De conformidad con lo previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se somete a audiencia e información públicas el borrador de Orden por la que se modifica el Anexo de la Orden APA/852/2023, de 13 de julio, por la que se establece un Plan de Gestión para la pesca con artes de cerco en el Subcaladero Mediterráneo.
Las observaciones u opiniones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico calnacpm@mapa.es con la siguiente referencia: Alegaciones Orden de modificación del anexo de la Orden APA/852/2023, de 13 de julio.
El plazo para su envío comienza el 17 de octubre y finaliza el 25 de octubre de 2024, ambos inclusive.
De conformidad con lo previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se somete a audiencia e información públicas el proyecto de Orden ministerial por la que se modifican los Anexos VI y X del Real Decreto 502/2022, de 27 de junio, por el que se regula el ejercicio de la pesca en los caladeros nacionales, a efectos de recabar la opinión de ciudadanos, organizaciones o asociaciones afectadas.
Las observaciones u opiniones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico calnacpm@mapa.es con la siguiente referencia: Alegaciones Orden modificación Real Decreto 502/2022.
El plazo para su envío comienza el 10 de octubre y finaliza el 18 de octubre de 2024, ambos inclusive
A efectos de recabar la opinión de los interesados, se publica el Borrador de Resolución por la que se resuelve la convocatoria de días adicionales de pesca para la flota de arrastre de fondo del Mediterráneo en 2024 como consecuencia de la aplicación de medidas voluntarias, publicada mediante Resolución de 2 de julio de 2024, de la Secretaría General de Pesca, y por la que se establece la asignación definitiva de días de pesca para la flota de arrastre de fondo del Mediterráneo en 2024.
Las observaciones que se realicen pueden dirigirse a la siguiente dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es, con la siguiente referencia: Borrador Resolución asignación 100 % días pesca y mecanismo de compensación Mediterráneo 2024.
El plazo para su envío será del 7 al 18 de agosto de 2024, ambos incluidos.
A efectos de garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información pública previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a audiencia pública el borrador de: ORDEN POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN AAA/658/2014, DE 22 DE ABRIL, POR LA QUE SE REGULA LA PESCA CON EL ARTE DE PALANGRE DE SUPERFICIE PARA LA CAPTURA DE ESPECIES ALTAMENTE MIGRATORIAS.
Las observaciones que se realicen pueden dirigirse a la siguiente dirección de correo electrónico: orgmulpm@mapa.es, con la siguiente referencia: Observaciones Borrador orden modificación Orden APA/658/2014, de palangre de superficie.
Plazo:
Inicio: 29/7/2024
Fin: 06/08/2024
De conformidad con lo previsto en el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, en el documento adjunto se detallan a continuación los aspectos correspondientes del proyecto de real decreto, que este Ministerio tiene intención de tramitar por el que se modifican el Real Decreto 1044/2012, de 27 de diciembre, de ordenación de la flota pesquera, todo ello, con la finalidad de que aquellos que puedan resultar concernidos por la norma a elaborar, puedan expresar su opinión y efectuar las observaciones que estimen oportunas antes de la redacción de la norma.
El plazo para el envío de observaciones comienza el 8 de julio y finaliza el 23 de julio ambos inclusive.
Las propuestas y observaciones deberán dirigirse a la Subdirección General de Sostenibilidad Económica y Asuntos Sociales a la dirección de correo electrónico censoflota@mapa.es, en los 15 días naturales siguientes a la publicación en la WEB del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA).
Cumpliendo con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios en el plazo de 15 días naturales a la dirección de correo electrónico: orgmulpm@mapa.es
Plazo:
Inicio: 05/07/2024
Fin: 20/07/2024
A efectos de garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información pública previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a audiencia pública el Borrador de Orden, por la que se autoriza la gestión conjunta de las posibilidades de pesca de los buques atuneros cerqueros congeladores autorizados a la pesca de túnidos tropicales en el Océano Índico en la campaña 2024.
Las observaciones que se realicen pueden dirigirse a la siguiente dirección de correo electrónico: orgmulpm@mapa.es, con la siguiente referencia: Observaciones Borrador Orden Gestión Conjunta YFT Índico
El plazo para su envío será del 1 de julio al 9 de julio, ambos incluidos.
A efectos de garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información pública previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a audiencia pública el Borrador de Resolución BFT que modifica la de 14 de mayo 2024.
Las observaciones que se realicen pueden dirigirse a la siguiente dirección de correo electrónico: inspecpm@mapa.es, con la siguiente referencia: Alegaciones Borrador Resolución BFT que modifica la de 14 de mayo 2024.
El plazo para su envío será del 5 al 12 de junio, ambos incluidos.
