros españoles afectados por la paralización temporal de la actividad pesquera en el periodo de programación del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura (FEMPA).

Los ciudadanos y organizaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus aportaciones a través del buzón de correo electrónico comerpm@mapa.es

El plazo para el envío de las observaciones al texto comienza el 21 de marzo de 2024 y finaliza el 15 de abril de 2024, ambos incluidos.

CONSULTA PREVIA DEL PROYECTO DE ORDEN POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS DE ESTADO A ARMADORES DE BUQUES PESQUEROS ESPAÑOLES AFECTADOS POR LA PARALIZACIÓN TEMPORAL DE LA ACTIVIDAD PESQUERA

De conformidad con lo previsto en el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, con carácter previo a la elaboración de un proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma, acerca de:

a. Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
b. La necesidad y oportunidad de su aprobación.
c. Los objetivos de la norma.
d. Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

En cumplimiento de dicho precepto, se pone a disposición de los interesados el presente documento informativo, relativo a un futuro proyecto de orden por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas de Estado a armadores de buques pesqueros españoles afectados por la paralización temporal de la actividad pesquera.

Las observaciones u opiniones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: comerpm@mapa.es

El plazo para el envío de las observaciones y comentarios comienza el 20 de marzo y finaliza el 5 de abril de 2024, ambos inclusive.

CONSULTA PREVIA PARA LA APROBACION DE LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS A LA LIQUIDEZ PARA LOS AFECTADOS POR LA RESTRICCIÓN TEMPORAL DE LA ACTIVIDAD PESQUERA EN AGUAS BAJO SOBERANÍA DE LA REPÚBLICA DE SENEGAL DURANTE EL AÑO 2022.

De conformidad con lo previsto en el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, con carácter previo a la elaboración de un proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma, acerca de:

a. Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
b. La necesidad y oportunidad de su aprobación.
c. Los objetivos de la norma.
d. Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

En cumplimiento de dicho precepto, se pone a disposición de los interesados el presente documento informativo, relativo a un futuro proyecto normativo por el que se aprueba las bases reguladoras para la concesión en régimen de concurrencia competitiva de ayudas a la liquidez para los afectados por la restricción temporal de la actividad pesquera en aguas bajo soberanía de la República de Senegal durante el año 2022.

Las observaciones u opiniones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: bzn-uadgopa@mapa.es

El plazo para el envío de las observaciones y comentarios comienza el 19 marzo y finaliza el 2 de abril de 2024, ambos inclusive.

CONSULTA PÚBLICA PREVIA SOBRE EL PROYECTO DE ORDEN MINISTERIAL POR LA QUE SE REGULAN LAS CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LOS VEHÍCULOS AÉREOS NO TRIPULADOS UTILIZADOS POR LA SECRETARÍA GENERAL DE PESCA PARA EL CONTROL E INSPECCIÓN DE LA PESCA MARÍTIMA EN AGUAS EXTERIORES

De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, con el objeto de incrementar y mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas, con carácter previo a la elaboración del proyecto de orden por la que se regulan las características técnicas de los vehículos aéreos no tripulados utilizados por la Secretaría General de Pesca para el control e inspección de la pesca marítima en aguas exteriores, se sustancia la presente consulta pública, a través de la cual se recabará la opinión de los ciudadanos y de las asociaciones y organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma.

El Reglamento (CE) nº 1224/2009 del Consejo, de 20  de  noviembre de 2009, por el que se establece un régimen comunitario de control para garantizar el cumplimiento de las normas de la política pesquera común, prevé en su artículo 5, apartado 1, que los Estados miembros controlarán las actividades incluidas en el ámbito de aplicación de la política pesquera común que sean realizadas por personas físicas o jurídicas en su territorio y en las aguas bajo su soberanía o jurisdicción, en particular las actividades pesqueras, los transbordos, las transferencias de pescado a jaulas o instalaciones acuícolas, incluidas las de engorde, el desembarque, las importaciones, el transporte, la transformación, la comercialización y el almacenamiento de productos de la pesca y de la acuicultura.

Con este objetivo, en el ejercicio de estas funciones de control e inspección en ocasiones se utilizan vehículos aéreos no tripulados, como complemento a los medios aéreos clásicos de vigilancia como son los aviones y los helicópteros.

En este sentido, el artículo 4, apartado 1, letra g) del Real Decreto 176/2003, de 14 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las funciones de control e inspección de las actividades de pesca marítima, señala que, en el ejercicio de su función, los inspectores de pesca marítima están facultados para llevar a cabo controles e inspecciones desde aeronaves, utilizando los sistemas de a bordo, sobre los buques pesqueros o que transporten productos de la pesca en aguas españolas y sobre los buques pesqueros españoles donde quiera que se encuentren.

De igual forma, para el ejercicio de sus funciones los inspectores podrán auxiliarse de los equipos o materiales que sean necesarios, conforme a lo dispuesto en el artículo 4.2 del citado real decreto.

Por ello, se hace necesario establecer en una norma las especificaciones técnicas que deben cumplir estos vehículos, que podrán ser desplegados tanto en tierra como desde embarcación.

No concurren posibles soluciones alternativas regulatorias o no regulatorias.

Conforme a lo establecido por el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de septiembre de 2016, por el que se dictan instrucciones para habilitar la participación pública en el proceso de elaboración normativa a través de los portales web de los departamentos ministeriales (Orden del Ministerio de la Presidencia 1590/2016, de 3 de octubre), se efectúa esta consulta a través del portal web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en su sección “Participación pública”, subsección “Pesca”. Los interesados en participar en esta consulta pública previa podrán hacerlo remitiendo, por correo electrónico, sus contribuciones a la dirección inspecpm@mapa.es, indicando en el asunto “CONSULTA PÚBLICA ORDEN DE VEHÍCULOS AÉREOS NO TRIPULADOS”. No serán tomadas en consideración las contribuciones a esta consulta pública que tengan carácter anónimo.

El plazo para la consulta pública previa será del 5 al 19 de marzo de 2024, ambos incluidos.

PROYECTO DE REAL DECRETO SOBRE BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES A AGRUPACIONES DE ENTIDADES QUE REALICEN PROYECTOS DE I+D+i EN PESCA Y PLANES DE ACUICULTURA, EN MARCO FEMPA

De conformidad con lo previsto en el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, con carácter previo a la elaboración de un proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma, acerca de:

a. Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
b. La necesidad y oportunidad de su aprobación.
c. Los objetivos de la norma.
d. Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
 
En cumplimiento de dicho precepto, se pone a disposición de los interesados el presente documento informativo, relativo a un futuro proyecto de real decreto por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a agrupaciones de entidades que realicen proyectos en materia de investigación para el desarrollo tecnológico y la innovación en el sector pesquero y proyectos en materia de investigación para el desarrollo tecnológico y la innovación en el ámbito de los planes nacionales de acuicultura, durante el periodo operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura (FEMPA).

Las observaciones u opiniones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: comerpm@mapa.es

El plazo para el envío de las observaciones y comentarios comienza el 24 febrero y finaliza el 9 de marzo de 2024, ambos inclusive.

PROYECTO DE ORDEN SOBRE BASES REGULADORAS DE AYUDAS A ARMADORES DE BUQUES PESQUEROS ESPAÑOLES AFECTADOS POR LA PARALIZACIÓN TEMPORAL DE LA ACTIVIDAD PESQUERA EN EL PERIODO DE PROGRAMACIÓN FEMPA

De conformidad con lo previsto en el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, con carácter previo a la elaboración de un proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma, acerca de:

a. Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
b. La necesidad y oportunidad de su aprobación.
c. Los objetivos de la norma.
d. Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
 
En cumplimiento de dicho precepto, se pone a disposición de los interesados el presente documento informativo, relativo a un futuro proyecto de orden por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a armadores de buques pesqueros españoles afectados por la paralización temporal de la actividad pesquera en el periodo de programación del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura (FEMPA).

Las observaciones u opiniones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: comerpm@mapa.es

El plazo para el envío de las observaciones y comentarios comienza el 24 febrero y finaliza el 9 de marzo de 2024, ambos inclusive.

Consulta pública previa proyecto de orden por la que se establecen condiciones para la pesca de la sardina (Sardina pilchardus) de las aguas ibéricas (8c y 9a) del Consejo Internacional para la Exploración del Mar

Cumpliendo con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto del proyecto de orden por la que se establecen condiciones para la pesca de la sardina (Sardina pilchardus) de las aguas ibéricas (8c y 9a) del Consejo Internacional para la Exploración del Mar

Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es. 

Plazo para la remisión de comentarios:

Inicio: 23/02/2024

Fin: 08/03/2024

Proyecto de Orden que modifica la Orden APA/25/2021 de túnidos tropicales en el Océano Indico

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el proyecto de “Orden APA/ /2024, por la que se modifica la Orden APA/25/2021, de 19 de enero, por la que se regula el ejercicio de la pesca de túnidos tropicales en el Océano Indico y se crea un censo de atuneros cerqueros congeladores autorizados a la pesca de túnidos tropicales en el Océano Indico"

El plazo para efectuar observaciones es de 7 días hábiles desde el día siguiente a la publicación, pudiendo remitir las mismas a la dirección de correo electrónico: orgmulpm@mapa.es, indicando en el asunto Observaciones Proyecto Orden modificación túnidos tropicales.

Fechas: Inicio: 12/02/2024
            Fin: 20/02/2024

Proyecto de Orden por la que se modifica el anexo III de la Orden APA/423/2020, de 18 de mayo, por la que se establece un plan de gestión para la conservación de los recursos pesqueros demersales en el Mar Mediterráneo.

A efectos de garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información pública previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a audiencia pública el Proyecto de Orden por la que se modifica el anexo III de la Orden APA/423/2020, de 18 de mayo, por la que se establece un plan de gestión para la conservación de los recursos pesqueros demersales en el Mar Mediterráneo.

Las observaciones que se realicen pueden dirigirse a la siguiente dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es,  con la siguiente referencia: Alegaciones Proyecto Orden por la que se modifica el Anexo III de la Orden APA/423/2020. 

El plazo para su envío comienza el día 9 de febrero de 2024 y finaliza el 19 de febrero de 2024, ambos incluidos.

Borrador de Resolución de la Secretaría General de Pesca, por la que se publica para 2024 el listado de días de pesca asignados por buque y grupo de buques de arrastre de fondo del Mediterráneo

De conformidad con lo previsto en el artículo 7 de la Orden APA/423/2020, de 18 de mayo, por la que se establece un plan de gestión para la conservación de los recursos pesqueros demersales en el mar Mediterráneo, se procede a publicar el Borrador de Resolución por la que se publica para 2024 el listado de días de pesca asignados por buque y grupo de buques de arrastre de fondo del Mediterráneo.

Las observaciones que se realicen pueden dirigirse a la siguiente dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es,  con la siguiente referencia: Alegaciones Borrador Resolución días Mediterráneo 2024. 

El plazo para su envío comienza el día 24 de enero de 2024 y finaliza el 1 de febrero de 2024, ambos incluidos.

Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden APA/1200/2020, de 16 de diciembre, por la que se establecen medidas de mitigación y mejora del conocimiento científico para reducir las capturas accidentales de cetáceos durante las actividades pesqueras

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden APA/1200/2020, de 16 de diciembre, por la que se establecen medidas de mitigación y mejora del conocimiento científico para reducir las capturas accidentales de cetáceos durante las actividades pesqueras”.

En este trámite de audiencia sólo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté plenamente identificado (nombre completo y DNI para persona física o denominación de la entidad y NIF para persona jurídica) y se indiquen los datos de contacto. Con carácter general las respuestas se considerarán no confidenciales y de libre difusión. Las partes que se consideren confidenciales deberán ser específicamente señaladas y delimitadas en los comentarios, motivando las razones de dicha calificación.

El plazo para efectuar observaciones es del 13 al 19 de enero, ambos inclusive, pudiendo remitirse las mismas a la siguiente dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es


 

Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden AAA/2534/2015, de 17 de noviembre, por la que se establece un Plan de gestión para los buques de los censos del Caladero Nacional del Cantábrico y Noroeste

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden AAA/2534/2015, de 17 de noviembre, por la que se establece un Plan de gestión para los buques de los censos del Caladero Nacional del Cantábrico y Noroeste.”

En este trámite de audiencia sólo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté plenamente identificado (nombre completo y DNI para persona física o denominación de la entidad y NIF para persona jurídica) y se indiquen los datos de contacto. Con carácter general las respuestas se considerarán no confidenciales y de libre difusión. Las partes que se consideren confidenciales deberán ser específicamente señaladas y delimitadas en los comentarios, motivando las razones de dicha calificación.

El plazo para efectuar observaciones es del 13 al 19 de enero, ambos inclusive, pudiendo remitirse las mismas a la siguiente dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es 

Líneas estratégicas de investigación pesquera de la Secretaría General de Pesca para el año 2024

Con fecha de 3 de mayo de 2023 se publicó en el BOE la Orden APA/441/2023, de 24 de abril, por la que se regula el acceso al porcentaje de capturas para fines científicos y los criterios para su fijación en el marco de campañas científicas autorizadas. 

El objeto de la citada orden es establecer las disposiciones de acceso al porcentaje de captura para fines científicos y los criterios para su atribución a las respectivas campañas científicas autorizadas, para aquellos stocks en los que la demanda por parte del sector supere el porcentaje disponible por parte del Reino de España. 

Conforme al artículo 2, apartado 4 de la citada orden se publican las líneas estratégicas de la Secretaría General de Pesca para el año 2024. 

Los interesados presentarán su solicitud de acceso a la captura científica de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la citada Orden siendo el plazo de presentación de solicitudes del 1 al 15 de enero de 2024, ambos inclusive. 

Participacion publica Resolucion puertos designados SWO 2024

Resolución de la Secretaría General de Pesca por la que se publica el listado de puertos designados conforme a la Orden APM/1057/2017, de 30 de octubre por la que se modifica la Orden AAA/658/2014, de 22 de abril, por la que se regula la pesca con arte de palangre de superficie de especies altamente migratorias

Los comentarios sobre la misma, así como la solicitud motivada de inclusión de nuevos puertos, donde se incluya horario y lugares habilitados para las descargas, o modificación de horario y/o zonas de desembarque, deben enviarse a inspeatun@mapa.es

El plazo para la remisión de comentarios:  Inicio: 01/12/2023  Fin: 26/12/2023

Proyecto de orden por la que se modifica la Orden APA/177/2023, de 21 de febrero, por la que se modifica la Orden de 8 de septiembre de 1998 por la que se establece una reserva marina y una reserva de pesca en el entorno de la isla de Alborán y se regula el ejercicio de la pesca en los caladeros adyacentes

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden APA/177/2023, de 21 de febrero, por la que se modifica la Orden de 8 de septiembre de 1998 por la que se establece una reserva marina y una reserva de pesca en el entorno de la isla de Alborán y se regula el ejercicio de la pesca en los caladeros adyacentes.”

En este trámite de audiencia sólo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté plenamente identificado (nombre completo y DNI para persona física o denominación de la entidad y NIF para persona jurídica) y se indiquen los datos de contacto. Con carácter general las respuestas se considerarán no confidenciales y de libre difusión. Las partes que se consideren confidenciales deberán ser específicamente señaladas y delimitadas en los comentarios, motivando las razones de dicha calificación.

Se establece un plazo de siete días naturales para efectuar observaciones, las cuales podrán remitirse dirección de correo electrónico: sgprotec@mapa.es

Plazo para observaciones:

Inicio: 20 de octubre

Fin: 26 de octubre

Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 36/2014, de 24 de enero, por el que se regulan los títulos profesionales del sector pesquero, para adaptarlo a la regularización de capacidad de pesca prevista en el Real Decreto 1044/2022, de 27 de diciembre, de Ordenación de la flota pesquera.

De conformidad con lo previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se somete al trámite de audiencia e información pública el Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 36/2014, de 24 de enero, por el que se regulan los títulos profesionales del sector pesquero, para adaptarlo a la regularización de capacidad de pesca prevista en el real decreto 1044/2022, de 27 de diciembre, de ordenación de la flota pesquera, al efecto de recabar la opinión de los ciudadanos, así como de las organizaciones representativas del sector.

Las alegaciones, observaciones, sugerencias u opiniones al respecto que se realicen, deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: gesfonpm@mapa.es

El plazo para envío de observaciones al texto comienza el 28 de septiembre de 2023 y finaliza el 20 de octubre de 2023.


Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden APA/852/2023, de 13 de julio, por la que se establece un Plan de Gestión para la pesca con artes de cerco en el Subcaladero Mediterráneo.

De conformidad con lo previsto en el artículo 26.6 de la ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se procede a la audiencia e información pública del Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden APA/852/2023, de 13 de julio, por la que se establece un Plan de Gestión para la pesca con artes de cerco en el Subcaladero Mediterráneo, a efectos de recabar la opinión de ciudadanos, organizaciones o asociaciones afectadas.

Las observaciones u opiniones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico calnacpm@mapa.es con la siguiente referencia: Alegaciones modificación Orden Cerco en el Mediterráneo. 

El plazo para su envío comienza el día siguiente a esta publicación, comenzando el  22 de septiembre y finalizando el 2 de octubre de 2023, ambos inclusive.

Proyecto del Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 1173/2015, de 29 de diciembre, de desarrollo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca en lo relativo a las ayudas a la paralización definitiva y temporal de la actividad pesquera

De conformidad con lo previsto en el artículo 26.6 de la ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se procede a la audiencia e información pública del Proyecto del Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 1173/2015, de 29 de diciembre, de desarrollo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca en lo relativo a las ayudas a la paralización definitiva y temporal de la actividad pesquera.

Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios en el plazo de 15 días hábiles a la dirección de correo electrónico: gesfonpm@mapa.es

Borrador Resolución captura científica 2023

De conformidad con el artículo 4 de la  Orden APA/441/2023, de 24 de abril, por la que se regula el acceso al porcentaje de capturas para fines científicos y los criterios para su fijación en el marco de campañas científicas autorizadas, se publica Borrador de Resolución de la Secretaría General de Pesca, por la que se establece la distribución anual del porcentaje de capturas para fines científicos en el marco de las campañas científicas autorizadas, dando un plazo de 7 días hábiles, desde el siguiente a su publicación, para efectuar observaciones, que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: sgprotec@mapa.es

En este trámite sólo serán consideradas las observaciones en las que el remitente esté plenamente identificado (nombre completo y DNI para personalidad física o denominación de la entidad y NIF para personalidad jurídica) e indiquen los datos de contacto. 

Plazo para observaciones:

Inicio: 7 de julio de 2023
Fin: 17 de julio de 2023

Borrador Resolución asignación días Mediterráneo 2023

De conformidad con lo previsto en el artículo 7 de la Orden APA/423/2020, de 18 de mayo, por la que se establece un plan de gestión para la conservación de los recursos pesqueros demersales en el mar Mediterráneo, se procede a publicar el Borrador de Resolución por la que se publica para 2023 el listado de días de pesca asignados por buque y grupo de buques de arrastre de fondo del Mediterráneo.

Las observaciones que se realicen pueden dirigirse a la siguiente dirección de correo electrónico calnacpm@mapa.es con la siguiente referencia: Alegaciones Borrador Resolución días Mediterráneo 2023. 

El plazo para su envío comienza el día 6 de julio de 2023 y finaliza el 14 de julio de 2023, ambos incluidos.

Proyecto Real Decreto optimización de cuotas y modificación de la Orden de patudo

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el proyecto de “REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULA EL MECANISMO DE OPTIMIZACIÓN EN LA GESTIÓN DE LAS POSIBILIDADES DE PESCA Y SE MODIFICA LA ORDEN APA/372/2020, DE 24 DE ABRIL, POR LA QUE SE REGULA LA PESQUERÍA DE PATUDO (THUNNUS OBESUS) EN EL OCÉANO ATLÁNTICO Y SE ESTABLECE UN CENSO DE BUQUES AUTORIZADOS A LA PESCA DE PATUDO”  dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: orgmulpm@mapa.es.

