El Programa operativo establece para el período 2007-2013, el marco para proporcionar financiación al sector español de la pesca, fijando sus ejes y objetivos prioritarios y definiendo las competencias y el marco financiero.
El principal objetivo del Programa operativo es proporcionar ayuda financiera para facilitar la aplicación de la Política pesquera común, y apoyar las reestructuraciones necesarias debidas a la evolución del sector, mediante la aplicación de medidas encaminadas a garantizar el ejercicio sostenible de la actividad pesquera, y a diversificar las actividades económicas en las zonas dependientes de la pesca.
Las medidas de este fondo se adaptan a las nuevas necesidades tanto del sector pesquero y de la acuicultura, como de las comunidades costeras dedicadas a la pesca.
Se trata de contribuir a reducir la presión que ejerce la pesca para que puedan recuperarse las poblaciones de peces, y fomentar la utilización de equipos y prácticas más ecológicos en los sectores de la pesca y la acuicultura, así como en la preparación y comercialización de los productos pesqueros. Asimismo, se trata de ayudar a las regiones más afectadas por las pérdidas de empleo, concediéndoles una ayuda para favorecer su diversificación y la consolidación de su base económica.
Las ayudas del Fondo se concentran especialmente en los siguientes aspectos:
El Programa operativo para el sector pesquero español 2007-2013, incorpora los cinco ejes prioritarios que establece el Reglamento Nº 1198/2006 de 27 de julio de 2006 relativo al Fondo Europeo de la Pesca, conforme al análisis realizado en el Plan Estratégico Nacional y a las conclusiones de la evaluación ex ante del Programa.
A continuación puede ver una relación de los ejes prioritarios y las medidas en las que se engloban los objetivos prioritarios del Fondo Europeo de la Pesca. Por eje prioritario se entiende cada una de las prioridades del Programa operativo que incluye un grupo de medidas relacionadas entre sí y cuyos objetivos específicos sean cuantificables. Estos ejes prioritarios se descomponen a su vez en medidas, que son un conjunto de operaciones dirigidas a la ejecución de un eje prioritario, y en acciones, que concretan la actuación de las medidas.
Las actuaciones que se llevarán a cabo en el Programa operativo para el sector pesquero español (2007-2013) , en lo referente a la adaptación de la flota pesquera comunitaria, centran la estrategia en una serie de medidas encaminadas a garantizar la adaptación de la flota pesquera, asegurando la explotación sostenible de los recursos, respetando el medio ambiente y aplicando medidas socioeconómicas con el fin de minimizar los daños que puedan sufrir los trabajadores que se vean afectados por los Planes de ajuste del Esfuerzo pesquero.
De igual modo, se aplicará progresivamente a la gestión pesquera un planteamiento basado en los ecosistemas y se tratará de contribuir a la eficacia de las actividades pesqueras, en un sector de la pesca y acuicultura económicamente viable y competitivo.
Conforme a la prioridad de la Política pesquera común de poner fin a las ayudas a la renovación de la flota, que han contribuido a generar un exceso de capacidad, se seguirá financiando la paralización definitiva de las actividades de pesca de buques pesqueros, siempre que dicha paralización forme parte de un plan de ajuste del esfuerzo pesquero. Del mismo modo, se concederán ayudas para la sustitución de los motores, a condición de que se reduzca su potencia.
Las ayudas también podrán concederse en los casos de paralización temporal de las actividades pesqueras, con el propósito de ajustar progresivamente el esfuerzo de pesca a la producción del caladero. En este sentido, se podrán adoptar Planes de Pesca específicos de regulación de la actividad pesquera, por flotas, pesquerías, zonas o caladeros. Mediante este eje se financiarán inversiones a bordo de los buques pesqueros, siempre que estas ayudas sirvan para mejorar la seguridad a bordo, las condiciones de trabajo, la higiene, la calidad de los productos, el rendimiento energético y la selectividad, siempre que ello no aumente la capacidad pesquera de los buques.
Se podrá subvencionar el uso de artes y técnicas de pesca respetuosos del medio ambiente, por ejemplo cuando se trate de buques que tengan que adaptarse a un plan de recuperación o hayan de reconvertirse a otro tipo de pesca.