De conformidad con lo previsto en el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, con carácter previo a la elaboración de un proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma, acerca de:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
c) Los objetivos de la norma.
d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
En cumplimiento de dicho precepto, se pone a disposición de los interesados un documento informativo relativo a este proyecto de real decreto para modificar el Real Decreto 502/2022, de 27 de junio, por el que se regula el ejercicio de la pesca en los caladeros nacionales.
Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios en el plazo de 15 días naturales a la dirección de correo electrónico: orgmulpm@mapa.es
Plazo:
Inicio: 13/05/2024
Fin: 28/05/2024
De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, con el objeto de incrementar y mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas, con carácter previo a la elaboración del proyecto de Real Decreto por el que se regulan las medidas de gestión de los recursos pesqueros, se sustancia la presente consulta pública, a través de la cual se recabará la opinión de los ciudadanos y de las asociaciones y organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma.
La Ley 5/2023, de 17 de marzo, de pesca sostenible e investigación pesquera, establece en su artículo 31 que tendrán la consideración de medidas de gestión de los recursos pesqueros todas aquellas medidas y mecanismos dirigidos a racionalizar y ordenar la explotación de los recursos, y a equilibrar el esfuerzo pesquero y el desarrollo del sector con base en la mejor información científica disponible.
Se prevé que, por real decreto, se regulen las medidas de gestión de los recursos pesqueros, previa consulta al sector afectado y a las comunidades autónomas, en desarrollo de las disposiciones del título V de la mencionada Ley. La norma prevé que se puedan incluir, entre otras:
a) La asignación de posibilidades de pesca por buques o grupos de buques.
b) La transmisión entre buques de las posibilidades de pesca asignadas.
c) La gestión conjunta de las posibilidades de pesca asignadas por buques.
d) El cese de la actividad pesquera en caso de agotamiento de cuotas.
e) El cierre de las pesquerías.
f) Los mecanismos de flexibilización en la gestión de posibilidades de pesca.
g) Los mecanismos de racionalización en la gestión de posibilidades de pesca.
h) El mecanismo de optimización en la gestión de posibilidades de pesca.
i) Las reservas de posibilidades de pesca.
j) Los intercambios de posibilidades de pesca con otros Estados.
k) La gestión de las posibilidades de pesca no utilizadas.
l) Medidas específicas y singulares, cuya excepcionalidad respecto a la normativa general venga justificada atendiendo al estado de los recursos.
m) El seguimiento del consumo de las posibilidades de pesca por medios informáticos.
Así, el Real Decreto tiene por objeto desarrollar el título V de la Ley 5/2023 de 17 de marzo, de pesca sostenible e investigación pesquera, y regular las medidas de gestión de recursos pesqueros contempladas en el mismo.
No concurren posibles soluciones alternativas regulatorias o no regulatorias.
Conforme a lo establecido por el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de septiembre de 2016, por el que se dictan instrucciones para habilitar la participación pública en el proceso de elaboración normativa a través de los portales web de los departamentos ministeriales (Orden del Ministerio de la Presidencia 1590/2016, de 3 de octubre), se efectúa esta consulta a través del portal web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en su sección “Participación pública”, subsección “Pesca”.
Los interesados en participar en esta consulta pública previa podrán hacerlo remitiendo, por correo electrónico, sus contribuciones a la dirección bzn-sgajuridicosgpi@mapa.es, indicando en el asunto “CONSULTA PÚBLICA REAL DECRETO MEDIDAS DE GESTION DE LOS RECURSOS PESQUEROS”.
No serán tomadas en consideración las contribuciones a esta consulta pública que tengan carácter anónimo.
El plazo para la consulta pública previa será del 17 de abril al 2 de mayo de 2024, ambos incluidos.
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “Borrador de Orden por la que se modifica el artículo 7 de la Orden APA/25/2021 POR LA QUE SE REGULA EL EJERCICIO DE LA PESCA DE TÚNIDOS TROPICALES EN EL OCÉANO ÍNDICO Y SE CREA UN CENSO DE ATUNEROS CERQUEROS CONGELADORES AUTORIZADOS A LA PESCA DE TÚNIDOS TROPICALES EN EL OCÉANO ÍNDICO ”, dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: orgmulpm@mapa.es.
En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “borrador de Resolución de xx de xx de 2024, de la Secretaría General de Pesca, por la que se publica para 2024 el listado de días máximos subvencionables por reducción de esfuerzo pesquero para el año 2024, asignados por buque de arrastre de fondo del Mediterráneo en el marco de la Orden APA/423/2020, de 18 de mayo, por la que se establece un plan de gestión para la conservación de los recursos pesqueros demersales en el mar Mediterráneo".
El plazo para efectuar observaciones es de 7 días hábiles desde el día siguiente a la publicación, pudiendo remitir las mismas a la dirección de correo electrónico: gesfonpm@mapa.es, indicando en el asunto "Observaciones Borrador Resolución días máximos subvencionables reducción esfuerzo pesquero arrastre de fondo del Mediterráneo 2024".