Fechas: 
Inicio: 29/06/2023
Fin: 07/07/2023

Consulta pública previa sobre actividad de granjas BFT

Cumpliendo con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, de la Orden Ministerial por la que se regula la gestión y distribución de la capacidad de cría de atún rojo asignada al Reino de España y se establece el censo de granjas autorizadas a la cría de atún rojo, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. 

Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios en el plazo de 15 días naturales a la dirección de correo electrónico: orgmulpm@mapa.es. 

Plazo para la remisión de comentarios:

Inicio: 20/06/2023
Fin: 04/07/2023

Acuerdo del Consejo de Ministros por el que se designan los puertos donde estarán permitidas las operaciones de desembarque y transbordo de productos de la pesca y la prestación de servicios portuarios para los buques pesqueros de terceros países

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el borrador de “Acuerdo del Consejo de Ministros de XX de XXXX de 2023, por el que se designan los puertos donde estarán permitidas las operaciones de desembarque y transbordo de productos de la pesca y la prestación de servicios portuarios para los buques pesqueros de terceros países.".

El plazo para efectuar observaciones es de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación, pudiendo remitirse las mismas a la dirección de correo electrónico: inspecpm@mapa.es, indicando en el asunto "Observaciones Acuerdo Consejo Ministros puertos designados terceros países"

El plazo para su envío comienza el día siguiente a esta publicación, comenzando el  19 de junio y finalizando el  30 de junio de 2023, ambos inclusive.

Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden APA/25/2021, de 19 de enero, por la que se regula el ejercicio de la pesca de túnidos tropicales en el Océano Indico y se crea un censo de atuneros cerqueros congeladores autorizados a la pesca de túnidos tropicales en el Océano Indico

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el proyecto de “Orden APA/ /2023, por la que se modifica la Orden APA/25/2021, de 19 de enero, por la que se regula el ejercicio de la pesca de túnidos tropicales en el Océano Indico y se crea un censo de atuneros cerqueros congeladores autorizados a la pesca de túnidos tropicales en el Océano Indico"

El plazo para efectuar observaciones es de 7 días hábiles desde el día siguiente a la publicación, pudiendo remitir las mismas a la dirección de correo electrónico: orgmulpm@mapa.es, indicando en el asunto Observaciones Proyecto Orden modificación rabil.

Fechas: Inicio: 24/05/2023
            Fin: 01/06/2023

Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden APA/372/2020, de 24 de abril, por la que se regula la pesquería de patudo (Thunnus obesus) en el Océano Atlántico y se establece un censo de buques autorizados a la pesca de patudo

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el proyecto de “ Orden APA/     /2023, de          , por la que se modifica la Orden APA/372/2020, de 24 de abril, por la que se regula la pesquería de patudo (Thunnus obesus) en el Océano Atlántico y se establece un censo de buques autorizados a la pesca de patudo".

El plazo para efectuar observaciones es de 7 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación, pudiendo remitirse las mismas a la dirección de correo electrónico: orgmulpm@mapa.es, indicando en el asunto "Observaciones Orden modificación patudo"

Fechas: Inicio: 24/05/2023
            Fin: 01/06/2023

Proyecto de Real Decreto que modifica el Real Decreto 502/2022, de 27 de junio por el que se regula el ejercicio de la pesca en los caladeros nacionales

De conformidad con lo previsto en el artículo 26.6 de la ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se procede a la audiencia e información pública del Proyecto del Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 502/2022 de 27 de junio, por el que se regula el ejercicio de la pesca en los caladeros nacionales, a efectos de recabar la opinión de ciudadanos, organizaciones o asociaciones afectadas.

Las observaciones u opiniones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico calnacpm@mapa.es con la siguiente referencia: alegaciones real decreto caladeros nacionales.

El plazo para su envío comienza el día siguiente a esta publicación, comenzando el  10 de mayo y finalizando el  31 de mayo de 2023, ambos inclusive.

Líneas estratégicas de investigación pesquera de la Secretaría General de Pesca para el año 2023. Apertura de plazo para presentación de solicitudes

Con fecha de 3 de mayo, se ha publicado en el BOE la Orden APA/441/2023, de 24 de abril, por la que se regula el acceso al porcentaje de capturas para fines científicos y los criterios para su fijación en el marco de campañas científicas autorizadas. 

El objeto de la presente orden es establecer las disposiciones de acceso al porcentaje de captura para fines científicos y los criterios para su atribución a las respectivas campañas científicas autorizadas, para aquellos stocks en los que la demanda por parte del sector supere el porcentaje disponible por parte del Reino de España. 

Conforme al artículo 2, apartado 4 de la citada orden se publican las líneas estratégicas de la Secretaría General de Pesca para el año 2023. 

Los interesados presentarán su solicitud de acceso a la captura científica de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la citada Orden, contando con un mes de plazo desde el día siguiente a la publicación de la Orden, finalizando el plazo el 4 de junio. 

Proyecto de Real Decreto, por el que se modifica el RD 956/2017 de 3 de noviembre por el que se establece el marco regulador de ayudas a las OPP de la pesca y de la acuicultura y sus bases reguladoras

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el proyecto de Real Decreto, por el que se modifica el Real Decreto 956/2017 de 3 de noviembre, por el que se establece el marco regulador de ayudas a las organizaciones profesionales del sector de la pesca y de la acuicultura, cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, y sus bases reguladoras de ámbito estatal, y por el que se modifican el Real Decreto 418/2015, de 29 de mayo, por el que se regula la primera venta de productos pesqueros, y el Real Decreto 277/2016, de 24 de junio, por el que se regulan las organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura, junto con su anexo correspondiente.

Las alegaciones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: comerpm@mapa.es

El plazo para el envío de las observaciones y comentarios al texto comienza el 2 de mayo de 2023 y finalizará el 10 de mayo de 2023, ambos inclusive.

Consulta pública previa a la tramitación de la orden que modifica la Orden APA/25/2021

Cumpliendo con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios en el plazo de 15 días naturales a la dirección de correo electrónico: orgmulpm@mapa.es

El plazo comienza el día siguiente al de la publicación:

Inicio: 20/04/2023

Fin: 04/05/2023

Consulta publica previa a la tramitación de la orden que modifica la Orden APA/372/2020

Cumpliendo con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios en el plazo de 15 días naturales a la dirección de correo electrónico: orgmulpm@mapa.es

El plazo comienza el día siguiente al de la publicación:

Inicio: 21/04/2023
Fin: 05/05/2023

Proyecto de Orden por la que se prorroga la veda establecida por la Orden de 21 de diciembre de 1999, por la que se establece la reserva marina de Masía Blanca, frente al término municipal de El Vendrell

Para que los ciudadanos valoren, con anterioridad a su aprobación, y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “Proyecto de Orden por la que se prorroga la veda establecida por la Orden de 21 de diciembre de 1999, por la que se establece la reserva marina de Masía Blanca, frente al término municipal de El Vendrell,” dando un plazo de 15 días hábiles, desde el día siguiente a su publicación,  para efectuar observaciones, que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: sgprotec@mapa.es 

En este trámite de audiencia sólo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté plenamente identificado (nombre completo y DNI para personalidad física o denominación de la entidad y NIF para personalidad jurídica) e indiquen los datos de contacto. Con carácter general las respuestas se considerarán no confidenciales y de libre difusión. Las partes que se consideren confidenciales deberán ser específicamente señaladas y delimitadas en los comentarios, motivando las razones de dicha calificación.

PLAZO PARA OBSERVACIONES:

Inicio: 5 de abril de 2023

Fin: 27 de abril de 2023

2º Borrador de Resolución por la que se publica para 2023 el Listado de Días Máximos Subvencionables por Reducción de Esfuerzo Pesquero para el año 2023, asignados por buque de arrastre de Fondo del Mediterráneo en el Marco de la Orden APA/423/2020

El pasado 16 de febrero se inició el plazo para la participación pública del borrador de resolución por la que se publica la estimación de los días máximos subvencionables por la reducción de esfuerzo para el año 2023 asignados a los buques de arrastre de fondo del Mediterráneo en el marco de la orden APA/423/2020.

Con posterioridad a dicha publicación y como consecuencia de las medidas adoptadas en la Orden APA/80/2023, la Comisión ha reconocido a España 3.428 días de pesca adicionales, no recogidos en el anexo III  del Rto (UE)2023/195 del Consejo.

Con el objetivo de mejorar la estimación de los días máximos subvencionables, se ha procedido a incorporar a la actividad ya asignada a cada buque, de acuerdo con el artículo 14 del RD 1173/2015, la actividad extraordinaria para 2023 distribuida según los criterios aplicados de acuerdo con la orden APA/423/2022.

Este incremento de días de pesca ha provocado el correspondiente ajuste en la estimación de los días máximos subvencionables que se recogen en el anexo de este borrador. Esta estimación estará condicionada a los días de actividad que finalmente se asigne a cada buque, de acuerdo con el procedimiento establecido en la Orden APA/423/2020, de 18 de mayo, por la que se establece el plan de gestión para la conservación de los recursos pesqueros demersales.

El objeto de esta resolución es facilitar la organización del sector y prever los requisitos para la posterior aplicación, en su caso, de la solicitud de ayudas por paralización temporal, y para garantizar el general conocimiento se procede a la publicación de esta resolución, donde se recoge el número máximo de días subvencionable estimados.

Las observaciones que se realicen deben ser dirigidas a la siguiente dirección de correo electrónico gesfonpm@mapa.es, con la siguiente referencia: Alegaciones borrador resolución días máximos subvencionables Mediterráneo 2023.

El plazo para su envío comienza el día 24 de marzo de 2023 y finalizará el 24 de abril de 2023, ambos incluidos.

Resolución plan de ordenación plurianual del atún rojo en el océano Atlántico oriental y el mar Mediterráneo para 2023

Resolución de 2023 de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen las disposiciones de aplicación del plan de ordenación plurianual del atún rojo en el océano Atlántico oriental y el mar Mediterráneo para 2023

Los comentarios sobre la misma deben enviarse a inspeatun@mapa.es durante el periodo establecido

Borrador de Resolución por la que se publica para 2023 el listado de días Máximos Subvencionables por reducción de Esfuerzo Pesquero para el año 2023, asignados por buque de arrastre de Fondo del Mediterráneo en el Marco de la Orden APA/423/2020.

Con la aprobación del Reglamento (UE) 2023/195 del Consejo de 30 de enero 2023, se fijan los 85.011 días de esfuerzo pesquero máximo para la flota de arrastre del Mediterráneo de España, para 2023, en el marco del plan de gestión para la conservación de los recursos pesqueros demersales en el mar Mediterráneo. Esta reducción de la actividad conlleva a la paralización de la flota afecta.

El RD 1173/2015 permite la financiación de las paradas temporales que realice la flota de acuerdo con el artículo 33.1 del Reglamento (UE) 508/2014 y el artículo 21 del Reglamento (UE) 2021/1139. del Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de julio de 2021 por el que se establece el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2017/1004.

Sin menoscabo de los días de actividad que finalmente se asigne a cada buque, de acuerdo con el procedimiento establecido en la Orden APA/423/2020, de 18 de mayo, por la que se establece el plan de gestión para la conservación de los recursos pesqueros demersales, con el objeto de facilitar la organización del sector y prever los requisitos para la posterior aplicación, en su caso, de la solicitud de ayudas por paralización temporal, y para garantizar el general conocimiento se procede a la publicación de esta resolución, donde se recoge el número máximo de días subvencionable estimados de acuerdo con el procedimiento recogido en el artículo 14.11 del RD 1173/2015.

Las observaciones que se realicen deben ser dirigidas a la siguiente dirección de correo electrónico gesfonpm@mapa.es, con la siguiente referencia: Alegaciones borrador resolución días máximos subvencionables Mediterráneo 2023

El plazo para su envío comienza el día 16 de febrero de 2023 y finalizará el 1 de marzo de 2023, ambos incluidos.

Proyecto de Orden APA/XXX/2023, de X de XXX, por la que se modifican varias órdenes ministeriales, que regulan la actividad pesquera de las flotas que hacen uso de las posibilidades de pesca asignadas al Reino de España.

A efectos de garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información pública previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se somete a participación pública el Proyecto de Orden APA/XXX/2023, de X de XXX, por la que se modifican varias órdenes ministeriales, que regulan la actividad pesquera de las flotas que hacen uso de las posibilidades de pesca asignadas al Reino de España.

Las observaciones u opiniones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es, con la siguiente referencia: Alegaciones a la Orden por la que se modifican varias órdenes ministeriales.
 
Se amplía el plazo de alegaciones, que comenzó el 14 de febrero y ahora finalizará el 6 de marzo, ambos inclusive

Consulta pública previa a la tramitación de la orden por la que se por la que se prorroga la veda establecida por la Orden de 21 de diciembre de 1999, por la que se establece la reserva marina de Masía Blanca, frente al término municipal de El Vendrell

De conformidad con lo previsto en el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, se somete a consulta pública CON CARÁCTER PREVIO A LA ELABORACIÓN DEL TEXTO, información sobre el proyecto de establecimiento de una nueva reserva marina Masía Blanca que plantea este ministerio.

Las observaciones u opiniones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: sgprotec@mapa.es con la siguiente referencia: “Observaciones a la consulta pública previa RM prorroga de la veda Masía Blanca”.

En esta consulta pública previa sólo serán consideradas las observaciones u opiniones en las que el remitente esté plenamente identificado (nombre completo y DNI para persona física o denominación de la entidad y NIF para persona jurídica) y se indiquen los datos de contacto. Con carácter general las respuestas se considerarán no confidenciales y de libre difusión. Las partes que se consideren confidenciales deberán ser específicamente señaladas y delimitadas en los comentarios, motivando las razones de dicha calificación.

El plazo para el envío de observaciones es de 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación, comenzando el 9 de febrero y finalizando el 1 de marzo de 2023, ambos inclusive.

Borrador de Resolución por la que se publica para 2023 el listado de días de pesca asignados por buque y grupo de buques de arrastre de fondo del Mediterráneo.

De conformidad con lo previsto en el artículo 7 de la Orden APA/423/2020, de 18 de mayo, por la que se establece un plan de gestión para la conservación de los recursos pesqueros demersales en el mar Mediterráneo, se procede a publicar el Borrador de Resolución por la que se publica para 2023 el listado de días de pesca asignados por buque y grupo de buques de arrastre de fondo del Mediterráneo.

Las observaciones que se realicen pueden dirigirse a la siguiente dirección de correo electrónico calnacpm@mapa.es con la siguiente referencia: Alegaciones primer Borrador Resolución días Mediterráneo 2023

El plazo para su envío comienza el día 1 de febrero de 2023 y finaliza el 27 de febrero de 2023, ambos incluidos.

Consulta pública previa a la tramitación de la orden por la que se establece una reserva marina de interés pesquero en Cabo Cope, y se definen su delimitación, zonas y usos

De conformidad con lo previsto en el artículo 26.2 de la ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificado por la ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, se somete a consulta pública CON CARÁCTER PREVIO A LA ELABORACIÓN DEL TEXTO, información sobre el proyecto de establecimiento de una nueva reserva marina en Cabo Cope  que plantea este ministerio.

Las observaciones u opiniones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: sgprotec@mapa.es con la siguiente referencia: “Observaciones a la consulta pública previa RM Cabo Cope”.

En esta consulta pública previa sólo serán consideradas las observaciones u opiniones en las que el remitente esté plenamente identificado (nombre completo y DNI para persona física o denominación de la entidad y NIF para persona jurídica) y se indiquen los datos de contacto. Con carácter general las respuestas se considerarán no confidenciales y de libre difusión. Las partes que se consideren confidenciales deberán ser específicamente señaladas y delimitadas en los comentarios, motivando las razones de dicha calificación.

El plazo para el envío de observaciones es de 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación, comenzando el 24 de enero y finalizando el 13 de febrero de 2023, ambos inclusive.


Orden del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se concretan determinados requisitos y condiciones relativos a la ayuda de estado por consumo de gasóleo a empresas armadoras de buques pesqueros y almadrabas para el ejercicio 2023, recogida en el artículo 29 del Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre.

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública la orden del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se concretan determinados requisitos y condiciones relativos a la ayuda de Estado por consumo de gasóleo a empresas armadoras de buques pesqueros y almadrabas para el ejercicio 2023, recogida en el artículo 29 del Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre.

Las alegaciones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: comerpm@mapa.es
 
El plazo para el envío de las observaciones y comentarios al texto comienza el 5 de enero y finalizará el 17 de enero de 2023, ambos inclusive.

Proyecto de orden por la que se modifica el Anexo III de la Orden APA/423/2020, de 18 de mayo, por la que se establece un plan de gestión para la conservación de los recursos pesqueros demersales en el mar Mediterráneo.

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el «Proyecto de orden por la que se modifica el Anexo III de la Orden APA/423/2020, de 18 de mayo, por la que se establece un plan de gestión para la conservación de los recursos pesqueros demersales en el mar Mediterráneo». En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.

Las observaciones que se realicen deberán dirigirse a la siguiente dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es 

El plazo para el envío de alegaciones es de 7 días hábiles, comenzando el 5 de enero y finalizando el 16 de enero de 2023, ambos inclusive.

Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 502/2022, de 27 de junio, por el que se regula el ejercicio de la pesca en los caladeros nacionales

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el « Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 502/2022, de 27 de junio, por el que se regula el ejercicio de la pesca en los caladeros nacionales». En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.

 

Las observaciones que se realicen deberán dirigirse a la siguiente dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es 

El plazo para el envío de alegaciones es de 7 días hábiles, comenzando el 4 de enero y finalizando el 13 de enero de 2023, ambos inclusive.

Proyecto de Real Decreto, por el que se modifica el Real Decreto 277/2016 de 24 de junio por el que se regulan las organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el proyecto de Real Decreto, por el que se modifica el Real Decreto 277/2016 de 24 de junio por el que se regulan las organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura.

Las alegaciones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: comerpm@mapa.es

El plazo para el envío de las observaciones y comentarios al texto comienza el 15 de diciembre de 2022 y finalizará el 15 de enero de 2023, ambos inclusive.

Proyecto de Real Decreto, por el que se modifica el Real Decreto 956/2017 de 3 de noviembre, por el que se establece el marco regulador de ayudas a las organizaciones profesionales del sector de la pesca y de la acuicultura, cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, y sus bases reguladoras de ámbito estatal, y por el que se modifican el Real Decreto 418/2015, de 29 de mayo, por el que se regula la primera venta de productos pesqueros, y el Real Decreto 277/2016, de 24 de junio, por el que se regulan las organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el proyecto de Real Decreto, por el que se modifica el Real Decreto 956/2017 de 3 de noviembre, por el que se establece el marco regulador de ayudas a las organizaciones profesionales del sector de la pesca y de la acuicultura, cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, y sus bases reguladoras de ámbito estatal, y por el que se modifican el Real Decreto 418/2015, de 29 de mayo, por el que se regula la primera venta de productos pesqueros, y el Real Decreto 277/2016, de 24 de junio, por el que se regulan las organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura, junto con su anexo correspondiente.

Las alegaciones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: comerpm@mapa.es

El plazo para el envío de las observaciones y comentarios al texto comienza el 15 de diciembre de 2022 y finalizará el 15 de enero de 2023, ambos inclusive.

Resolución de la Secretaría General de Pesca por la que se publica el listado de puertos designados conforme a la Orden APM/1057/2017, de 30 de octubre por la que se modifica la Orden AAA/658/2014, de 22 de abril, por la que se regula la pesca con arte de palangre de superficie de especies altamente migratorias.

Resolución de la Secretaría General de Pesca por la que se publica el listado de puertos designados conforme a la Orden APM/1057/2017, de 30 de octubre por la que se modifica la Orden AAA/658/2014, de 22 de abril, por la que se regula la pesca con arte de palangre de superficie de especies altamente migratorias.