Mediante este eje también se contribuirá a la mejora de las condiciones de la práctica de la pesca costera artesanal, para la consecución de los objetivos que establece el artículo 26 del Reglamento (CE) Nº 1198/2006.
También proporcionará ayuda a los pescadores y los dueños de buques que se vean afectados por las medidas plurianuales adoptadas en el marco de los planes nacionales para el ajuste de las flotas, con el fin de favorecer la recuperación de las poblaciones de peces amenazadas. Asimismo, se financiarán los regímenes de formación y de jubilación anticipada. También habrá ayudas para que los pescadores jóvenes puedan adquirir un primer buque de segunda mano.
Se detallan a continuación las medidas de este eje prioritario, tal y como establece el Programa operativo para el sector pesquero español (2007-2013):
Medida 1.1. Paralización definitiva de actividades pesqueras
Medida 1.2. Paralización temporal de actividades pesqueras
Medida 1.3. Inversiones a bordo de los buques pesqueros y selectividad
Medida 1.4. Pesca costera artesanal
Medida 1.5. Compensaciones socioeconómicas para la gestión de la flota
El fundamento de este eje prioritario como uno de los ámbitos de actuación esenciales en el Programa operativo español, reside en dar prioridad de apoyo al desarrollo sostenible de la acuicultura, así como de la transformación y comercialización de los productos de la pesca y de la acuicultura.
Mediante este eje se financiará el desarrollo sostenible de la acuicultura y la comercialización y transformación de los productos de la pesca y la acuicultura. Se podrá apoyar inversiones para la construcción, ampliación, equipamiento y modernización de instalaciones de producción, con objeto en particular, de mejorar las condiciones de trabajo e higiene, la salud animal y la calidad del producto, que limiten el impacto negativo o mejoren los efectos positivos del medio ambiente.
Las ayudas del FEP podrán destinarse al desarrollo y aplicación de métodos y prácticas que reduzcan el impacto de la acuicultura en el medio ambiente, a la puesta en práctica de medidas de fomento de la higiene y protección de la salud pública y a las iniciativas para mejorar las condiciones de comercialización de los productos de la pesca y la acuicultura. Las actuaciones se concentrarán en la ayuda a las pequeñas empresas, aunque las empresas de mayor tamaño también podrán recibir financiación.
Iguales objetivos orientarán las ayudas a la transformación y comercialización de los productos de la pesca y la acuicultura.
Para el correcto desarrollo de este eje, el Estado considera fundamental el logro de una pauta de desarrollo sostenible de los sectores implicados en él, garantizando la seguridad de los abastecimientos, estabilizando los mercados, asegurando al consumidor precios razonables, y sobre todo que sea coherente con la estrategia de la Unión Europea para el desarrollo sostenible y con las conclusiones del Consejo Europeo de Gotemburgo.
Se detallan a continuación las medidas de este eje prioritario, tal y como establece el Programa operativo para el sector pesquero español (2007-2013):
Medida 2.1. Acuicultura
Medida 2.3. Transformación y comercialización de pescado
El Programa operativo para el sector pesquero español, apuesta por un modelo de crecimiento económico equilibrado y duradero, basado en la mejora de la competitividad de las empresas y en la mejora de la productividad. Por tanto, las medidas contempladas en este eje, persiguen incentivar a los agentes implicados en el sector pesquero a tomar iniciativas de las que se derive un beneficio común, y que generen un valor añadido superior al de las inversiones individuales tradicionales, así como mejorar la competitividad del sector, contribuyendo a la consecución de los objetivos establecidos en el artículo 36 del Reglamento Nº 1198/2006.
Podrán recibir ayudas los proyectos de agentes u organizaciones de la pesca y la acuicultura que contribuyan a la gestión sostenible o a la conservación de los recursos pesqueros, consoliden la transparencia de los mercados de los productos pesqueros y acuícolas, o fomenten la cooperación entre los organismos científicos y el sector pesquero.