Los comentarios sobre la misma, así como la solicitud motivada de inclusión de nuevos puertos, donde se incluya horario y lugares habilitados para las descargas, deben enviarse a inspeatun@mapa.es

Proyecto de Orden APA/ /2022, de de, por la que se establece las disposiciones para el acceso al porcentaje de capturas para fines científicos y los criterios para su fijación en el marco de campañas científicas autorizadas

Para que los ciudadanos valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “PROYECTO DE ORDEN APA/ /2022, DE DE , POR LA QUE SE ESTABLECE LAS DISPOSICIONES PARA EL ACCESO AL PORCENTAJE DE CAPTURAS PARA FINES CIENTÍFICOS Y LOS CRITERIOS PARA SU FIJACIÓN EN EL MARCO DE CAMPAÑAS CIENTÍFICAS AUTORIZADAS.” dando un plazo de 15 días hábiles, desde el siguiente a su publicación, para efectuar observaciones, que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: sgprotec@mapa.es

En este trámite de audiencia sólo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté plenamente identificado (nombre completo y DNI para personalidad física o denominación de la entidad y NIF para personalidad jurídica) e indiquen los datos de contacto. Con carácter general las respuestas se considerarán no confidenciales y de libre difusión. Las partes que se consideren confidenciales deberán ser específicamente señaladas y delimitadas en los comentarios, motivando las razones de dicha calificación.

 

PLAZO PARA OBSERVACIONES:

 

Inicio: 8 de noviembre de 2022

Fin: 28 de noviembre de 2022

Proyecto de Orden APA/ /2022 de de, por la que se modifica la Orden de 8 de septiembre de 1998 por la que se establece una reserva marina y una reserva de pesca en el entorno de la Isla de Alborán y se regula el ejercicio de la pesca en los caladeros adyacentes

Para que los ciudadanos valoren, con anterioridad a su aprobación, y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete por tercera vez a información pública el “PROYECTO DE ORDEN APA/ /2022, de de , por la que se modifica la Orden de 8 de septiembre de 1998 por la que se establece una reserva marina y una reserva de pesca en el entorno de la isla de Alborán y se regula el ejercicio de la pesca en los caladeros adyacentes.”

 Se realiza este tercer trámite de audiencia teniendo en cuenta: 

  • El tiempo transcurrido desde la finalización del primer trámite, el 04/01/2021 y las alegaciones recibidas en el mismo.
  • El tiempo transcurrido desde la finalización del segundo trámite, el 6 de mayo de 2022 y las alegaciones recibidas en el mismo.
  • La introducción de las necesarias modificaciones en el proyecto de orden propuesto para recoger lo establecido en el Reglamento (UE) 2019/1022, del Parlamento Europeo y el Consejo, de 20 de junio de 2019, que establece un Plan Plurianual para la pesca demersal en el Mediterráneo Occidental.

En este tercer trámite de audiencia sólo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté plenamente identificado (nombre completo y DNI para persona física o denominación de la entidad y NIF para persona jurídica) y se indiquen los datos de contacto. Con carácter general las respuestas se considerarán no confidenciales y de libre difusión. Las partes que se consideren confidenciales deberán ser específicamente señaladas y delimitadas en los comentarios, motivando las razones de dicha calificación.

Se establece un plazo de SIETE DÍAS NATURALES, desde el día siguiente a su publicación, para efectuar observaciones, que será desde el 27 de octubre hasta el 2 de noviembre, ambos inclusive, las cuales podrán remitirse dirección de correo electrónico: sgprotec@mapa.es.

Proyecto de Orden APM/2022, por la que se regula la Reserva Marina de interés pesquero de la Isla de la Graciosa y de los islotes del norte de Lanzarote y se definen su delimitación, zonas y usos permitidos.

Para que los ciudadanos valoren, con anterioridad a su aprobación, y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “Proyecto de Orden APM/ /2022, por la que se regula la Reserva Marina de interés pesquero de la Isla de La Graciosa y de los islotes del norte de Lanzarote y se definen su delimitación, zonas y usos permitidos,” dando un plazo de 15 días hábiles, desde el día siguiente a su publicación,  para efectuar observaciones, que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: sgprotec@mapa.es

En este trámite de audiencia sólo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté plenamente identificado (nombre completo y DNI para personalidad física o denominación de la entidad y NIF para personalidad jurídica) e indiquen los datos de contacto. Con carácter general las respuestas se considerarán no confidenciales y de libre difusión. Las partes que se consideren confidenciales deberán ser específicamente señaladas y delimitadas en los comentarios, motivando las razones de dicha calificación.

PLAZO PARA OBSERVACIONES:

Inicio: 26 de octubre

Fin: 16 de noviembre

Consulta pública previa sobre el Anteproyecto de Ley de modernización del control y la inspección y lucha contra la pesca ilegal

En cumplimiento del artículo 26.2 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se pone a disposición de los interesados un documento informativo relativo al "Anteproyecto de Ley de Modernización del Control e Inspección y Lucha contra la Pesca Ilegal" y se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar, por correo electrónico, el modelo que se adjunta completo con sus contribuciones, en el plazo de quince días naturales a la dirección de correo electrónico: bzn-sgajuridicosgpi@mapa.es indicando en el asunto “CONSULTA PUBLICA PREVIA LEY DE MODERNIZACION DEL CONTROL”.

Consulta pública previa relativa al Proyecto de Orden Ministerial por la que se establecen las disposiciones para el acceso al porcentaje de cuota para fines científicos y los criterios para su fijación en el marco de campañas científicas autorizadas.

De conformidad con lo previsto en el artículo 26.2 de la ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificado por la ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, se somete a consulta pública CON CARÁCTER PREVIO A LA ELABORACIÓN DEL TEXTO, información sobre el proyecto de Orden Ministerial por el que se establece los criterios de acceso y distribución a la cuota para fines científicos en el marco de campañas autorizadas, así como el cálculo de su montante.

Las observaciones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico sgprotec@mapa.es, con la siguiente referencia: “Observaciones a la consulta pública previa OM Cuota Científica”

En esta consulta pública previa sólo serán consideradas las observaciones u opiniones en las que el remitente esté plenamente identificado (nombre completo y DNI para personalidad física o denominación de la entidad y NIF para personalidad jurídica) y se indiquen los datos de contacto. Con carácter general las respuestas se considerarán no confidenciales y de libre difusión. Las partes que se consideren confidenciales deberán ser específicamente señaladas y delimitadas en los comentarios, motivando las razones de dicha calificación.

El plazo para el envío de estas comienza el 19 de septiembre y finalizará el 7 de octubre de 2022, ambos inclusive.

Consulta pública previa a la revisión de la regulación de la reserva marina de interés pesquero en el entorno de la Punta de la Restinga – Mar de las Calmas (Isla de El Hierro) y se definen su delimitación, zonas y usos permitidos.

De conformidad con lo previsto en el artículo 26.2 de la ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificado por la ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, se somete a consulta pública CON CARÁCTER PREVIO A LA ELABORACIÓN DEL TEXTO, información sobre el proyecto de revisión de la regulación de la citada reserva que este ministerio tiene intención de tramitar.

Las observaciones u opiniones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: sgprotec@mapa.es con la siguiente referencia: “Observaciones a la consulta pública previa RM La Restinga- Mar de las Calmas”.

En esta consulta pública previa sólo serán consideradas las observaciones u opiniones en las que el remitente esté plenamente identificado (nombre completo y DNI para personalidad física o denominación de la entidad y NIF para personalidad jurídica) y se indiquen los datos de contacto. Con carácter general las respuestas se considerarán no confidenciales y de libre difusión. Las partes que se consideren confidenciales deberán ser específicamente señaladas y delimitadas en los comentarios, motivando las razones de dicha calificación.

El plazo para emitir observaciones es de 15 días hábiles, comenzando el 7 de septiembre y finalizando el 27 de septiembre, ambos inclusive.

Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden APA/423/2020, de 18 de mayo, por la que se establece un plan de gestión para la conservación de los recursos pesqueros demersales en el Mar Mediterráneo.

A efectos de garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información pública previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a audiencia pública el Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden APA/423/2020, de 18 de mayo, por la que se establece un plan de gestión para la conservación de los recursos pesqueros demersales en el Mar Mediterráneo.

Las observaciones que se realicen deberán dirigirse a la siguiente dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es .

El plazo para el envío de las mismas comienza el 09 de agosto y finalizará el 28 de septiembre de 2022, ambos inclusive.

Proyecto de Orden por la que se establece un plan de gestión para la pesca con artes de cerco en el caladero Mediterráneo

A efectos de garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información pública previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a audiencia pública el Proyecto de Orden por la que se establece un plan de gestión para la pesca con artes de cerco en el caladero Mediterráneo.

 

Las observaciones que se realicen, deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico calnacpm@mapa.es .

 

El plazo para el envío de las mismas comienza el 3 de agosto y finalizará el 23 de septiembre de 2022, ambos inclusive.

Proyecto de Orden por la que se establece un plan de gestión para la pesca de la langosta «Palinurus spp.» en las aguas exteriores adyacentes a las Illes Balears

A efectos de garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información pública previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a audiencia pública el Proyecto de Orden por la que se establece un plan de gestión para la pesca de la langosta en las aguas exteriores adyacentes a las Illes Balears.

 

 

Las observaciones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico calnacpm@mapa.es


Debido a las peticiones realizadas, se amplía el plazo para realizar observaciones, desde el 20 de septiembre hasta el 27 de septiembre.

El plazo para el envío de las mismas, que comenzó el 3 de agosto, finalizará el 27 de septiembre de 2022, inclusive.


Proyecto de Orden por la que se regula la actividad de las flotas que operan al amparo del Acuerdo entre el Reino de España y la República Portuguesa sobre las condiciones de ejercicio de la actividad de las flotas española y portuguesa en las aguas de ambos países.

A efectos de garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información pública previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a consulta pública el Proyecto de Orden por la que se regula la actividad de las flotas que operan al amparo del Acuerdo entre el Reino de España y la República Portuguesa sobre las condiciones de ejercicio de la actividad de las flotas española y portuguesa en las aguas de ambos países.

Las observaciones que se realicen, deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico calnacpm@mapa.es

El plazo para el envío de las mismas comienza el 30 de julio y finalizará el 15 de septiembre de 2022, ambos inclusive.

Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden AAA/2536/2015, de 30 de noviembre, por la que se regulan los artes y modalidades de pesca marítima y se establece un plan de gestión para los buques de los censos del caladero nacional canario.

A efectos de garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información pública previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a consulta pública el Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden AAA/2536/2015 de 30 de noviembre, por la que se regulan los artes y modalidades de pesca marítima y se establece un plan de gestión para los buques de los censos del caladero nacional canario.

Las observaciones que se realicen, deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico calnacpm@mapa.es 

El plazo para el envío de las mismas comienza el 28 de julio y finalizará el 15 de septiembre de 2022, ambos inclusive.

Proyecto de Orden por la que se concretan y modifican determinados requisitos y condiciones relativos al procedimiento de concesión de las ayudas recogidas en los artículos 34 y 35 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública la orden del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se concretan y modifican determinados requisitos y condiciones relativos al procedimiento de concesión de las ayudas recogidas en los artículos 34 y 35 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, y por la que se convocan dichas ayudas para el 2022, junto con sus anexos correspondientes.

Las alegaciones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: comerpm@mapa.es 

El plazo para el envío de las observaciones y comentarios al texto comienza el 20 de julio y finalizará el 1 de agosto de 2022, ambos inclusive.

Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 502/2022, de 27 de junio, por el que se regula el ejercicio de la pesca en los caladeros nacionales.

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el «Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 502/2022, de 27 de junio, por el que se regula el ejercicio de la pesca en los caladeros nacionales.».

Por motivos de urgencia se reducirá el plazo para observaciones y comentarios, el cual comenzará el 7 de julio de 2022 y finalizará el 18 de julio de 2022, ambos inclusive. Dichas observaciones y comentarios podrán remitirse a la siguiente dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es


Borrador de Resolución por la que se modifica la Resolución de 12 de abril de 2022, de la Secretaría General de Pesca, por la que se publica para 2022 el listado de días de pesca asignados por buque y grupo de buques de arrastre de fondo del Mediterráneo.

De conformidad con lo previsto en el artículo 7 de la Orden APA/423/2020, de 18 de mayo, por la que se establece un plan de gestión para la conservación de los recursos pesqueros demersales en el mar Mediterráneo, se procede a publicar el Borrador de Resolución por la que se modifica la Resolución de 12 de abril de 2022, de la Secretaría General de Pesca, por la que se publica para 2022 el listado de días de pesca asignados por buque y grupo de buques de arrastre de fondo del Mediterráneo.

El plazo para observaciones y comentarios comienza el 28 de junio de 2022 y finalizará el 19 de julio de 2022, ambos inclusive. Estos podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es 


Proyecto de Orden por la que se modifica el anexo III de la Orden APA/423/2020, por la que se establece un Plan de Gestión para la conservación de los recursos pesquero demersales en el mar Mediterráneo.

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el «Proyecto de Orden por la que se modifica el anexo III de la Orden APA/423/2020, por la que se establece un Plan de Gestión para la conservación de los recursos pesquero demersales en el mar Mediterráneo», dando un plazo de 15 días hábiles para efectuar observaciones.

Con el objeto de recibir los comentarios, se ruega que éstos sean enviados a: calnacpm@mapa.es 


 

Plan de Acción de Canarias, integrado en el Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo Pesquero y Acuícola periodo 2021-2027 (FEMPA)

De conformidad con lo previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se procede a la audiencia e información pública del Plan de Acción de Canarias, estrategia y principales acciones, integrado en  Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo Pesquero y Acuícola para el periodo 2021-2027 (FEMPA).

Las observaciones u opiniones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico:  ucaue.pesca@gobiernodecanarias.org 

El plazo para el envío de las observaciones y comentarios al texto comienza el 20 de mayo y finalizará el 10 de junio de 2022, ambos inclusive.

Proyecto de Orden por la que se establece un plan de pesca de arrastre de fondo en determinadas zonas del litoral surmediterráneo.

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el «Proyecto de Orden por la que se establece un plan de pesca de arrastre de fondo en determinadas zonas del litoral surmediterráneo», dando un plazo de 15 días hábiles para efectuar observaciones.

El plazo para observaciones y comentarios comienza el 19 de mayo de 2022 y finalizará el 8 de junio de 2022, ambos inclusive. Estos podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es

Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 182/2015, de 13 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de procedimiento del régimen sancionador en materia de pesca marítima en aguas exteriores

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el «Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 182/2015, de 13 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de procedimiento del régimen sancionador en materia de pesca marítima en aguas exteriores.». En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.

Solo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté claramente identificado (nombre y dirección de la organización o persona, teléfono de contacto y correo electrónico).

El plazo para observaciones y comentarios comienza el 10 de mayo de 2022 y finalizará el 19 de mayo de 2022, ambos inclusive. Estos podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: bzn-sgajuridicosgpi@mapa.es

BORRADOR DE LA CONTRIBUCIÓN DE ESPAÑA A LAS DIRECTRICES ESTRATÉGICAS PARA UNA ACUICULTURA DE LA UE MÁS SOSTENIBLE Y COMPETITIVA 2021 – 2030

La CONTRIBUCIÓN DE ESPAÑA A LAS DIRECTRICES ESTRATÉGICAS PARA UNA ACUICULTURA DE LA UE MÁS SOSTENIBLE Y COMPETITIVA 2021 – 2030 está alineada con los instrumentos del nuevo periodo de programación UE 2021-2030; el Pacto Verde Europeo (Green Deal) que busca estimular la economía y crear empleo a la vez que se acelera la transición ecológica de forma rentable; la estrategia «De la granja a la mesa», que contribuirá al potencial de los alimentos de acuicultura como fuente de proteínas con una huella de carbono reducida y como sistema alimentario sostenible. Además, la acuicultura en el marco del Crecimiento azul, jugará un importante papel dentro de los sistemas alimentarios responsables, contribuyendo a aliviar la presión sobre el clima y sobre los recursos naturales para la producción de alimentos, y permitirán la creación de capacidades y empleos azules. 

Para alcanzar estas metas se han establecido CINCO OBJETIVOS ESTRATÉGICOS:
  • OE.1. Favorecer la puesta marcha de nuevas iniciativas y consolidar la actividad existente 
  • OE.2. Asegurar la competitividad y viabilidad del tejido productivo 
  • OE.3. Fortalecer la sostenibilidad ambiental de la actividad 
  • OE.4. Resolver los retos científico-tecnológicos y asegurar la gestión y transferencia del conocimiento 
  • OE.5. Mejorar la percepción de la sociedad sobre la actividad acuícola y sus productos 

España desarrollará estos objetivos alineando las estrategias de las autoridades competentes de las Comunidades Autónomas, las prioridades de la Administración General del Estado y las iniciativas sectoriales y de los agentes científico-tecnológicos. 

Las sugerencias y aportaciones deberán realizarse a través del formulario que se adjunta que deberá dirigirse al siguiente buzón de correo electrónico: secjacumar@mapa.es

El plazo comienza el 6 de mayo y finaliza el 27 de mayo de 2022, ambos inclusive.

Documentos que se adjuntan:

Consulta pública previa a la tramitación de la Orden que modifica la Orden APA/372/2020, de 24 de abril, por la que se regula la pesquería de patudo (Thunnus obesus) en el Océano Atlántico y se establece un censo de buques autorizados a la pesca de patudo, y la Orden APA/25/2021, de 19 de enero, por la que se regula el ejercicio de la pesca de túnidos tropicales en el Océano Índico y se crea un censo de atuneros cerqueros congeladores autorizados a la pesca de túnidos tropicales en el Océano Índico

De conformidad con lo previsto en el artículo 26.2 de la ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificado por la ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, se somete a consulta pública CON CARÁCTER PREVIO A LA ELABORACIÓN DEL TEXTO, información sobre el proyecto de la futura regulación que este ministerio tiene intención de tramitar.

Las observaciones u opiniones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: orgmulpm@mapa.es con la siguiente referencia: “Observaciones a la consulta pública previa”.

 

Resolución de …de 2022 de la Secretaria General de Pesca, por la que se establecen las disposiciones de aplicación del plan de ordenación plurianual del atún rojo en el océano Atlántico oriental y el mar Mediterráneo para 2022

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública la «Resolución de …de 2022 de la Secretaria General de Pesca, por la que se establecen las disposiciones de aplicación del plan de ordenación plurianual del atún rojo en el océano Atlántico oriental y el mar Mediterráneo para 2022»,El plazo para el envío de comentarios sobre la misma estará abierto desde el 8 hasta el 26 de abril (ambos incluidos). Deben enviarse a inspeatun@mapa.es.

Proyecto de Orden por la que se regulan las paradas temporales para la modalidad de cerco en determinadas zonas del litoral Mediterráneo para el periodo 2022-2023.

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el «Proyecto de Orden por la que se regulan las paradas temporales para la modalidad de cerco en determinadas zonas del litoral Mediterráneo para el periodo 2022-2023», dando un plazo de 15 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es 


PROYECTO DE ORDEN APA/ /2022, DE DE DE , POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 8 DE SEPTIEMBRE DE 1998 POR LA QUE SE ESTABLECE UNA RESERVA MARINA Y UNA RESERVA DE PESCA EN EL ENTORNO DE LA ISLA DE ALBORÁN Y SE REGULA EL EJERCICIO DE LA PESCA EN LOS CALADEROS ADYACENTES

Para que los ciudadanos valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete por segunda vez a información pública el “PROYECTO DE ORDEN APA/ /2022, de de de, por la que se modifica la Orden de 8 de septiembre de 1998 por la que se establece una reserva marina y una reserva de pesca en el entorno de la isla de Alborán y se regula el ejercicio de la pesca en los caladeros adyacentes.”

 Se realiza este segundo trámite de audiencia teniendo en cuenta:

·         El tiempo transcurrido desde la finalización del primer trámite, el 04/01/2021.

·         Las alegaciones recibidas en el primer trámite.

·         La introducción de las necesarias modificaciones en el proyecto de orden propuesto para recoger lo establecido en el Reglamento (UE) 2019/1022 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, que establece un Plan Plurianual para la pesca demersal en el Mediterráneo Occidental.

 En este segundo trámite de audiencia sólo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté plenamente identificado (nombre completo y DNI para personalidad física o denominación de la entidad y NIF para personalidad jurídica) y se indiquen los datos de contacto. Con carácter general las respuestas se considerarán no confidenciales y de libre difusión. Las partes que se consideren confidenciales deberán ser específicamente señaladas y delimitadas en los comentarios, motivando las razones de dicha calificación.

 Se establece un plazo de 15 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: sgprotec@mapa.es

 

Consulta sobre la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo que modifica el Reglamento (UE) 2019/833, por el que se establecen medidas de conservación y ejecución aplicables en la zona de regulación de la Organización de Pesquerías del Atlántico Noroeste

En aplicación del Acuerdo de Consejo de Ministros de 23 de febrero de 2021, mediante el cual se ha establecido un nuevo procedimiento destinado a mejorar el proceso de elaboración de normas europeas, se procede a someter a consulta la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo que modifica el Reglamento (UE) 2019/833, por el que se establecen medidas de conservación y ejecución aplicables en la zona de regulación de la Organización de Pesquerías del Atlántico Noroeste.

Las medidas de conservación y gestión de la Organización de Pesquerías del Atlántico Noroeste (NAFO) se aplican exclusivamente a la zona bajo su regulación, en alta mar, que se define como la zona que se extiende más allá de las aguas en las que los Estados ribereños ejercen su jurisdicción en materia de pesca. Conforme al Convenio NAFO, las medidas de conservación que haya adoptado la Comisión de la NAFO son vinculantes (artículos XIV, VI.8 y VI.9) y las Partes contratantes están obligadas a aplicarlas. El Reglamento (UE) 2019/833 incorporó las medidas de conservación y control de la NAFO al Derecho de la Unión.

El objeto principal de eta propuesta es incorporar al Derecho de la Unión las modificaciones de las medidas de conservación y control que adoptó la NAFO en su reunión anual de septiembre de 2021, que entraron en vigor el 2 de diciembre de 2021 y son aplicables a partir de esa fecha.

Las sugerencias, alegaciones, observaciones que se realicen, deberán dirigirse a la siguiente dirección: drpesmar@mapa.es

El plazo para remitir sugerencias comienza el 22 de marzo y finaliza el 11 de abril de 2022, ambos inclusive.

Evaluación Ambiental Estratégica, del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura (FEMPA)

De conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, se inicia el proceso de información pública de la Evaluación Ambiental Estratégica, del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura (FEMPA), disponiendo al efecto del plazo de 45 días hábiles, a contar desde el siguiente al de publicación del Anuncio en el Boletín Oficial del Estado. Publicación que ha tenido lugar, a 14 de marzo de 2022.

Con el objeto de recibir los comentarios, se ruega que éstos sean enviados a: bzn-FEMPA@pesca.mapama.es, antes del 18 de mayo.

Borrador de Resolución por la que se publica para 2022 el listado de días de pesca asignados por buque y grupo de buques de arrastre de fondo del Mediterráneo.

De conformidad con lo previsto en el artículo 7 de la Orden APA/423/2020, de 18 de mayo, por la que se establece un plan de gestión para la conservación de los recursos pesqueros demersales en el mar Mediterráneo, se procede a publicar el Borrador de Resolución por la que se publica para 2022 el listado de días de pesca asignados por buque y grupo de buques de arrastre de fondo del Mediterráneo.

El plazo para observaciones y comentarios comienza el 24 de febrero de 2022 y finalizará el 17 de marzo de 2022, ambos inclusive. Estos podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es 

RD relativo a las ayudas a la paralización definitiva y temporal de la actividad pesquera

Al objeto de realizar trámite de información pública y en el marco de las medidas de ayuda destinadas a la paralización temporal de las actividades pesqueras al amparo del FEMP, se procede a publicar el Real Decreto XX/2022, de XX de xxxxx, que modifica el Real Decreto 1173/2015, de 29 de diciembre, de desarrollo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca en lo relativo a las ayudas a la paralización definitiva y temporal de la actividad pesquera.

Con el objeto de recibir los comentarios, se ruega que éstos sean enviados a: gesfonpm@mapa.es, antes del 24 de marzo


PROYECTO DE ORDEN POR LA QUE SE PRORROGA LA VEDA ESTABLECIDA POR LA ORDEN APA/308/2020, DE 27 DE MARZO, POR LA QUE SE ESTABLECE UNA VEDA TEMPORAL PARA LA PESCA DE CORAL ROJO (Corallium rubrum) EN EL PRÓXIMO BIENIO Y SE DETERMINA LA NO CONCESION DE LICENCIAS EN DICHO PERIODO

De conformidad con lo previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se procede a la audiencia e información pública del proyecto de Orden por la que se prorroga la veda establecida por la Orden APA/308/2020 de 27 de marzo, por la que se establece una veda temporal para la pesca de coral rojo (Corallium rubrum) en el próximo bienio y de determina la noconcesión de licencias en dicho periodo, a efectos de recabar la opinión de ciudadanos, organizaciones o asociaciones afectadas.

Las observaciones u opiniones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es con la siguiente referencia: Alegaciones Orden prórroga veda temporal coral rojo.

El plazo para su envío comienza el día 1 de marzo y finaliza el 21 de marzo de 2022, ambos inclusive.

REAL DECRETO XXX/2022 POR EL QUE SE REGULA EL EJERCICIO DE LA PESCA EN LOS CALADEROS NACIONALES

De conformidad con lo previsto en el artículo 26.6 de la ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se procede a la audiencia e información pública del Real Decreto XXX/2022 por el que se regula el ejercicio de la pesca en los caladeros nacionales, a efectos de recabar la opinión de ciudadanos, organizaciones o asociaciones afectadas.

Las observaciones u opiniones que se realicen, deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es con la siguiente referencia: Alegaciones Real Decreto Caladeros nacionales.

El plazo para su envío comienza el día 15 de febrero y finaliza el 7 de marzo de 2022, ambos inclusive.

Trámite de audiencia pública: Anteproyecto de Ley de Pesca Sostenible e Investigación Pesquera.

De conformidad con lo previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se procede de nuevo a la audiencia pública del "Anteproyecto de Ley de pesca sostenible e investigación pesquera", que ha sido adaptado a las observaciones realizadas por el Consejo de Estado.

Las sugerencias, alegaciones, observaciones que se realicen, deberán dirigirse a la siguiente dirección: bzn-sgajuridicosgpi@mapa.es 

Solo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté claramente identificado (nombre y dirección de la organización o persona, teléfono de contacto y correo electrónico).

El plazo para remitir sugerencias comienza el 11 de febrero y finaliza el 21 de febrero de 2022, ambos inclusive.

Revisión y actualización de la regulación de la reserva marina de interés pesquero de la isla de La Graciosa y de los islotes del norte de Lanzarote.

Consulta pública previa relativa a la revisión y actualización de la regulación de la reserva marina de interés pesquero de la isla de La Graciosa y de los islotes del norte de Lanzarote.

Cumpliendo con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. 

Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios en el plazo de 15 días hábiles, a la dirección de correo electrónico: sgprotec@mapa.es 


Resolución paradas financiadas arrastre mediterráneo 2022

Al objeto de realizar trámite de información pública y en el marco de las medidas de ayuda destinadas a la paralización temporal de las actividades pesqueras al amparo del FEMP, de acuerdo con el artículo 12 de la Orden APA/423/2020, de 18 de mayo, por la que se establece un plan de gestión para la conservación de los recursos pesqueros demersales en el mar Mediterráneo, se procede a publicar propuesta de Resolución con los días máximos subvencionables por reducción de esfuerzo y por buque sujeto a la aplicación del mencionado plan de gestión para la conservación de los recursos pesqueros demersales en el mar Mediterráneo y en función de la aprobación de la reducción de días de esfuerzo para el año 2022 por parte del Consejo de Ministros de la UE, así como el sistema de cálculo utilizado.

Con el objeto de recibir los comentarios, se ruega que éstos sean enviados a: depesmar@mapa.es, antes del 9 de febrero.

Resolución de la Secretaría General de Pesca por la que se publica el listado de puertos designados por la que se regula la pesca con arte de palangre de superficie de especies altamente migratorias

Resolución de la Secretaría General de Pesca por la que se publica el listado de puertos designados conforme a la Orden APM/1057/2017, de 30 de octubre por la que se modifica la Orden AAA/658/2014, de 22 de abril, por la que se regula la pesca con arte de palangre de superficie de especies altamente migratorias.

El plazo de publicación para información pública estaría abierto del 16 de diciembre al 5 de enero, ambos incluidos, un total de 15 días hábiles. 

Los comentarios sobre la misma así como la solicitud motivada de inclusión de nuevos puertos, donde se incluya horario y lugares habilitados para las descargas deben enviarse a inspeatun@mapa.es

PROYECTO DE ORDEN POR LA QUE SE MODIFICA EL ANEXO III DE LA ORDEN APA/423/2020 POR LA QUE SE ESTABLECE UN PLAN DE GESTIÓN PARA LA CONSERVACIÓN DE LOS RECURSOS PESQUEROS DEMERSALES EN EL MAR MEDITERRÁNEO

De conformidad con lo previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se procede a la audiencia e información pública de la Orden  APA/XXX/XXXX, por la que se modifica el anexo III de la orden APA/423/2020 por la que se establece un plan de gestión para la conservación de los recursos pesqueros demersales en el mar Mediterráneo, a efectos de recabar la opinión de ciudadanos, organizaciones o asociaciones afectadas.

Las observaciones u opiniones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es con la siguiente referencia: Alegaciones Orden por la que se modifica el Anexo III de la Orden APA/423/2020.

El plazo para su envío comienza el día 29 de octubre y finaliza el 19 de noviembre de 2021, ambos inclusive.

PROYECTO DE ORDEN POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN APA/1212/2020, DE 16 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE ESTABLECEN ZONAS DE VEDA ESPACIOTEMPORAL PARA LA MODALIDAD DE ARRASTRE DE FONDO Y CERCO EN DETERMINADAS ZONAS DEL LITORAL MEDITERRÁNEO PARA EL PERIODO 2021-2022

 

De conformidad con lo previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se procede a la audiencia e información pública de la Orden APA/XXX/XXXX , por la que se modifica la Orden APA/1212/2020, de 16 de diciembre, por la que se establecen zonas de veda espaciotemporal para la modalidad de arrastre de fondo y cerco en determinadas zonas del litoral mediterráneo para el periodo 2021-2022, a efectos de recabar la opinión de ciudadanos, organizaciones o asociaciones afectadas.

Las observaciones u opiniones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es con la siguiente referencia: Alegaciones Orden por la que se modifica la Orden APA/1212/2020. 

El plazo para su envío comienza el día 29 de octubre y finaliza el 19 de noviembre de 2021, ambos inclusive.


Segunda consulta pública Programa Operativa del Fondo Europeo Marítimo Pesquero y Acuícola periodo 2021-2027 (FEMPA) y Planes Financieros

De conformidad con lo previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se procede a la audiencia e información pública de la propuesta de Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo Pesquero y Acuícola para el periodo 2021-2027 (FEMPA), con el fin de consolidar una propuesta final de dicho Programa elaborado por España, y que sirva para ser presentado a la Comisión. De acuerdo con el artículo 23 del Reglamento de Disposiciones Comunes 2021/1060, de 24 de junio, será la citada Comisión la encargada de aprobar el documento definitivo de Programa Operativo. 

Las observaciones u opiniones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: bzn-FEMPA@pesca.mapama.es

El plazo para el envío de las observaciones y comentarios al texto comienza el 26 de octubre de 2021 y finalizará el 10 de diciembre de 2021, ambos inclusive.
 
Además, y como información adicional y complementaria se adjunta la información relativa a los Planes Financieros de las Comunidades Autónomas y de los Organismos Intermedios de Gestión de la Administración General del Estado.


CONSULTA PÚBLICA SOBRE PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULA EL EJERCICIO DE LA PESCA DE LAS DIFERENTES MODALIDADES QUE FAENAN EN AGUAS DE LOS CALADEROS NACIONALES CANTÁBRICO NOROESTE, GOLFO DE CÁDIZ Y MEDITERRÁNEO

De conformidad con lo previsto en el artículo 26.2 de la ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificado por la ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, se somete a consulta pública CON CARÁCTER PREVIO A LA ELABORACIÓN DEL TEXTO información sobre el proyecto de la futura regulación que este ministerio tiene intención de tramitar y en el que se fijarán las condiciones para el ejercicio de la pesca de las diferentes modalidades que faenan en aguas de los caladeros nacionales del Cantábrico Noroeste, Golfo de Cádiz y Mediterráneo.

Las observaciones u opiniones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es con la siguiente referencia: “Observaciones de carácter previo al anuncio de futura regulación de pesca de diferentes modalidades en algunos caladeros nacionales.”

El plazo para su envío comienza el día 15 de octubre y finaliza el 29 de octubre de 2021, ambos inclusive. 

PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES PARA LA ADQUISICION E INSTALACION DE SISTEMAS DE SEGUIMIENTO ELECTRÓNICO REMOTO (REM), PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE DESEMBARQUE, MEDIANTE LA DIGITALIZACIÓN DE LA FLOTA DE PEQUEÑA ESCALA Y DE APOYO AL SECTOR PESQUERO EXTRACTIVO, ACUICOLA, COMERCIALIZADOR Y TRANSFORMADOR, Y SE CONVOCAN PARA EL AÑO 2021

Con el objeto de dar audiencia a los ciudadanos afectados y obtener cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas y entidades, tal como está previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a audiencia e información públicas el Proyecto de real decreto por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la adquisición e instalación de sistemas de seguimiento electrónico remoto (REM), para el cumplimiento de la obligación de desembarque, mediante la digitalización de la flota de pequeña escala y de apoyo al sector pesquero extractivo, acuícola, comercializador y transformador, y se convocan para el año 2021.

Aquellos que lo deseen, podrán enviar sus comentarios en el plazo de 7 días hábiles (comienza el día 23 de agosto y finaliza el 31 de agosto de 2021, ambos inclusive), a la siguiente dirección de correo electrónico: depesmar@mapa.es

ORDEN APA/XXX/XXXX, DE XXXXXXXXXXXXXX, POR LA QUE SE MODIFICAN DETERMINADAS ÓRDENES MINISTERIALES QUE REGULAN LA ACTIVIDAD PESQUERA DE LAS FLOTAS QUE HACEN USO DE LAS POSIBILIDADES DE PESCA ASIGNADAS AL REINO DE ESPAÑA

De conformidad con lo previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se procede a la audiencia e información pública de la Orden  APA/XXX/XXXX, por la que se modifican determinadas órdenes ministeriales que regulan la actividad pesquera de las flotas que hacen uso de las posibilidades de pesca asignadas el Reino de España, a efectos de recabar la opinión de ciudadanos, organizaciones o asociaciones afectadas.

Las observaciones u opiniones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es con la siguiente referencia: Alegaciones Orden por la que se modifican determinadas órdenes ministeriales.

El plazo para su envío comienza el día 11 de agosto y finaliza el 3 de septiembre de 2021, ambos inclusive.

PROYECTO DE ORDEN POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN APA 792/2021, DE 21 DE JULIO, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES EN I+D+I, EN EL ÁMBITO DE LOS PLANES NACIONALES DE ACUICULTURA, PARA AGRUPACIONES DE ENTIDADES QUE REALICEN PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN EN ESTA MATERIA

Con el objeto de dar audiencia a los ciudadanos afectados y obtener cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas y entidades, tal como está previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a audiencia e información públicas el borrador de Orden por la que se modifica la Orden APA 792/2021, de 21 de Julio, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en I+D+i, en el ámbito de los Planes Nacionales de Acuicultura, para agrupaciones de entidades que realicen Proyectos de investigación en esta materia.

Aquellos que lo deseen, podrán enviar sus comentarios en el plazo de 7 días hábiles a la siguiente dirección de correo electrónico: comerpm@mapa.es

PROYECTO DE ORDEN POR LA QUE SE ESTABLECE UN PLAN DE GESTIÓN PARA LA PESCA CON ARTES DE CERCO EN EL CALADERO MEDITERRÁNEO

De conformidad con lo previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se procede a la audiencia e información pública de la Orden  APA/XXX/XXXX, por la que se establece un Plan de Gestión para la pesca con artes de cerco en el Caladero Mediterráneo, a efectos de recabar la opinión de ciudadanos, organizaciones o asociaciones afectadas.
Las observaciones u opiniones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es con la siguiente referencia: Alegaciones Orden artes de cerco Caladero Mediterráneo.

El plazo para su envío  comienza el  día 29 de julio y finaliza el 17 de septiembre de 2021, ambos inclusive. 

Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 849/2017, de 22 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones al fomento del asociacionismo, a entidades asociativas representativas del sector pesquero

De conformidad con lo previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se procede a la audiencia e información pública el proyecto de real decreto por el que se modifica el Real Decreto 849/2017, de 22 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones al fomento del asociacionismo a entidades asociativas representativas del sector pesquero.

Las observaciones u opiniones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: comerpm@mapa.es

El plazo para el envío de las observaciones y comentarios al texto comienza el 7 de julio de 2021 y finalizará el 14 de julio de 2021, ambos inclusive.

Trámite de audiencia pública: Anteproyecto de Ley de pesca sostenible e investigación pesquera

De conformidad con lo previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se procede a la audiencia pública del "Anteproyecto de Ley de pesca sostenible e investigación pesquera".

Las sugerencias, alegaciones, observaciones que se realicen, deberán dirigirse a la siguiente dirección: bzn-sgajuridicosgpi@mapa.es 

Solo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté claramente identificado (nombre y dirección de la organización o persona, teléfono de contacto y correo electrónico).

El plazo para remitir sugerencias comienza el 3 de junio y finaliza el 24 de junio de 2021, ambos inclusive.

Proyecto de Real Decreto por que se modifica el Real Decreto 395/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen medidas de ordenación de la flota pesquera que opera con artes fijos y menores en el Mediterráneo.

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el «Proyecto de Real Decreto por que se modifica el Real Decreto 395/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen medidas de ordenación de la flota pesquera que opera con artes fijos y menores en el Mediterráneo», dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es 

En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.


Proyecto RD ayudas PRTR crecimiento azul

De conformidad con lo previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se somete a información pública el proyecto de Real Decreto por el que se establecen las bases reguladoras y se convocan las ayudas a la puesta en marcha de proyectos en materia de economía azul en el sector pesquero y de la acuicultura, y se convocan para 2022 y 2023.

Los ciudadanos y organizaciones que así lo consideren, puedan hacer llegar sus aportaciones, a través del buzón de correo electrónico: gesfonpm@mapa.es


Borrador Resolución por la que se regula la pesca con arte de palangre de superficie para la captura de especies altamente migratorias

Borrador Resolución de ….  de marzo de 2021 de la Secretaría general de pesca por la que se modifica el anexo iv  de la orden apm/1057/2017, de 30 de octubre, por la que se modifica la Orden aaa/658/2014, de 22 de abril, por la que se regula la pesca con arte de palangre de superficie para la captura de especies altamente migratorias, y por la que se deroga la Orden arm/1647/2009, de 15 de junio, por la que se regula la pesca de especies altamente migratorias


Proyecto de Orden de Bases Reguladoras de las ayudas a la investigación en los Planes Nacionales de Acuicultura

De conformidad con lo previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se somete a información pública el proyecto de Proyecto de Orden de Bases Reguladoras de las ayudas a la investigación en los Planes Nacionales de Acuicultura.

Los ciudadanos y organizaciones que así lo consideren, puedan hacer llegar sus aportaciones, a través del buzón de correo electrónico: comerpm@mapa.es

El plazo para el envío de observaciones al texto comienza el 18 de mayo y finaliza el 7 de junio de 2021, ambos inclusive

Borrador resolución plan de recuperación del atún rojo en el océano atlántico oriental y el mar mediterráneo para 2021

Borrador resolución de … de 2021 de la Secretaria general de pesca, por la que se establecen las disposiciones de aplicación del plan de recuperación del atún rojo en el océano atlántico oriental y el mar mediterráneo para 2021

PROYECTO REAL DECRETO PESCA MARITIMA DE RECREO EN AGUAS EXTERIORES

De conformidad con lo previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se procede a la audiencia e información pública del Proyecto de Real Decreto de Pesca Marítima de Recreo en Aguas Exteriores, a efectos de recabar la opinión de ciudadanos, organizaciones o asociaciones afectadas.
Las observaciones u opiniones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: 
calnacpm@mapa.es con la siguiente referencia: Alegaciones Proyecto RD Pesca Recreativa Exteriores 2021.