Este tipo de proyectos podrán destinarse a objetivos como la protección y el desarrollo de la fauna y la flora acuáticas, la modernización de los puertos pesqueros y los lugares de desembarque, la promoción y desarrollo de nuevos mercados para los productos de la pesca y la acuicultura, así como a experiencias piloto de incremento y difusión de los conocimientos sobre la protección de los recursos pesqueros.
También se apoyará mediante este eje la transformación de buques pesqueros para su reconversión, con fines de formación o de investigación en el sector pesquero, o para actividades distintas de la pesca. Estas operaciones se limitarán a los organismos públicos o semipúblicos.
Se detallan a continuación las medidas de este eje prioritario, tal y como establece el Programa operativo para el sector pesquero español (2007-2013):
Medida 3.1. Acciones colectivas
Medida 3.2. Protección y desarrollo de la fauna y la flora acuáticas
Medida 3.3. Puertos de pesca, lugares de desembarque y fondeaderos
Medida 3.4. Desarrollo de nuevos mercados y campañas de promoción
Medida 3.5. Operaciones piloto
Medida 3.6. Modificaciones para la reconversión de buques pesqueros
El agotamiento de los recursos pesqueros provoca la reducción de las capturas, la disminución de los ingresos y la pérdida de puestos de trabajo, con el consiguiente impacto en las zonas pesqueras afectadas que, en muchos casos, disponen de pocas fuentes alternativas de empleo. Por ello, el Fondo Europeo de la Pesca, mediante este eje prioritario, ayudará a las áreas afectadas a disminuir su dependencia económica del sector extractivo.
Mediante este eje se persigue el logro de los siguientes objetivos:
El apoyo al desarrollo sostenible de zonas de pesca se destinará a la consecución de los objetivos del artículo 44 del Reglamento Nº 1198/2006 de 27 de julio de 2006, relativo al Fondo Europeo de la Pesca.
Las medidas destinadas a ayudar al desarrollo sostenible de zonas de pesca se llevarán a la práctica en un territorio determinado, por entidades o grupos locales, que representen a interlocutores públicos y privados procedentes de los distintos sectores socioeconómicos locales pertinentes. El grupo deberá proponer y aplicar una estrategia de desarrollo local integrado basada en un planteamiento ascendente, de común acuerdo con la Autoridad de gestión.
Según la estructura competencial del sistema político español, la constitución de grupos de desarrollo local pertenece al ámbito de las Comunidades Autónomas, y según las decisiones tomadas al respecto y plasmadas en el Programa operativo, sólo cinco Comunidades han reservado parte del Fondo a este eje número 4, y son: Andalucía, Principado de Asturias, Cantabria, Cataluña y la Comunidad Autónoma de Galicia.
Serán también estas Comunidades Autónomas las que establecerán las condiciones y requisitos para la selección de las zonas y los grupos, según el planteamiento inicial previsto también el Programa operativo.
De esta forma, según el Programa operativo de Diciembre de 2007, se han establecido las diferentes zonas:
Andalucia:
Principado de Asturias:
Cantabria:
Cataluña:
Comunidad Autónoma de Galicia:
Se detallan a continuación las medidas de este eje prioritario, tal y como establece el Programa operativo para el sector pesquero español (2007-2013):
Medida 4.1. Desarrollo de las zonas de pesca
Es un objetivo prioritario para España dar a conocer y divulgar el Programa operativo y las operaciones cofinanciadas, así como la contribución comunitaria. La información estará destinada a los beneficiarios potenciales y al público en general, con el objeto de garantizar la transparencia de la ayuda del Fondo Europeo de la Pesca.
Una pequeña parte de la financiación del FEP estará reservada a la asistencia técnica, con el fin de prestar apoyo a las actuaciones que faciliten la preparación y ejecución de los programas (estudios, informes, actividades de información y promoción o establecimiento de redes).
Las medidas destinadas a la asistencia técnica son:
Las inversiones realizadas en este eje irán destinadas a las administraciones, empresas públicas y semipúblicas.
Se detallan a continuación las medidas de este eje prioritario, tal y como establece el Programa operativo para el sector pesquero español (2007-2013):
Medida 5.1. Asistencia técnica