El plazo para su envío  comienza el  día 26 de abril y finaliza el 17 de mayo de 2021, ambos inclusive

PROYECTO DE ORDEN POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN APA/25/2021, DE 19 DE ENERO, POR LA QUE SE REGULA EL EJERCICIO DE LA PESCA DE TÚNIDOS TROPICALES EN EL OCÉANO ÍNDICO Y SE CREA UN CENSO DE ATUNEROS CERQUEROS CONGELADORES AUTORIZADOS A LA PESCA DE TÚNIDOS TROPICALES EN EL OCÉANO ÍNDICO

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el  “Proyecto de ORDEN POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN APA/25/2021, DE 19 DE ENERO, POR LA QUE SE REGULA EL EJERCICIO DE LA PESCA DE TÚNIDOS TROPICALES EN EL OCÉANO ÍNDICO Y SE CREA UN CENSO DE ATUNEROS CERQUEROS CONGELADORES AUTORIZADOS A LA PESCA DE TÚNIDOS TROPICALES EN EL OCÉANO ÍNDICO” dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: orgmulpm@mapa.es

En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.
 

Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo Pesquero y Acuícola periodo 2021-2027 (FEMPA)

De conformidad con lo previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se procede a la audiencia e información pública del contexto, DAFO, necesidades y justificación del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo Pesquero y Acuícola para el periodo 2021-2027 (FEMPA).
Las observaciones u opiniones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: bzn-FEMPA@pesca.mapama.es
El plazo para el envío de las observaciones y comentarios al texto comienza el 9 de abril y finalizará el 12 de mayo de 2021, ambos inclusive.

Proyecto RD de ordenación de la flota pesquera

De conformidad con lo previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se procede a la audiencia e información públicas del proyecto de Real Decreto de Ordenación de la Flota Pesquera, a efectos de recabar la opinión de ciudadanos, organizaciones o asociaciones afectadas.

Las observaciones u opiniones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: censoflota@mapa.es

El plazo para el envío de las observaciones y comentarios al texto comienza el 31 de marzo y finaliza el 22 de abril de 2021, ambos inclusive.

Proyecto de Real Decreto, por el que se modifica el Real Decreto 849/2017, de 22 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones al fomento del asociacionismo, a entidades asociativas representativas del sector pesquero.

De conformidad con lo previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se somete a información pública el proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 849/2017, de 22 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones al fomento del asociacionismo, a entidades asociativas representativas del sector pesquero. 

Los ciudadanos y organizaciones que así lo consideren, puedan hacer llegar sus aportaciones, a través del buzón de correo electrónico: comerpm@mapa.es

El plazo para el envío de observaciones al texto comienza el 31 de marzo de 2021 y finaliza el 22 de abril de 2021, ambos inclusive. 

Proyecto de Real Decreto por la que se establece las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas para la adquisición e instalación de sistemas de seguimiento electrónico remoto (REM) para cumplimiento de obligación de desembarque, para la digitalización de la flota de pequeña escala y de apoyo al sector pesquero extractivo, acuícola, comercializador y transformador, para los años 2021, 2022 y 2023.

De conformidad con lo previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se somete a información pública el proyecto de Real Decreto por la que se establece las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas para la adquisición e instalación de sistemas de seguimiento electrónico remoto (rem) para cumplimiento de obligación de desembarque, para la digitalización de la flota de pequeña escala y de apoyo al sector pesquero extractivo, acuícola, comercializador y transformador, para los años 2021, 2022 y 2023.

Los ciudadanos y organizaciones que así lo consideren, puedan hacer llegar sus aportaciones, a través del buzón de correo electrónico: inspecpm@mapa.es

​El plazo para el envío de observaciones al texto comienza el 29 de marzo de 2021 y finaliza el 12 de abril de 2021, ambos inclusive

Proyecto de Real Decreto por el que se establecen las bases reguladoras de subvenciones a los proyectos estratégicos en materia de investigación para el desarrollo tecnológico, la innovación y el equilibrio de la cadena de comercialización en el sector pesquero y de la acuicultura, y se convocan para 2021.

De conformidad con lo previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se somete a información pública el proyecto de Real Decreto por el que se establecen las bases reguladoras de subvenciones a los proyectos estratégicos en materia de investigación para el desarrollo tecnológico, la innovación y el equilibrio de la cadena de comercialización en el sector pesquero y de la acuicultura, y se convocan para 2021.

Los ciudadanos y organizaciones que así lo consideren, puedan hacer llegar sus aportaciones, a través del buzón de correo electrónico:comerpm@mapa.es

​El plazo para el envío de observaciones al texto comienza el 16 de marzo de 2021 y finaliza el 8 de abril de 2021, ambos inclusive. 

Proyecto de nueva disposición de regulación de puertos base de buques de pesca

Proyecto orden de desarrollo PCOP

Orden (…) por la que se desarrolla el Real Decreto 36/2014, de 24 de enero, por el que se regulan los títulos profesionales del sector pesquero; con el fin de adaptar el título de Patrón Costero Polivalente a las prescripciones establecidas en la regla II/2 del el Convenio internacional sobre normas de formación titulación y guardia para el personal de los buques pesqueros, 1995; e incrementar sus atribuciones como oficial de puente en buques de pesca

Borrador Resolución SGP puertos pez espada

Resolución de la Secretaría General de Pesca por la que se publica el listado de puertos designados conforme a la Orden APM/1057/2017, de 30 de octubre por la que se modifica la Orden AAA/658/2014, de 22 de abril, por la que se regula la pesca con arte de palangre de superficie de especies altamente migratorias


Consulta pública previa a la tramitación de la orden por la que se establece una reserva marina de interés pesquero en Conil, y se definen si delimitación, zonas y usos.


Cumpliendo con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios en el plazo de 1 mes a la dirección de correo electrónico: sgprotec@mapa.es

Consulta Pública previa proyecto de Real Decreto de Ordenación de la Flota Pesquera

Consulta pública de la Orden Ministerial por la que se regulan los límites de la actividad de cría del plan de ordenación plurianual del Atún Rojo.

Cumpliendo con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública del proyecto de “Orden Ministerial por la que se regulan los límites de la actividad de cría del plan de ordenación plurianual del atún rojo”, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma.

Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios en el plazo de 15 días naturales a la dirección de correo electrónico: orgmulpm@mapa.es



Consulta Pública. ANTEPROYECTO DE LEY DE PESCA SOSTENIBLE E INVESTIGACIÓN PESQUERA.

Cumpliendo con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se pone a disposición de los interesados un documento informativo relativo al "Anteproyecto de Ley de Pesca Sostenible e Investigación Pesquera" y se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios en el plazo de quince días naturales a la dirección de correo electrónico: gabinetesgp@mapa.es indicando en el asunto “CONSULTA PUBLICA LEY DE PESCA SOSTENIBLE”

Consulta Pública. Orden de desarrollo RD. 36_2014 de regulación de los títulos profesionales del sector pesquero

Proyecto de Orden ministerial para el desarrollo del Real Decreto 36/2014, de 24 de enero, por el que se regulan los títulos profesionales del sector pesquero; con el fin de adaptar el título de Patrón Costero Polivalente para permitir que dichos titulados puedan ejercer como primer oficial de puente en buques cuyo mando corresponda a Patrón de Litoral


Borrador resolución notificación previa besugo en el mar de Alborán

Previo a la publicación de la Orden xxx/2021, de x de xxxxxxx, por la que se establecen medidas específicas de control para los desembarques de besugo (pagellus bogaraveo) capturado con artes de palangre, voracera y línea de mano en el mar de Alborán y la zona regulada por la orden aaa/1589/2012, de 17 de julio, por la que se regula la pesquería del voraz (pagellus bogaraveo) con el arte denominado voracera en el estrecho de Gibraltar, para poder anticiparse a las nuevas obligaciones y mantener informados a los interesados con la mayor antelación posible, se da publicidad a la presente resolución, a fin de que los ciudadanos y organizaciones que así lo consideren puedan formular alegaciones.

El plazo para remitir observaciones estará abierto del 17 al 31 de diciembre, ambos incluidos, pudiendo remitirse a la dirección de correo electrónico inspecpm@mapa.es

Proyecto de orden por el que se modifica la Orden de 8 Septiembre de 1998 por la que se establece una reserva marina y una reserva de pesca en el entorno de la isla de Alboran y se regulan los caladeros adyacentes

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el  “PROYECTO DE ORDEN APA/        /2020, de        de           , por la que se modifica la Orden de 8 de septiembre de 1998 por la que se establece una reserva marina y una reserva de pesca en el entorno de la isla de Alborán y se regula el ejercicio de la pesca en los caladeros adyacentes.” dando un plazo de un mes para efectuar observaciones, que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: sgprotec@mapa.es

Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 1440/1999, de 10 de septiembre, por el que se regula el ejercicio de la pesca con artes de arrastre de fondo en el caladero nacional del Mediterráneo.

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el «Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 1440/1999, de 10 de septiembre, por el que se regula el ejercicio de la pesca con artes de arrastre de fondo en el caladero nacional del Mediterráneo», dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es 


En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.

Proyecto de Orden por la que se establecen zonas de veda espaciotemporal para la modalidad de arrastre de fondo y cerco en determinadas zonas del litoral Mediterráneo para el período 2021-2022.

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el «Proyecto de Orden por la que se establecen zonas de veda espaciotemporal para la modalidad de arrastre de fondo y cerco en determinadas zonas del litoral Mediterráneo para el período 2021-2022», dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es 


En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.

Proyecto de Orden por la que se prorroga para la modalidad de cerco y artes fijos y menores la Orden AAA/2808/2012, de 21 de diciembre, por la que se establece un Plan de Gestión Integral para la conservación de los recursos pesqueros en el Mediterráneo afectados por las pesquerías realizadas con redes de cerco, redes de arrastre y artes fijos y menores, para el período 2013-2017.

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el «Proyecto de Orden por la que se prorroga para la modalidad de cerco y artes fijos y menores la Orden AAA/2808/2012, de 21 de diciembre, por la que se establece un Plan de Gestión Integral para la conservación de los recursos pesqueros en el Mediterráneo afectados por las pesquerías realizadas con redes de cerco, redes de arrastre y artes fijos y menores, para el período 2013-2017», dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es 


En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.

Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden APA/557/2020, de 22 de junio, por la que se modifica la Orden APA/6/2020, de 14 de enero, por la que se regulan las paradas temporales para la modalidad de arrastre de fondo y cerco en determinadas zonas del litoral mediterráneo para el periodo 2020-2021.

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “Proyecto de orden por la que se modifica la Orden APA/557/2020, de 22 de junio, por la que se modifica la Orden APA/6/2020, de 14 de enero, por la que se regulan las paradas temporales para la modalidad de arrastre de fondo y cerco en determinadas zonas del litoral mediterráneo para el periodo 2020-2021", dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es 



En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.


Orden por la que se establecen medidas específicas de control para los desembarques de besugo

Orden xxx/2020, de x de noviembre, por la que se establecen medidas específicas de control para los desembarques de besugo (pagellus bogaraveo) capturado con artes de palangre, voracera y línea de mano en el mar de alborán y la zona regulada por la orden aaa/1589/2012, de 17 de julio, por la que se regula la pesquería del voraz (pagellus bogaraveo) con el arte denominado voracera en el estrecho de gibraltar

Proyecto de Orden por la que se regula el ejercicio de la pesca de túnidos tropicales en el océano Índico y se crea un censo de atuneros cerqueros congeladores autorizados a la pesca de túnidos tripocales en el océano Índico.

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “Proyecto de Orden por la que se regula el ejercicio de la pesca de túnidos tropicales en el océano Índico y se crea un censo de atuneros cerqueros congeladores autorizados a la pesca de túnidos tripocales en el océano Índico” dando un plazo de 15 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: orgmulpm@mapa.es

Proyecto de Orden por la que se establece un plan de pesca de arrastre de fondo en determinadas zonas del litoral surmediterráneo.

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el "Proyecto de Orden por la que se establece un plan de pesca de arrastre de fondo en determinadas zonas del litoral surmediterráneo", dando un plazo de 15 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es

Proyecto de Orden por la que se regula la actividad de los buques de arrastre peninsulares que faenan en aguas profundas de los caladeros de las islas de Ibiza y Formentera.

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el "Proyecto de Orden por la que se regula la actividad de los buques de arrastre peninsulares que faenan en aguas profundas de los caladeros de las islas de Ibiza y Formentera", dando un plazo de 15 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es

PROYECTO de ORDEN APA/ /2020, de de , por la que se modifica la Orden de 8 de septiembre de 1998 por la que se establece una reserva marina y una reserva de pesca en el entorno de la isla de Alborán y se regula el ejercicio de la pesca en los caladeros adyacentes.

Consulta pública previa a la tramitación de la orden por la que se modifica la Orden de 8 de septiembre de 1998 por la que se establece una reserva marina y una reserva de pesca en el entorno de la isla de Alborán y se regula el ejercicio de la pesca en los caladeros adyacentes.

Cumpliendo con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios en el plazo de 15 días naturales a la dirección de correo electrónico:sgprotec@mapa.es

Consulta pública de la Orden por la que se flexibiliza la gestión de los límites de captura establecidos en la orden APA/93/2020, de 4 de febrero

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “Proyecto de orden por la que se flexibiliza la gestión de los límites de captura establecidos en la Orden APA/93/2020, de 4 de febrero, por la que se regula el ejercicio de la pesca de rabil y túnidos tropicales en el océano Índico en la campaña 2020, debido a la situación derivada del estado de alarma.", dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: orgmulpm@mapa.es.

En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.

Proyecto R.D. pesca marítima de recreo en aguas exteriores

En cumplimiento del Art.26.2 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, a fin de recabar la opinión de aquellas personas y entidades que pudieran verse potencialmente afectados por la norma. Las comunicaciones podrán ser remitidas a:  calnacpm@mapa.es 

Proyecto de Orden por la que se modifican las Órdenes AAA/2534/2015 de 17 de noviembre, APM/920/2017, de 22 de septiembre, y APM/605/2018 de 1 de junio de 2018

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el "Proyecto de Orden por la que se modifican las Órdenes AAA/2534/2015 de 17 de noviembre, por la que se establece un plan de gestión para los buques de los censos del Caladero Nacional del Cantábrico y Noroeste, APM/920/2017, de 22 de septiembre, por la que se establece un plan de gestión para los buques de los censos de las flotas de altura, gran altura y buques palangreros mayores y menores de 100 toneladas de registro bruto, que operan dentro de los límites geográficos de la Comisión de Pesca del Atlántico Nordeste, APM/605/2018 de 1 de junio de 2018, por la que se establece un plan de gestión y recuperación para la sardina (sardina pilchardus) de las aguas ibéricas (8c y 9a) del Consejo Internacional para la Exploración del Mar (CIEM)”, dando un plazo de 15 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es

Proyecto de Orden por la que se establecen medidas en relación con las actividades pesqueras para la protección y conservación de cetáceos.

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “Proyecto de Orden por la que se establecen medidas en relación con las actividades pesqueras para la protección y conservación de cetáceos", dando un plazo de 15 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es

Consulta pública de la Orden por la que se regulan las pesquerías de túnidos tropicales en el océano índico

Cumpliendo con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios en el plazo de 15 días naturales a la dirección de correo electrónico: orgmulpm@mapa.es

Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden APA/423/2020, de 18 de mayo, por la que se establece un plan de gestión para la conservación de los recursos pesqueros demersales en el mar Mediterráneo

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden APA/423/2020, de 18 de mayo, por la que se establece un plan de gestión para la conservación de los recursos pesqueros demersales en el mar Mediterráneo", dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es

En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.

Resolución de la SGP por la que se establece el Procedimiento para la verificación de las capturas almacenadas y el control de la primera venta de coral rojo (corallium rubrum)

Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden APA/6/2020, de 14 de enero, por la que se regulan las paradas temporales para la modalidad de arrastre de fondo y cerco en determinadas zonas del litoral mediterráneo para el periodo 2020-2021

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden APA/6/2020, de 14 de enero, por la que se regulan las paradas temporales para la modalidad de arrastre de fondo y cerco en determinadas zonas del litoral mediterráneo para el periodo 2020-2021", dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es


En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.

Información Pública al Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 410/2001, de 20 de abril, por el que se regula la pesca con Artes Fijos en el Caladero Nacional del Cantábrico y Noroeste.

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el articulo 26.6 de la Ley 50/1997, de 26 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el ``Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 410/2001, de 20 de abril, por el que se regula la pesca con Artes Fijos en el Caladero Nacional del Cantábrico y Noroeste ´´ dando un plazo de 15 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es


Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden APA/514/2019, de 26 de abril, por la que se fijan normas para la aplicación de las exenciones a la obligación de desembarque y para la mejora en la selectividad de los artes

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden APA/514/2019, de 26 de abril, por la que se fijan normas para la aplicación de las exenciones a la obligación de desembarque y para la mejora en la selectividad de los artes", dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es


INFORMACIÓN PÚBLICA RELATIVA AL PROYECTO DE REAL DECRETO, POR EL QUE SE ESTABLECEN MEDIDAS URGENTES DE APOYO AL SECTOR DE LA PESCA Y DE LA ACUICULTURA, PARA PODER HACER FRENTE AL IMPACTO ECONOMICO Y SOCIAL DERIVADO DEL COVID-19

De conformidad con lo previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se somete a participación pública el PROYECTO DE REAL DECRETO, POR EL QUE SE ESTABLECEN MEDIDAS URGENTES DE APOYO AL SECTOR DE LA PESCA Y DE LA ACUICULTURA, PARA PODER HACER FRENTE AL IMPACTO ECONÓMICO Y SOCIAL DERIVADO DEL COVID-19 ​, al objeto de dar audiencia a los ciudadanos afectados y obtener cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse de otras personas o entidades.
Los ciudadanos y organizaciones que así lo consideren, puedan hacer llegar sus aportaciones, cumplimentadas en el cuadro incluido al efecto, hasta el 12 de mayo de 2020, a través del buzón de correo comerpm@mapa.es
Madrid, a 30 de abril de 2020.

Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden AAA/1406/2016, de 18 de agosto, por la que se establece un Plan de gestión para los buques de los censos del Caladero Nacional del Golfo de Cádiz

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden AAA/1406/2016, de 18 de agosto, por la que se establece un Plan de gestión para los buques de los censos del Caladero Nacional del Golfo de Cádiz, dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es

En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.


Información Pública al Proyecto de Real Decreto por el que se Regulan las Denominaciones Comerciales y las Denominaciones de Alimentos Conservados y Preparados Aplicables a los Productos de la Pesca y la Acuicultura

De conformidad con lo previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se procede a someter a una segunda información pública al proyecto de real decreto por el que se regulan las denominaciones comerciales y las denominaciones de alimentos conservados y preparados aplicables a los productos de la pesca y la acuicultura.
Al concurrir las circunstancias previstas en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, se ha abreviado el plazo de información pública a 7 días hábiles.

Las sugerencias, alegaciones, observaciones que se realicen, deberán dirigirse a la siguiente dirección: comerpm@mapa.es

El plazo para remitir observaciones, sugerencias o comentarios comienza el 23 de abril y finaliza el 4 de mayo, ambos inclusive.

Proyecto de Orden APA por la que se regula la pesquería de patudo (Thunnus obesus) en el océano Atlántico y se establece un censo de buques autorizados a la pesca de patudo.

Habiéndose realizado nuevas modificaciones en el proyecto de “Orden APA por la que se regula la pesquería de patudo (Thunnus obesus) en el océano Atlántico y se establece un censo de buques autorizados a la pesca de patudo”, que con fecha 3 de enero de 2020 se sometió a información pública, se somete de nuevo a este trámite con las citadas modificaciones para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,  dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico:    orgmulm@mapa.es

 

En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.

Borrador de orden ministerial por la que se regula la pesquería de patudo en el océano Atlántico y se establece un censo de buques autorizados a la pesca de patudo

Borrador de orden ministerial por la que se regula la pesquería de patudo en el océano Atlántico y se establece un censo de buques autorizados a la pesca de patudo. Se establece un plazo de consulta al sector, Comunidades Autónomas y organizaciones de la sociedad civil de quince días hábiles, hasta el 27 de enero de 2020, para recibir las oportunas aportaciones o alegaciones, que podrán remitirse al buzón : orgmulpm@mapa.es

Proyecto de Orden por la que se modifica el Anexo I de la Orden APA/93/2020, de 4 de febrero, por la que se regula el ejercicio de la pesca de rabil y túnidos tropicales en el Océano Índico en la campaña 2020

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el  “Proyecto de Orden por la que se modifica el Anexo I de la Orden APA/93/2020, de 4 de febrero, por la que se regula el ejercicio de la pesca de rabil y túnidos tropicales en el Océano Índico en la campaña 2020”, dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico:   orgmulpm@mapa.es.

 

En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.

Proyecto de Orden por la que se establece una veda temporal para la pesca de coral rojo en el próximo bienio y se determina la no concesión de licencias en dicho periodo

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el  “Proyecto de Orden por la que se establece una veda temporal para la pesca de coral rojo en el próximo bienio y se determina la no concesión de licencias en dicho periodo”, dando un plazo de 15 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es

Proyecto de Orden por la que se regulan las paradas temporales para la modalidad de arrastre de fondo y cerco en determinadas zonas del litoral mediterráneo para el periodo 2020-2021

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el  “Proyecto de Orden APA, de 2019, por la que se regulan las paradas temporales para la modalidad de arrastre de fondo y cerco en determinadas zonas del litoral mediterráneo para el periodo 2020-2021”, dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico:   calnacpm@mapama.es

En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.

Proyecto de Orden APA/ /2019, por la que se establece la reserva marina de interés pesquero de la Isla Dragonera, y se define su delimitación, zonas y usos.

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el  “Proyecto de Orden APA/   /2019, por la que se establece la reserva marina de interés pesquero de la Isla Dragonera, y se define su delimitación, zonas y usos”, dando un plazo de un mes para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico:    sgprotec@mapama.es

Proyecto de Orden por la que se establece un plan de gestión para la conservación de los recursos pesqueros demersales en el Mediterráneo.

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el  “Proyecto de Orden por la que se establece un plan de gestión para la conservación de los recursos pesqueros demersales en el Mediterráneo”, dando un plazo de 7 días hábiles  para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico:    calnacpm@mapama.es



Proyecto de Orden por la que se prorroga la vigencia de la Orden AAA/2808/2012, por la que se establece un plan de gestión integral para la conservación de los recursos pesqueros en el Mediterráneo afectados por las pesquerías realizadas con redes de cerco, redes de arrastre y artes fijos y menores, para el periodo 2013-2017

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el  “Proyecto de Orden por la que se prorroga la vigencia de la Orden AAA/2808/2012, por la que se establece un plan de gestión integral para la conservación de los recursos pesqueros en el Mediterráneo afectados por las pesquerías realizadas con redes de cerco, redes de arrastre y artes fijos y menores, para el periodo 2013-2017”, dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico:    calnacpm@mapama.es

 

En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma
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Proyecto de Orden por la que se regula el ejercicio de la pesca de rabil y túnidos tropicales en el Océano Índico en la campaña 2020

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el  “Proyecto de Orden por la que se regula el ejercicio de la pesca de rabil y túnidos tropicales en el Océano Índico en la campaña 2020”, dando un plazo de 15 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico:    orgmulpm@mapa.es

Consulta pública sobre la elaboración de la orden por la que se establece un plan de gestión para la conservación de los recursos pesqueros en el Mediterráneo afectados por las pesquerías de arrastre de fondo

Cumpliendo con el artículo 26.2  de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios en el plazo de 15 días naturales a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es.


Consulta pública previa a la tramitación de la orden por la que se regula la pesquería de rabil y túnidos tropicales en el océano Índico en la campaña 2020

Cumpliendo con el artículo 26.2  de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios en el plazo de 15 días naturales a la dirección de correo electrónico: orgmulpm@mapama.es

 

Consulta pública previa a la tramitación de la orden por la que se regulan las pesquerías de patudo (Thunnus obesus) y rabil (Thunnus albacares) en el océano Atlántico.

 Cumpliendo con el artículo 26.2  de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios en el plazo de 15 días naturales a la dirección de correo electrónico: orgmulpm@mapama.es

Proyecto de Orden por la que se establecen criterios de gestión de las posibilidades de pesca asignadas a España y se modifican determinadas órdenes que regulan la actividad pesquera de las flotas que hacen uso de las mismas

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el  “Proyecto de Orden por la que se establecen criterios de gestión de las posibilidades de pesca asignadas a España y se modifican determinadas órdenes que regulan la actividad pesquera de las flotas que hacen uso de las mismas”,  dando un plazo de 15 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico:    calnacpm@mapama.es

INFORMACIÓN PÚBLICA RELATIVA AL PROYECTO DE REAL DECRETO, POR EL QUE SE REGULAN LAS DENOMINACIONES COMERCIALES Y LAS DENOMINACIONES DE PRODUCTOS CONSERVADOS Y PREPARADOS APLICABLES A LOS PRODUCTOS DE LA PESCA Y DE LA ACUICULTURA

De conformidad con lo previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se somete a participación pública el PROYECTO DE REAL DECRETO, POR EL QUE SE REGULAN LAS DENOMINACIONES COMERCIALES Y LAS DENOMINACIONES DE PRODUCTOS CONSERVADOS Y PREPARADOS APLICABLES A LOS PRODUCTOS DE LA PESCA Y DE LA ACUICULTURA, al objeto de dar audiencia a los ciudadanos afectados y obtener cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse de otras personas o entidades, tras haberse sometido a consulta previa el pasado 26 de febrero de 2019.

Los ciudadanos y organizaciones que así lo consideren, puedan hacer llegar sus aportaciones hasta el 15 de septiembre de 2019, a través del buzón de correo comerpm@mapama.es

  • Documento

Consulta pública previa a la tramitación de una orden ministerial para extender el Plan de Gestión Pluriinsular para la Pesca con Artes de Tiro Tradicionales en aguas interiores del archipiélago balear, a aguas exteriores.

Cumpliendo con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios en el plazo de 15 días naturales a la dirección de correo electrónico:   calnacpm@mapama.es

Proyecto de Orden por la que se establece un sistema de limitación del volumen de capturas de patudo (Thunnus obesus) en el Océano Atlántico durante la campaña 2019.

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el  “Proyecto de Orden por la que se establece un sistema de limitación del volumen de capturas de patudo (Thunnus obesus) en el Océano Atlántico durante la campaña 2019” dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico:   orgmulpm@mapama.es

 

En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.

Nuevo trámite de consulta pública previa a la tramitación de la orden por la que se establecen el plan general y los planes específicos de gestión de la Red de Reservas Marinas de España


Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 26.2 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procedió a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma durante el periodo comprendido entre el 12 de marzo y el 12 de abril de 2019.

Advertido un error en la dirección de correo electrónico facilitada entonces para el envío de comentarios en el procedimiento mencionado, y para garantizar que todos aquellos interesados que lo deseen puedan enviar sus comentarios, se abre un nuevo plazo de UN MES para el envío de comentarios a la dirección de correo electrónico: sgprotec@mapama.es

Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras del Premio Jacumar de investigación en acuicultura

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el  “Proyecto de Orden APA/        /      , de          de 2019", por la que se establecen las bases reguladoras del premio Jacumar de investigación en acuicultura.

Dando un plazo de 15 días hábiles para efectuar observaciones que deberán remitir a la dirección de correo electrónico: comerpm@mapa.es

 

Participación pública por la que se modifica la Orden/986/2011 de 8 de abril y por la que se establecen las bases reguladoras de los Premios Jacumar de investigación en acuicultura y de implantación de sistemas de gestión medioambiental por las empresas de acuicultura

De conformidad con lo previsto en el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, con carácter previo a la elaboración de un proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma, acerca de:

a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.

c) Los objetivos de la norma.

d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

En cumplimiento de dicho precepto, se pone a disposición de los interesados un documento informativo relativo a un futuro proyecto de Orden, por la que se modifica la Orden/986/2011 de 8 de abril por la que se establecen las bases reguladoras de los Premios Jacumar de investigación en acuicultura y de implantación de sistemas de gestión medioambiental por las empresas de acuicultura, a efectos de recabar la opinión de ciudadanos, organizaciones o asociaciones afectadas.

Las observaciones u opiniones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: comerpm@mapa.es.  

El plazo para el envío de las observaciones y comentarios comienza el 30 de abril y finaliza el 24 de mayo de 2019, ambos inclusive. 

Consulta Proyecto Real Decreto Comercialización Productos Pesqueros Obligacion Desembarque

Con el objeto de dar audiencia a los ciudadanos afectados y obtener cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas y entidades, tal como está previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a audiencia e información públicas el borrador de Real Decreto por el que se regula la comercialización de los productos pesqueros sujetos a obligación de desembarque.

Aquellos que lo deseen, deberán enviar sus comentarios en el plazo de quince días hábiles a la siguiente dirección de correo electrónico: comerpm@mapama.es

Consulta pública previa a la elaboración del proyecto de real decreto por el que se modifica el real decreto 1035/2017, de 15 de diciembre, por el que se regula el establecimiento y cambio de puerto base de los buques pesqueros y por el que se modifica el real decreto 1549/2009, de 9 de octubre, sobre ordenación del sector pesquero y adaptación al fondo europeo de la pesca

Cumpliendo con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios en el plazo de 15 días naturales a la dirección de correo electrónico:  censoflota@mapa.es

Proyecto de orden por la que se regula la concesión de ayudas al voraz en régimen «de minimis» al sector pesquero

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el  “Proyecto de Orden APA por la que se regula la concesión de ayudas al voraz en régimen “de minimis” al sector pesquero”, dando un plazo de 15 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a las direcciones de correo electrónico siguientes:   gesfonpm@mapa.es; vperez@mapa.es

Consulta pública previa a la tramitación de la orden por la que se establecen el plan general y los planes específicos de gestión de la Red de Reservas Marinas de España.

Cumpliendo con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios en el plazo de un mes a la dirección de correo electrónico: sgprotec@mapa.es

Proyecto de orden por la que se prorroga la veda establecida por la Orden de 21 de diciembre de 1999, por la que se establece la reserva marina de Masía Blanca, frente al término municipal de El Vendrell.

Con fecha 1 de febrero de 2019 se sometió al trámite de consulta pública previa la tramitación de la orden por la que se prorroga la veda establecida por la Orden de 21 de diciembre de 1999, por la que se establece la reserva marina de masía Blanca, frente al término Municipal de El Vendrell, con un plazo de 15 días naturales para que se efectuasen observaciones. Puesto que no se han recibido observaciones, se somete al preceptivo trámite de audiencia pública el borrador del “Proyecto de Orden por la que se prorroga la veda establecida por la Orden de 21 de diciembre de 1999, por la que se establece la reserva marina de masía Blanca, frente al término Municipal de El Vendrell”, para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información pública previstos en el artículo 26.6. de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dando un plazo de quince días hábiles para efectuar observaciones, que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: sgprotec@mapa.es.

Proyecto de Orden por la que se fijan normas para la aplicación de las exenciones a la obligación de desembarque y para la mejora en la selectividad de los artes.

Con fecha 20 de noviembre de 2018 se sometió a información pública un borrador del “Proyecto de Orden por la que se fijan normas para la aplicación de las exenciones a la obligación de desembarque y para la mejora en la selectividad de los artes”, con un plazo de 15 días hábiles para que se efectuasen observaciones. Ahora  se somete de nuevo a información pública el citado Proyecto,  en el que se han hecho algunas modificaciones al borrador publicado,  para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público”,  dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico:   calnacpm@mapa.es

 

En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.

Consulta previa del proyecto de Real Decreto por el que regula la comercialización de los productos sujetos a obligación de desembarque, y se actualizan las tallas mínimas de referencia a efectos de conservación

De conformidad con lo previsto en el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, con carácter previo a la elaboración de un proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma, acerca de:

a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.

c) Los objetivos de la norma.

d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias

En cumplimiento de dicho precepto, se pone a disposición de los interesados un documento informativo relativo a un futuro proyecto de real decreto por el que regula la comercialización de los productos sujetos a obligación de desembarque, y se actualizan las tallas mínimas de referencia a efectos de conservación, a efectos de recabar la opinión de ciudadanos, organizaciones o asociaciones afectadas.

Las observaciones u opiniones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: comerpm@mapa.es. 

Consulta previa del proyecto de Real Decreto por el que se establecen las denominaciones comerciales aplicables a los productos de la pesca y la acuicultura conservados y preparados

De conformidad con lo previsto en el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, con carácter previo a la elaboración de un proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma, acerca de:

a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.

c) Los objetivos de la norma.

d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

En cumplimiento de dicho precepto, se pone a disposición de los interesados un documento informativo relativo a un futuro proyecto de real decreto por el que se establecen las denominaciones comerciales aplicables a los productos de la pesca y la acuicultura conservados y preparados, a efectos de recabar la opinión de ciudadanos, organizaciones o asociaciones afectadas.

Las observaciones u opiniones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: comerpm@mapa.es. 

El plazo para el envío de las observaciones y comentarios comienza el 26 febrero y finaliza el 19 de marzo de 2019, ambos inclusive. 

Proyecto de Orden por la que se establecen vedas para la pesca del Besugo en determinadas zonas del Cantábrico noroeste

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el  “Proyecto de Orden APA/        /2019", por la que se establecen vedas para la pesca del Besugo en determinadas zonas del Cantábrico noroeste”,  dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico:   calnacpm@mapa.es

 En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.

Proyecto de Orden por la que se regulan las paradas temporales para la pesca de la modalidad de arrastre de fondo y cerco en determinadas zonas del litoral Mediterráneo

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el  “Proyecto de Orden APA/        /2019", por la que se regulan las paradas temporales para la pesca de la modalidad de arrastre de fondo y cerco en determinadas zonas del litoral Mediterráneo”,  dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico:   calnacpm@mapa.es

 En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.

 


Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden AAA/661/2016, de 3 de abril, por la que se establecen criterios de desembarque de besugo capturado en aguas de la Unión y aguas internacionales de las zonas VI, VII y VIII del Consejo Internacional para la Exploración del Mar (CIEM).

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el  “Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden AAA/661/2016, de 3 de abril, por la que se establecen criterios de desembarque de besugo capturado en aguas de la Unión y aguas internacionales de las zonas VI, VII y VIII del Consejo Internacional para la Exploración del Mar (CIEM)”, dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico:   calnacpm@mapama.es.

En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.

Consulta pública previa a la tramitación de la orden por la que se prorroga la veda establecida por la Orden de 21 de diciembre de 1999, por la que se establece la reserva marina de Masía Blanca, frente al término municipal de El Vendrell

Cumpliendo con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios en el plazo de 15 días naturales a la dirección de correo electrónico:   sgprotec@mapama.es.

Proyecto de Orden por la que se regulan las paradas temporales para la modalidad de arrastre de fondo en determinadas zonas del litoral de Cataluña

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el  ““Proyecto de Orden APA/        /      , de          de 2018, por la que se establecen vedas temporales para la pesca de la modalidad de arrastre de fondo en determinadas zonas del litoral de la Comunidad Autónoma de Cataluña””, dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico:   calnacpm@mapama.es

Proyecto de Real Decreto por el que se regula la pesquería de atún rojo en el Atlántico oriental y Mediterráneo.

Habiéndose realizado nuevas modificaciones en el “Proyecto de Real Decreto por el que se regula la pesquería de atún rojo en el Atlántico oriental y Mediterráneo”, que con fechas 14 de noviembre de 2017 y 21 de septiembre de 2018 se sometió a información pública,  ahora  se somete de nuevo a información pública con  las citadas modificaciones para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,  dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico:    orgmulm@mapama.es

En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.


Proyecto de Orden por la que se regulan las paradas temporales para la modalidad de arrastre de fondo en determinadas zonas del litoral de las islas Baleares

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el  “Proyecto de Orden APA/        /      , de          de 2018, por la que se establecen vedas temporales para la pesca de la modalidad de arrastre de fondo en determinadas zonas del litoral de las Islas Baleares”. Dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es


Proyecto de Orden por la que reparten determinadas especies compartidas entre distintos caladeros y se modifican ciertos aspectos de las distintas órdenes que regulan la actividad pesquera en aguas españolas y europeas

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el  “Proyecto de Orden por la que reparten determinadas especies compartidas entre distintos caladeros y se modifican ciertos aspectos de las distintas órdenes que regulan la actividad pesquera en aguas españolas y europeas”, dando un plazo de 15 días hábiles para efectuar observaciones, que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico:   calnacpm@mapama.es

Debido a las peticiones realizadas, se amplia el plazo para realizar observaciones, hasta el 10 de enero.

Proyecto de Orden por la que fijan normas para la aplicación de las exenciones a la obligación de desembarco y para la mejora en la selectividad de los artes

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el  “Proyecto de Orden por la que fijan normas para la aplicación de las exenciones a la obligación de desembarco y para la mejora en la selectividad de los artes”, dando un plazo de 15 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico:   calnacpm@mapama.es


Real Decreto regulación de la actividad de pesca-turismo

Real Decreto que tiene por objeto regular, como actividad complementaria del sector pesquero, las condiciones básicas para el desarrollo de la actividad de pesca-turismo respecto de la actividad extractiva y la acuicultura ejercida a bordo de buques

Proyecto por el que se modifica el Real Decreto 36/2014, de 24 de enero, por el que se regulan los títulos profesionales del sector pesquero

Proyecto por el que se modifica el Real Decreto 36/2014, de 24 de enero, por el que se regulan los títulos profesionales del sector pesquero

Proyecto de Orden por la que se establecen vedas temporales para la pesca de la modalidad de cerco en el litoral de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el  “Proyecto de Orden APA/        /      , de          de 2018, por la que se establecen vedas temporales para la pesca de la modalidad de cerco en el litoral de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia”. Dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico:   calnacpm@mapama.es

 

En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.

Proyecto de Orden por la que se establecen vedas temporales para la pesca de la modalidad de cerco en determinadas zonas del litoral de la Comunidad Autónoma de Cataluña

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el  “Proyecto de Orden por la que se establecen vedas temporales para la pesca de la modalidad de cerco en determinadas zonas del litoral de la Comunidad Autónoma de Cataluña”. Dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es


Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 36/2014, de 24 de enero, por el que se regulan los títulos profesionales del sector pesquero

Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 36/2014, de 24 de enero, por el que se regulan los títulos profesionales del sector pesquero

Proyecto de Orden APA, por la que se establecen vedas temporales para la pesca de la modalidad de cerco en determinadas zonas del litoral de la Comunidad Valenciana

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el  “Proyecto de Orden APA, por la que se establecen vedas temporales para la pesca de la modalidad de cerco en determinadas zonas del litoral de la Comunidad Valenciana”,  dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico:   calnacpm@mapama.es
 

Proyecto de Orden por la que se prorroga la vigencia de la Orden AAA/2808/2012, de 21 de diciembre, por la que se establece un Plan de Gestión Integral para la conservación de los recursos pesqueros en el Mediterráneo afectados por las pesquerías realizadas con redes de cerco, redes de arrastre y artes fijos y menores, para el periodo 2013-2017

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el  “Proyecto de Orden por la que se prorroga la vigencia de la Orden AAA/2808/2012, de 21 de diciembre, por la que se establece un Plan de Gestión Integral para la conservación de los recursos pesqueros en el Mediterráneo afectados por las pesquerías realizadas con redes de cerco, redes de arrastre y artes fijos y menores, para el periodo 2013-2017”, dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico:   calnacpm@mapama.es

Proyecto de Orden por la que se regula el ejercicio de la pesca de rabil para la flota atunera de cerco congeladora en el océano Índico en la campaña 2019

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el  “Proyecto de Orden por la que se regula el ejercicio de la pesca de rabil para la flota atunera de cerco congeladora en el océano Índico en la campaña 2019”, dando un plazo de 15 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico:    orgmulpm@mapama.es

Proyecto de Orden APA, por la que se modifica la Orden AAA/2536/2015, de 30 de noviembre, por la que se regulan las artes y modalidades de pesca marítima y se establece un plan de gestión para los buques de los censos del caladero nacional canario.

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el  “Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden AAA/2536/2015, de 30 de noviembre, por la que se regulan las artes y modalidades de pesca marítima y se establece un plan de gestión para los buques de los censos del caladero nacional canario” dando un plazo de 15 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico:   calnacpm@mapama.es

Proyecto de Orden APA/2018, por la que se establecen vedas y límites de captura en la pesca de coral rojo.

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el  “Proyecto de Orden por la que se establecen vedas y límites de captura en la pesca de coral rojo” dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico:   calnacpm@mapama.es

En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.

Proyecto de Real Decreto por el que se regula la pesquería de atún rojo en el Atlántico oriental y Mediterráneo.

Con fecha 14 de noviembre de 2017 se sometió a información pública un borrador del “Proyecto de Real Decreto por el que se regula la pesquería de atún rojo en el Atlántico oriental y Mediterráneo”, con un plazo de 15 días hábiles para que se efectuasen observaciones. Ahora  se somete de nuevo a información pública el citado Proyecto,  en el que se han hecho algunas modificaciones al borrador publicado,  para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,  dando un plazo de 15 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico:   orgmulpm@mapama.es

Proyecto de orden APA/ / 2018, de de de 2018, por el que se aprueban los criterios de buceo responsable en reservas marinas.

El proyecto de Resolución de la Secretaría General de Pesca por la que se modifica la Resolución de 27 de marzo de 2017 por la que se aprueban los criterios de buceo responsable en reservas marinas estuvo disponible en Participación Pública en la web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación desde el 1 de febrero al 2 de marzo de 2018, ambos inclusive.

Puesto que se va a tramitar el proyecto como orden ministerial, se somete de nuevo a información y audiencia públicas el proyecto de “ORDEN APA/  /2018 DE , POR EL QUE SE APRUEBAN LOS CRITERIOS DE BUCEO RESPONSABLE EN RESERVAS MARINAS.”, para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información pública previstos en el artículo 26.6. de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dando un plazo de un mes para efectuar observaciones, que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico:  sgprotec@mapama.es

 


Consulta pública previa a la tramitación de la orden por la que se modifican distintas normas que regulan la actividad de las flotas en aguas atlánticas para adecuarlas a la obligación de desembarque prevista en el artículo 15 del Reglamento 1380/2013 y por la que se establecen normas comunes a todas las zonas respecto a la obligación de desembarque.

Cumpliendo con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios en el plazo de 15 días naturales a la dirección de correo electrónico:   calnacpm@mapama.es


Bases reguladoras ayudas a pescadores afectados por la paralización temporal

Se somete a información pública, en virtud de lo dispuesto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, en su redacción dada por la Disposición final tercera de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el proyecto de Orden PRE/XXX/2018, de xx de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a los tripulantes de buques pesqueros españoles afectados por paralización temporal de la actividad pesquera”, dando un plazo de 15 días hábiles para efectuar observaciones, que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: gesfonpm@mapama.es

Consulta pública previa a la tramitación de la Orden por la que se regula la pesca de coral rojo


Cumpliendo con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios en el plazo de 15 días naturales a la dirección de correo electrónico:   calnacpm@mapama.es

Proyecto de Orden por la que se modifica y se da continuidad al plan de gestión de la gamba de Palamós contenido en la Orden AAA/923/2013, de 16 de mayo, por la que se regula la pesca de gamba rosada (Aristeus antennatus) con arte de arrastre de fondo en determinadas zonas marítimas próximas a Palamós

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el  “Proyecto de Orden por la que se modifica y se da continuidad al plan de gestión de la gamba de Palamós contenido en la Orden AAA/923/2013, de 16 de mayo, por la que se regula la pesca de gamba rosada (Aristeus antennatus) con arte de arrastre de fondo en determinadas zonas marítimas próximas a Palamós”,  dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico:   calnacpm@mapama.es


  • Proyecto

Proyecto de Orden por la que se establece un plan de gestión y recuperación para la sardina (Sardina pilchardus) de las aguas ibéricas (8 y 9a) del Consejo Internacional para la Exploración del Mar (CIEM)


Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el  “Proyecto de Orden por la que se establece un plan de gestión y recuperación para la sardina (Sardina pilchardus) de las aguas ibéricas (8 y 9a) del Consejo Internacional para la Exploración del Mar (CIEM)”, dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones,  que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es

 

En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.


Consulta pública sobre proyecto de real decreto por el que se establecen las condiciones para el desarrollo de la actividad de pesca-turismo.

De conformidad con lo previsto en el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y, con carácter previo a la elaboración del texto, se somete a consulta pública información sobre el proyecto de Real Decreto por el que se establecen las condiciones para el desarrollo de la actividad de pesca turismo

Consulta pública previa a la tramitación de la orden por la que se modifica y se da continuidad a la Orden AAA/923/2013, de 16 de mayo, por la que se regula la pesca de gamba rosada (Aristeus antennatus) con arte de arrastre de fondo en determinadas zonas próximas a Palamós.

Cumpliendo con el artículo 26.2  de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios en el plazo de 15 días naturales a la dirección de correo electrónico:   calnacpm@mapama.es

Proyecto de orden por la que se establece una veda temporal para el ejercicio de la pesca en la modalidad de arrastre en el litoral de la provincia de Tarragona

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el  “Proyecto de Orden por la que se establece una veda temporal para el ejercicio de la pesca en la modalidad de arrastre en el litoral de la provincia de Tarragona” dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico:   calnacpm@mapama.es


Proyecto de orden por la que se establecen vedas temporales para el ejercicio de la pesca en la modalidad de arrastre en el litoral de la Comunidad Valenciana

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el  “Proyecto de Orden por la que se establecen vedas temporales para el ejercicio de la pesca en la modalidad de arrastre en el litoral de la Comunidad Valenciana” dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico:   calnacpm@mapama.es


Bases reguladoras para la concesión de ayudas a los armadores o propietarios de buques pesqueros españoles afectados por la paralización temporal de la actividad pesquera en el periodo de programación del Fondo europeo marítimo y de pesca

Se somete a información pública, en virtud de lo dispuesto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, en su redacción dada por la Disposición final tercera de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el proyecto de Orden Ministerial por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a los armadores o propietarios de buques pesqueros españoles afectados por la paralización temporal de la actividad pesquera en el periodo de programación del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, dando un plazo de 15 días hábiles para efectuar observaciones, que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: gesfonpm@mapama.es

Consulta pública 1 FEMP Comercialización y transformación

Cuestionario previo de información pública del futuro Real Decreto de bases reguladoras para la concesión de ayudas a la comercialización y la transformación en el sector de la pesca y de la acuicultura cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca.

Proyecto RD modificación Real Decreto 849/2017 Asociacionismo

Se somete a información pública, en virtud de lo dispuesto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, en su redacción dada por la Disposición final tercera de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el proyecto de REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 849/2017, DE 22 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES AL FOMENTO DEL ASOCIACIONISMO, A ENTIDADES ASOCIATIVAS REPRESENTATIVAS DEL SECTOR PESQUERO, dando un plazo de 15 días hábiles para efectuar observaciones, que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: comerpm@mapama.es

Consulta pública previa a la tramitación de la orden por la que regula la reserva marina de interés pesquero de la isla de La Graciosa y de los islotes del norte de Lanzarote y se definen su delimitación, zonas y usos

Cumpliendo con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios en el plazo de 15 días naturales a la dirección de correo electrónico: sgprotec@mapama.es


Consulta pública previa a la tramitación de la orden por la que se por la que se regula la reserva marina de interés pesquero de la Punta de La Restinga - Mar de las Calmas (Isla de El Hierro) y se definen su delimitación, zonas y usos.

Cumpliendo con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios en el plazo de 15 días naturales a la dirección de correo electrónico: sgprotec@mapama.es



Consulta pública previa a la tramitación de la orden ministerial por la que se modifica la Orden AAA/2536/2015, de 30 de noviembre, por la que se regulan las artes y modalidades de pesca marítima y se establece un plan de gestión para los buques de los censos del Caladero Nacional Canario

Cumpliendo con el artículo 26.2  de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios en el plazo de 15 días naturales a la dirección de correo electrónico:  calnacpm@mapama.es

 

Proyecto de Real Decreto por el que se establecen medidas de ordenación y se regula el ejercicio de la pesca con artes de arrastre de fondo en el caladero del Mediterráneo.

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el  “Proyecto de Real Decreto por el que se establecen medidas de ordenación y se regula el ejercicio de la pesca con artes de arrastre de fondo en el caladero del Mediterráneo”, dando un plazo de 15 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico:   calnacpm@mapama.es

 

Proyecto de Orden por la que se establece un plan de gestión integral para la conservación de los recursos pesqueros en el Mediterráneo afectados por las pesquerías realizadas con redes de cerco, redes de arrastre y artes fijos y menores

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el  “Proyecto de Orden por la que se establece un plan de gestión integral para la conservación de los recursos pesqueros en el Mediterráneo afectados por las pesquerías realizadas con redes de cerco, redes de arrastre y artes fijos y menores”, dando un plazo de 15 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico:   calnacpm@mapama.es

 

 

Proyecto de Orden por la que se establecen determinadas zonas de veda para las modalidades de pesca dirigidas a la captura de especies demersales en el Golfo de León (GSA 7).

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el  “Proyecto de Orden por la que  se establecen determinadas zonas de veda para las modalidades de pesca dirigidas a la captura de especies demersales en el Golfo de León (GSA 7)” dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico:   calnacpm@mapama.es

 

Proyecto de Orden por la que se establece una veda temporal para la pesca en la modalidad de arrastre en el litoral de la Región de Murcia

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el  “Proyecto de Orden por la que se establece una veda temporal para la pesca en la modalidad de arrastre en el litoral de la Región de Murcia”, dando un plazo de 15 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico:    calnacpm@mapama.es

 

Proyecto de Orden por el que se regula la reserva marina de interés pesquero de la isla de Tabarca, y se define su delimitación y usos permitidos.

Con fecha 26 de octubre de 2015 se sometió a información pública el proyecto un borrador del “Proyecto de Orden AAA/2015, por el que se regula la reserva marina de la isla de Tabarca“, con un plazo de 15 días hábiles para que se efectuasen observaciones. Puesto que a la vista de las alegaciones recibidas era necesario revisar el texto del proyecto, para ello se han celebrado reuniones y consultas técnicas, cuyo resultado es un nuevo borrador del proyecto. Por ello, se somete de nuevo a información pública el borrador actualizado del “Proyecto de Orden por el que se regula la reserva marina de interés pesquero de la isla de Tabarca, y se define su delimitación y usos permitidos.”, para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información pública previstos en el artículo 26.6. de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dando un plazo de un mes para efectuar observaciones, que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: sgprotec@mapama.es.

 

Subvenciones al fomento del asociacionismo

Se somete a información pública, en virtud de lo dispuesto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, en su redacción dada por la Disposición final tercera de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 849/2017, DE 22 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES AL FOMENTO DEL ASOCIACIONISMO, A ENTIDADES ASOCIATIVAS REPRESENTATIVAS DEL SECTOR PESQUERO, dando un plazo de 15 días naturales para efectuar observaciones, que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: comerpm@mapama.es

Consulta pública previa a la tramitación de la orden por la que se establecen vedas temporales para el ejercicio de la pesca en la modalidad de arrastre en el litoral de la Comunidad Valenciana.

Cumpliendo con el artículo 26.2  de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios en el plazo de 15 días naturales a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es

 

Consulta pública previa a la tramitación de la orden por la que se establece una veda temporal para el ejercicio de la pesca en la modalidad de arrastre en el litoral de la provincia de Tarragona

Cumpliendo con el artículo 26.2  de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios en el plazo de 15 días naturales a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es

 

Real decreto sobre trazabilidad, etiquetado e información al consumidor

Se somete a información pública, en virtud de lo dispuesto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, en su redacción dada por la Disposición final tercera de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el proyecto de REAL DECRETO SOBRE TRAZABILIDAD, ETIQUETADO E INFROMACIÓN AL CONSUMIDOR, dando un plazo de 15 días hábiles para efectuar observaciones, que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: comerpm@mapama.es

Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden AAA/1406/2016, de 18 de agosto, por la que se establece un plan de gestión para los buques de los censos del caladero nacional del Golfo de Cádiz

Con fecha 2 de noviembre de 2017 se sometió a información pública un borrador del Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden AAA/1406/2016, de 18 de agosto, por la que se establece un plan de gestión para los buques de los censos del caladero nacional del Golfo de Cádiz”, con un plazo de 15 días hábiles para que se efectuasen observaciones. Transcurrido dicho plazo,  se somete de nuevo a información pública el citado Proyecto  incluyendo los Anejos V,VII y VIII omitidos en el borrador publicado,  para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,  dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico:   calnacpm@mapama.es.

En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.

Consulta pública previa a la tramitación de la orden por la que se establece una veda temporal para el ejercicio de la pesca en la modalidad de arrastre en el litoral de la Región de Murcia.

Cumpliendo con el artículo 26.2  de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios en el plazo de 15 días naturales a la dirección de correo electrónico:   calnacpm@mapama.es

 

  • Documento

Proyecto de Orden por la que se regula en España el sistema de localización de buques pesqueros vía satélite

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015 de 1 de octubre , de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “Proyecto de Orden por la que se regula en España el Sistema de Localización de Buques Pesqueros Vía Satélite”, dando un plazo de 15 días hábiles desde el día siguiente a su publicación para efectuar observaciones, que podrán remitirse a la siguiente dirección de Correo Electrónico:

 

csp@mapama.es

 

ASUNTO: Proyecto Orden SLB.

Proyecto de resolución de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifica la Resolución de 27 de marzo de 2017 por la que se aprueban los criterios de buceo responsable en reservas marinas

Para garantizar el acierto y la legalidad del texto que se somete a consulta según lo previsto en el artículo 26.5 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a  información pública el  “Proyecto  de Resolución de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifica la Resolución de 27 de marzo de 2017 por la que se aprueban los criterios de buceo responsable en reservas marinas.” dando un plazo de un mes para efectuar observaciones, que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico:  sgprotec@mapama.es

 

Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden APM/264/2017, de 23 de marzo, por la que se regula la pesquería de atún rojo en el Atlántico Oriental y Mediterráneo

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el  “Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden APM/264/2017, de 23 de marzo, por la que se regula la pesquería de atún rojo en el Atlántico Oriental y Mediterráneo”.

Proyecto de Orden por la que se establecen vedas temporales para la pesca de la modalidad de arrastre en determinadas zonas del litoral de Cataluña

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el  “Proyecto de Orden por la que se establecen vedas temporales para la pesca de la modalidad de arrastre en determinadas zonas del litoral de Cataluña ” dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico:   calnacpm@mapama.es

 

En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.

Consulta pública previa a la tramitación de la modificación de la Orden por la que se regula la pesquería de atún rojo en el Atlántico oriental y Mediterráneo

Cumpliendo con el artículo 26.2  de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios en el plazo de 15 días naturales a la dirección de correo electrónico:   calnacpm@mapama.es

Consulta pública previa a la tramitación de la modificación de la Orden AAA/2534/2015, de 17 de noviembre por la que se establece un plan de gestión para los buques censados en el caladero del Cantábrico Noroeste

Cumpliendo con el artículo 26.2  de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios en el plazo de 15 días naturales a la dirección de correo electrónico:   calnacpm@mapama.es

Consulta pública previa a la tramitación de la orden por la que establecen vedas temporales para la pesca de la modalidad de arrastre en determinadas zonas del litoral de Cataluña

Cumpliendo con el artículo 26.2  de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios en el plazo de 15 días naturales a la dirección de correo electrónico:   calnacpm@mapama.es

Proyecto de Orden por la que se prorroga la vigencia de la Orden AAA/2808/2012, de 21 de diciembre, por la que se establece un plan de gestión integral para la conservación de los recursos pesqueros en el Mediterráneo afectados por las pesquerías realizadas con redes de cerco, redes de arrastre y artes fijos y menores, para el período 2013-2017.

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el  “Proyecto de Orden por la que se prorroga la vigencia de la Orden AAA/2808/2012, de 21 de diciembre, por la que se establece un plan de gestión integral para la conservación de los recursos pesqueros en el Mediterráneo afectados por las pesquerías realizadas con redes de cerco, redes de arrastre y artes fijos y menores, para el período 2013-2017” dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico:  calnacpm@mapama.es.

 

En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.

Proyecto de Orden por la que se establecen vedas temporales para la pesca de la modalidad de cerco en determinadas zonas del litoral de Cataluña.

 Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el  “Proyecto de Orden por la que se establecen vedas temporales para la pesca de la modalidad de cerco en determinadas zonas del litoral de Cataluña ”, dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones,  que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es

 

En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma

Consulta pública Orden del Sistema de Localización de buques pesqueros vía satélite

Para conocimiento y opinión de sujetos y organizaciones más representativas que puedan verse afectados por la futura norma 

Proyecto de Orden por la que se regula el ejercicio de la pesca de rabil para la flota atunera cerquera congeladora en el Océano Índico en la campaña 2018

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público ,se somete a información pública el “Proyecto de Orden Ministerial por la que se regula el ejercicio de la pesca de rabil para la flota atunera cerquera congeladora en el Océano Índico en la campaña 2018” Pudiendo remitir observaciones a la dirección de correo electrónico: orgmulpm@mapama.es

En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.

Proyecto de Real Decreto por el que se regula la pesquería de atún rojo en el Atlántico oriental y Mediterráneo

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el  “Proyecto de Real Decreto por el que se regula la pesquería de atún rojo en el Atlántico oriental y Mediterráneo ”, dando un plazo de 15 días hábiles para efectuar observaciones, que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es

 

Consulta pública previa a la tramitación de la Orden por la que establecen vedas temporales para la pesca de la modalidad de cerco en determinadas zonas del litoral de Cataluña.

Cumpliendo con el artículo 26.2  de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios en el plazo de 15 días naturales a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es

Proyecto de Orden por la que se establecen vedas temporales para la pesca de la modalidad de cerco en determinadas zonas del litoral de la Comunidad Valenciana.

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el  “Proyecto de Orden por la que se establecen vedas temporales para la pesca de la modalidad de cerco en determinadas zonas del litoral de la Comunidad Valenciana ”,  pudiendo remitir observaciones a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es 

En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.

Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden AAA/1406/2016, de 18 de agosto, por la que se establece un plan de gestión para los buques de los censos del caladero nacional del Golfo de Cádiz.

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el  “Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden AAA/1406/2016, de 18 de agosto, por la que se establece un plan de gestión para los buques de los censos del caladero nacional del Golfo de Cádiz”,  pudiendo remitir observaciones en el plazo de quince días hábiles a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es

Consulta pública previa a la tramitación de la orden por la que se establece una reserva marina de interés pesquero a poniente de la isla Dragonera, y se definen su delimitación, zonas y uso

Cumpliendo con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios en el plazo de 15 días naturales a la dirección de correo electrónico: sgprotec@mapama.es

Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden de 8 de septiembre de 1998 por la que se establece una reserva marina y una reserva de pesca en el entorno de la isla de Alborán y se regula el ejercicio de la pesca en los caladeros adyacentes

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden de 8 de septiembre de 1998 por la que se establece una reserva marina y una reserva de pesca en el entorno de la isla de Alborán y se regula el ejercicio de la pesca en los caladeros adyacentes”, dando un plazo de 15 días hábiles para efectuar observaciones, que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: sgprotec@mapama.es

Proyecto de Orden por la que se establece una veda estacional del uso de los artes dirigidos a la captura de especies demersales en determinada zona del Golfo de Leon (GSA 7).

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el  “Proyecto de Orden por la que se establece una veda estacional del uso de los artes dirigidos a la captura de especies demersales en determinada zona del Golfo de León (GSA 7) ”,  pudiendo remitir observaciones a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es 

En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta n

Consulta pública previa a la tramitación de la Orden por la que se establecen vedas temporales para la pesca de cerco en la Comunidad Valenciana

Cumpliendo con el artículo 26.2  de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios a calnacpm@mapama.es

 

Consulta pública sobre Proyecto de Real Decreto sobre Ordenación de la Flota pesquera

Proyecto RD puertos base y modificación del 1549-2009

Proyecto de Real Decreto por el que se regula el establecimiento y cambio de puerto base de los buques pesqueros y por el que se modifica el Real Decreto 1549/2009, de 9 de octubre, sobre ordenación del sector pesquero y adaptación al Fondo Europeo de la Pesca.

Este Proyecto de RD (se inició el trámite con anterioridad) incluye una modificación del Real Decreto 1549/2009, de 9 de octubre, sobre ordenación del sector pesquero y adaptación al Fondo Europeo de la Pesca

Consulta pública previa a la tramitación de la modificación de la Orden AAA/1406/2016 de 18 de agosto, por la que se establece un Plan de Gestión para los buques de los censos del Caladero Nacional del Golfo de Cádiz.

Cumpliendo con el artículo 26.2  de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios en el plazo de 15 días naturales a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es

Proyecto de Orden por la que se convoca el procedimiento de autorización para la concesión de licencias de extracción y venta de coral rojo, para el bienio 2018-2019.

En cumplimiento de lo previsto por el artículo 6 del Real Decreto 629/2013, de 2 de agosto por el que se regula la pesca de coral rojo, su primera venta y el procedimiento de autorización para la obtención de obtención de licencias para su pesca, se ha elaborado un proyecto de orden, cuyo borrador se adjunta, por el que se convoca el procedimiento de autorización para la concesión de licencias de extracción y venta de coral rojo, para el bienio 2018-2019, con el objeto de que en el plazo máximo de 15 días, emitan, si así se estima, las observaciones al proyecto que se consideren oportunas.

 Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios a:  calnacpm@mapama.es

Consulta pública previa a la tramitación de la Orden por la que se regula la pesca de los buques atuneros cerqueros congeladores para la captura de túnidos tropicales.

Cumpliendo con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma que este Ministerio tiene intención inicialmente de tramitar para regular la pesca de los buques atuneros cerqueros congeladores para la captura de túnidos tropicales. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios a bzn-orpstunidos@mapama.es

Consulta pública previa a la tramitación de la Orden por la que se establece una veda temporal para pesquerías demersales en determinados fondos del área GSA 7 del Mediterráneo por parte de buques españoles.

Cumpliendo con el artículo 26.2  de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios a calnacpm@mapama.es

Consulta pública previa a la tramitación del proyecto de Real Decreto por el que se regula la pesquería de atún rojo en el Atlántico oriental y Mediterráneo.

Cumpliendo con el artículo 26.2  de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios a calnacpm@mapama.es

PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULAN MEDIDAS REFERENTES A LOS PLANES DE PRODUCCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN, EL MECANISMO DE ALMACENAMIENTO Y LA CREACIÓN Y REESTRUCTURACIÓN DE ORGANIZACIONES PROFESIONALES DEL SECTOR DE LOS PRODUCTOS DE LA PESCA Y DE LA ACUICULTURA, Y SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS A DICHAS MEDIDAS, COFINANCIADAS POR EL FEMP

Se somete a información pública, en virtud de lo dispuesto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, en su redacción dada por la Disposición final tercera de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el proyecto de REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULAN MEDIDAS REFERENTES A LOS PLANES DE PRODUCCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN, EL MECANISMO DE ALMACENAMIENTO Y LA CREACIÓN Y REESTRUCTURACIÓN DE ORGANIZACIONES PROFESIONALES DEL SECTOR DE LOS PRODUCTOS DE LA PESCA Y DE LA ACUICULTURA, Y SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS A DICHAS MEDIDAS, COFINANCIADAS POR EL FONDO EUROPEO MARÍTIMO Y DE PESCA, dando un plazo de 15 días hábiles para efectuar observaciones, que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico comerpm@mapama.es

Consulta pública previa a la modificación de la Orden por la que se regula la pesquería de atún rojo en el Atlántico Oriental y Mediterráneo.

Cumpliendo con el artículo 26.2  de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios a  bzn-orpstunidos@mapama.es

Consulta pública previa a la tramitación del Real Decreto por el que se establecen medidas de ordenación y se regula el ejercicio de la pesca con artes de arrastre de fondo en el caladero mediterráneo.

Cumpliendo con el artículo 26.2  de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios a  calnacpm@mapama.es

 

Consulta pública sobre proyecto de Real Decreto sobre Ordenación de la flota pesquera

Cumpliendo con el artículo 26.2  de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios a censoflota@mapama.es

PROYECTO REAL DECRETO BASES REGULADORAS DE AYUDAS AL ASOCIACIONISMO PESQUERO

Se somete a información pública, en virtud de lo dispuesto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, en su redacción dada por la Disposición final tercera de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el proyecto de REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES AL FOMENTO DEL ASOCIACIONISMO, A ENTIDADES ASOCIATIVAS REPRESENTATIVAS DEL SECTOR PESQUERO, dando un plazo de 15 días hábiles para efectuar observaciones, que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: comerpm@mapama.es

 

Proyecto de real decreto por el que se regula el establecimiento y cambio de puerto base de los buques pesqueros

El Real Decreto 1838/1997, de 5 de diciembre, por el que se regulan el inicio de la actividad pesquera y los establecimientos y cambios de base de buques pesqueros, después de diecinueve años de vigencia, ha cumplido su cometido en normalizar aspectos importantes referidos a la actividad del buque pesquero, su movilidad y la protección y conservación de los recursos mediante el control del esfuerzo pesquero en el caladero nacional.

Podrán remitir las observaciones y los comentarios que se consideren oportunos en relación a este proyecto de Orden a la Subirección General de Política Estructural utilizando la siguiente dirección de correo electrónico: censoflota@mapama.es

Proyecto de ORDEN por la que se asignan las posibilidades de la pesca de España para la captura de rabil en el Océano Índico

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público ,se somete a información pública el  “Proyecto de por la que se asignan las posibilidades de la pesca de España para la captura de rabil en el Océano Índico”

Pudiendo remitir observaciones a la dirección de correo electrónico: orgmulpm@mapama.es

 

En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma

Consulta pública previa a la tramitación de la ORDEN por la que se asignan las posibilidades de la pesca de España para la captura de rabil en el Océano Índico

Cumpliendo con el artículo 26.2  de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, se procede a realizar una consulta pública para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma que este Ministerio tiene intención inicialmente de tramitar para asignar las posibilidades de pesca de España para la captura de rabil en el Océano Índico. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios a bzn-orpstunidos@mapama.es

 

El plazo para el envío de alegaciones, observaciones, sugerencias u opiniones al texto comienza el 2 de junio y finaliza el 19 de junio de 2017, ambos inclusive.

Proyecto de Orden por la que se establece una veda temporal para la pesca de la modalidad de arrastre en las aguas exteriores del litoral de la Región de Murcia.

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público , se somete a información pública el  “Proyecto de Orden por la que se establece una veda temporal para la pesca de la modalidad de arrastre en las aguas exteriores del litoral de la Región de Murcia”,  pudiendo remitir observaciones a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es

 

En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.

Proyecto de Orden por la que se establecen vedas temporales para la pesca en la modalidad de arrastre en determinadas zonas del litoral de Tarragona y de la Comunidad Valenciana.

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público , se somete a información pública el  “Proyecto de Orden por la que se establecen vedas temporales para la pesca en la modalidad de arrastre en determinadas zonas del litoral de Tarragona y de la Comunidad Valenciana”,  pudiendo remitir observaciones a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es

 

En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.

Proyecto de Orden, por la que se modifica la Orden AAA/1406/2016, de 18 de agosto, por la que se establece un plan de gestión para los buques de los censos del caladero nacional del Golfo de Cádiz.

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público , se somete a información pública el  “Proyecto de orden por la que se modifica la Orden  AAA/1406/2016,  de 18 de agosto, por la que se establece un plan de gestión para los buques de los censos del caladero nacional del Golfo de Cádiz”,  pudiendo remitir observaciones a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es

 

En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.

Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden AAA/658/2014, de 22 de abril, por la que se regula la pesca con arte de palangre de superficie para la captura de especies altamente migratorias

Se somete a información pública prevista en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, en su redacción dada por la  Ley 40/2015 del Régimen Jurídico del Sector Público, el proyecto de Orden por la que se  modifica la Orden AAA/658/2014, de 22 de abril, por la que se regula la pesca con arte de palangre de superficie para la captura de especies altamente migratorias, con un plazo de 15 días hábiles para ejecutar observaciones, que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico calnacpm@mapama.es

Proyecto de Orden por la que se establece un plan de gestión para los buques de los censos de altura, gran altura y buques palangreros mayores y menores de 100 TRB que operan en los límites geográficos de la Comisión de Pesca del Atlántico Nordeste

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público , se somete a información pública el  “proyecto de orden por la que se establece un plan de gestión para los buques de los censos de altura, gran altura y buques palangreros mayores y menores de 100 TRB que operan en los límites geográficos de la Comisión de Pesca del Atlántico Nordeste”,  pudiendo remitir observaciones a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es

En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.

PROYECTO de ORDEN por la que se regula la reserva marina de interés pesquero del Levante de Mallorca – Cala Rajada, y se definen su delimitación y usos permitidos

Se somete a información pública prevista en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, en su redacción dada por la disposición final 3ª de la Ley 40/2016 del Régimen Jurídico del Sector Público, el proyecto de ORDEN por la que se regula la reserva marina de interés pesquero del Levante de Mallorca – Cala Rajada, y se definen su delimitación y usos permitidos, con un plazo de 15 días hábiles para ejecutar observaciones, que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico sgprotec@mapama.es

Consulta pública previa a la tramitación de la Orden por la que se prorroga y complementa el plan de gestión integral para la conservación de los recursos pesqueros en el Mediterráneo en las modalidades de cerco,arrastre y artes fijos y menores.

Cumpliendo con el artículo 26.2  de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios a calnacpm@mapama.es

PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES AL FOMENTO DEL ASOCIACIONISMO, A ENTIDADES ASOCIATIVAS REPRESENTATIVAS DEL SECTOR PESQUERO.

Se somete a información pública, en virtud de lo dispuesto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, en su redacción dada por la Disposición final tercera de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el proyecto de REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES AL FOMENTO DEL ASOCIACIONISMO, A ENTIDADES ASOCIATIVAS REPRESENTATIVAS DEL SECTOR PESQUERO, dando un plazo de 15 días hábiles para efectuar observaciones, que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico comerpm@mapama.es

PROYECTO REAL DECRETO BASES REGULADORAS AYUDAS FEMP OP

Se somete a información pública, en virtud de lo dispuesto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, en su redacción dada por la Disposición final tercera de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el proyecto de REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULAN LAS MEDIDAS REFERENTES A LOS PLANES DE PRODUCCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN, EL MECANISMO DE ALMACENAMIENTO Y LA CREACIÓN DE ORGANIZACIONES PROFESIONALES DEL SECTOR DE LOS PRODUCTOS DE LA PESCA Y DE LA ACUICULTURA, Y SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS A DICHAS MEDIDAS, COFINANCIADAS POR EL FONDO EUROPEO MARÍTIMO Y DE PESCA, dando un plazo de 15 días hábiles para efectuar observaciones, que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico comerpm@mapama.es

Consulta pública previa a la tramitación del Real Decreto que regula la pesca marítima de recreo en aguas exteriores

Cumpliendo con el artículo 26.2  de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios a calnacpm@mapama.es

PROYECTO de ORDEN por la que se establece la reserva marina de interés pesquero de Cabo Tiñoso, y se definen su delimitación, zonas y usos

Se somete a información pública prevista en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, en su redacción dada por la disposición final 3ª de la Ley 40/2016 del Régimen Jurídico del Sector Público, el proyecto de ORDEN por la que se establece la reserva marina de interés pesquero de Cabo Tiñoso, y se definen su delimitación, zonas y usos, con un plazo de 15 días hábiles para ejecutar observaciones, que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico sgprotec@mapama.es

Consulta pública previa a la tramitación de la Orden por la que se regula la pesca con el arte de palangre de superficie para la captura de especies altamente migratorias

Cumpliendo con el artículo 26 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios a : bzn-orpstunidos@mapama.es

 

Procedimiento previo a la tramitación de la Orden X/XX/XXX, por la que se modifica la ORDEN de 8 de septiembre de 1998 y se establece una reserva marina y una de pesca en el entorno de la isla de Alborán .

Cumpliendo con el artículo 26 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos potencialmente afectados por la futura norma y de las organizaciones más representativas. Aquellos que lo deseen, deberán enviar sus comentarios a: sgprotec@magrama.es

Procedimiento previo a la tramitación de la Orden X/XX/XXX, por la que se modifica la ORDEN ARM/3535/2008, de 24 de noviembre, por la que se regula la reserva marina de Levante de Mallorca–Cala Rajada.

Cumpliendo con el artículo 26 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos potencialmente afectados por la futura norma y de las organizaciones más representativas. Aquellos que lo deseen, deberán enviar sus comentarios a: sgprotec@magrama.es

Proyecto de Real Decreto por el que se regula el establecimiento y cambio de puerto base de los buques pesqueros

Proyecto de Modificación Real Decreto 36_2014 por el que se regulan los títulos profesionales del sector pesquero

Proyecto de Orden por la que se regula la pesquería de atún rojo en el Atlántico oriental y en el Mediterráneo

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se somete a información pública el proyecto de Orden, por la que se regula la pesquería de atún rojo en el Atlántico oriental y Mediterráneo, con un plazo para emitir observaciones de quince días hábiles, que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: bzn-orpstunidos@mapama.es

Orden desarrollo RD 36_2014 por el que se regulan los títulos profesionales del sector pesquero

Procedimiento previo a la tramitación de la Orden X/XX/XXX, por la que se regula la pesquería del Atún rojo en el Atlántico Oriental y el Mediterráneo

Cumpliendo con el artículo 26 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos potencialmente afectados por la futura norma y de las organizaciones más representativas. Aquellos que lo deseen, deberán enviar sus comentarios a:  bzn-orpstunidos@mapama.es

Proyecto de Orden de modificación de la Orden AAA/1136/2016. Bases paralización definitiva actividad pesquera

Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se somete a información pública el proyecto de Orden por la que se  modifica la orden AAA/1136/2016, de 30 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a los propietarios y pescadores de buques pesqueros españoles afectados por la paralización definitiva de la actividad pesquera, con un plazo para emitir observaciones de quince días hábiles, que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: gesfonpm@magrama.es

Proyecto de real decreto, por el que se modifica el R.D. 1173/2015, de 29 de diciembre, de desarrollo del FEMP en lo relativo a las ayudas a la paralización definitiva y temporal de la actividad pesquera.

Se somete a información pública prevista en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, en su redacción dada por la disposición final 3ª de la Ley 40/2016 del Régimen Jurídico del Sector Público, el proyecto de real decreto por el que se modifica el RD 1173/2015, de 29 de diciembre, de desarrollo del FEMP en lo relativo a las ayudas a la paralización definitiva y temporal de la actividad pesquera,  con un plazo de 15 días hábiles para ejecutar observaciones, que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico uaifop@mapama.es

Proyecto de Orden Ministerial por la que se desarrollará el Real Decreto 36/2014, de 24 de enero, por el que se regulan los títulos profesionales del Sector pesquero

Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 36/2014, de 24 de enero, por el que se regulan los títulos profesionales del sector pesquero

Procedimiento de participación pública previo a la tramitación de la modificación del RD 1173 de 2015

Cumpliendo con el artículo 26 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos potencialmente afectados por la futura norma y de las organizaciones más representativas. Aquellos que lo deseen, deberán enviar el cuestionario a: gesfonpm@magrama.es

 

Procedimiento previo a la tramitación de la Orden XXX de la reserva marina Cabo Tiñoso,definiendo su delimitación, zonas y usos.

Cumpliendo con el artículo 26 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos potencialmente afectados por la futura norma y de las organizaciones más representativas. Aquellos que lo deseen, deberán enviar sus comentarios a: sgprotec@magrama.es

Proyecto de Real Decreto por el que se establecen las condiciones para el desarrollo de la actividad de pesca turismo

Proyecto de Orden AAA /2016, de de de 2016, por la que se regula la reserva marina de Cabo de Palos – islas Hormigas y se define su delimitación y usos permitidos.

Orden AAA, por la que se regula la reserva marina de Cabo de Palos, sus delimitaciones y usos .

ORDEN AAA/ 2016, por la que se prorroga la veda establecida por la orden de 21 de diciembre de 1999, por la que se establece la reserva marina de Masía Blanca, frente al término municipal de El Vendrell.

PROYECTO DE ORDEN AAA/2015 DE POR EL QUE SE REGULA LA RESERVA MARINA DE LA ISLA DE TABARCA, Y SE DEFINE SU DELIMITACIÓN Y USOS

INFORMACIÓN PÚBLICA DEL PROGRAMA OPERATIVO DEL FONDO EUROPEO Y MARÍTIMO DE PESCA (FEMP) Y ESTUDIO AMBIENTAL ESTRATÉGICO

En el marco del nuevo periodo de programación de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (Fondos EIE) para España para el periodo 2014-2020, se encuentra el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP), regulado por el Reglamento (UE) nº 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de mayo de 2014, publicado en el DOUE el 20 de mayo. 

La elaboración del Programa Operativo del FEMP, implica la necesidad de someterse al procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica, de acuerdo con lo establecido por la Ley 21/2013, de 9 de diciembre de Evaluación Ambiental (LEA).

Por otro lado, el apartado 4 del artículo 55 del Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (en adelante Reglamento de Disposiciones Comunes -RDC-), establece que las evaluaciones ex ante incorporarán, cuando proceda, los requisitos de la evaluación estratégica medioambiental. Asimismo, en el anexo I del Reglamento (UE) nº 771/2014 se indica que se presentará en el anexo del PO un “Informe de la evaluación estratégica ambiental (EAE)”.

A la vista de la necesidad de llevar a cabo el procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica para la consecuente aprobación del PO FEMP, se redactó el “Documento Inicial Estratégico”, del PO FEMP 2014-2020, conforme el artículo 18 de la LEA el cual se remitió a la Subdirección General de Evaluación Ambiental de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (órgano ambiental).

Dicho documento fue sometido a consulta de las Administraciones Públicas afectadas y personas interesadas por parte del órgano ambiental, y a partir de las observaciones recibidas elaboró, un Documento de Alcance del Estudio Ambiental Estratégico (DAEA), aprobado por Resolución de la Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental, en el cual se incluye la amplitud, el nivel de detalle y el grado de especificación que el promotor debe utilizar en los estudios y análisis posteriores y que se deben materializar en el Estudio Ambiental Estratégico (EsAE).

Así pues, se ha elaborado el Estudio Ambiental Estratégico teniendo en consideración, conforme el artículo 20 de la LEA, las determinaciones incluidas en el Documento de Alcance del Estudio Ambiental Estratégico.

De conformidad con el artículo 21 de la LEA, dicho Estudio Ambiental Estratégico, junto a una versión inicial del PO del FEMP 2014-2020, se somete a información pública durante, un periodo de 23 días hábiles, de acuerdo con lo previsto en el Artículo 50 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el «Boletín Oficial del Estado». Publicado en el BOE nº 192 del 12/08/2015.

Las observaciones que se consideren oportunas en relación a dichos documentos podrán ser remitidas a la Dirección General de Ordenación Pesquera utilizando la siguiente dirección de correo electrónico: uaifop@magrama.es

Licencias de coral rojo

A continuación encontrará la normativa vigente que regula las autorizaciones para la pesca de coral rojo en aguas exteriores y su venta en el periodo 2016-2018.

Resolución licencias de coral rojo

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