Plazo para observaciones:
Inicio: 16 de abril de 2024
Fin: 24 de abril de 2024
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “Proyecto de Orden por la que se modifica el Anexo III de la Orden apa/423/2020, de 18 de mayo, por la que se establece un plan de gestión para la conservación de los recursos pesqueros demersales en el mar Mediterráneo".
El plazo para efectuar observaciones es de 7 días hábiles desde el día siguiente a la publicación, pudiendo remitir las mismas a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es indicando en el asunto Observaciones Proyecto Orden Modificación Anexo III Orden APA/423/2020.
Plazo para observaciones:
Inicio: 9 de abril de 2024
Fin: 17 de abril de 2024
Resolución de de de 2024 de la Secretaria General de Pesca, por la que se establecen las disposiciones de aplicación del plan de ordenación plurianual del atún rojo en el océano Atlántico oriental y el mar Mediterráneo para 2024
El plazo de publicación para información pública estará abierto del 03/04/2024 al 16/04/2024, ambos incluidos
Los comentarios sobre la misma deben enviarse a inspeatun@mapa.es
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden APA/1200/2020, de 16 de diciembre, por la que se establecen medidas de mitigación y mejora del conocimiento científico para reducir las capturas accidentales de cetáceos durante las actividades pesqueras”.
En este trámite de audiencia sólo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté plenamente identificado (nombre completo y DNI para persona física o denominación de la entidad y NIF para persona jurídica) y se indiquen los datos de contacto. Con carácter general las respuestas se considerarán no confidenciales y de libre difusión. Las partes que se consideren confidenciales deberán ser específicamente señaladas y delimitadas en los comentarios, motivando las razones de dicha calificación.
El plazo para efectuar observaciones es del 13 al 19 de enero, ambos inclusive, pudiendo remitirse las mismas a la siguiente dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es
Resolución de la Secretaría General de Pesca por la que se publica el listado de puertos designados conforme a la Orden APM/1057/2017, de 30 de octubre por la que se modifica la Orden AAA/658/2014, de 22 de abril, por la que se regula la pesca con arte de palangre de superficie de especies altamente migratorias
Los comentarios sobre la misma, así como la solicitud motivada de inclusión de nuevos puertos, donde se incluya horario y lugares habilitados para las descargas, o modificación de horario y/o zonas de desembarque, deben enviarse a inspeatun@mapa.es
El plazo para la remisión de comentarios: Inicio: 01/12/2023 Fin: 26/12/2023
De conformidad con lo previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se somete al trámite de audiencia e información pública el Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 36/2014, de 24 de enero, por el que se regulan los títulos profesionales del sector pesquero, para adaptarlo a la regularización de capacidad de pesca prevista en el real decreto 1044/2022, de 27 de diciembre, de ordenación de la flota pesquera, al efecto de recabar la opinión de los ciudadanos, así como de las organizaciones representativas del sector.
Las alegaciones, observaciones, sugerencias u opiniones al respecto que se realicen, deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: gesfonpm@mapa.es
El plazo para envío de observaciones al texto comienza el 28 de septiembre de 2023 y finaliza el 20 de octubre de 2023.
De conformidad con lo previsto en el artículo 26.6 de la ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se procede a la audiencia e información pública del Proyecto del Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 1173/2015, de 29 de diciembre, de desarrollo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca en lo relativo a las ayudas a la paralización definitiva y temporal de la actividad pesquera.
Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios en el plazo de 15 días hábiles a la dirección de correo electrónico: gesfonpm@mapa.es
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el borrador de “Acuerdo del Consejo de Ministros de XX de XXXX de 2023, por el que se designan los puertos donde estarán permitidas las operaciones de desembarque y transbordo de productos de la pesca y la prestación de servicios portuarios para los buques pesqueros de terceros países.".
El plazo para efectuar observaciones es de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación, pudiendo remitirse las mismas a la dirección de correo electrónico: inspecpm@mapa.es, indicando en el asunto "Observaciones Acuerdo Consejo Ministros puertos designados terceros países"
El plazo para su envío comienza el día siguiente a esta publicación, comenzando el 19 de junio y finalizando el 30 de junio de 2023, ambos inclusive.
Con fecha de 3 de mayo, se ha publicado en el BOE la Orden APA/441/2023, de 24 de abril, por la que se regula el acceso al porcentaje de capturas para fines científicos y los criterios para su fijación en el marco de campañas científicas autorizadas.
El objeto de la presente orden es establecer las disposiciones de acceso al porcentaje de captura para fines científicos y los criterios para su atribución a las respectivas campañas científicas autorizadas, para aquellos stocks en los que la demanda por parte del sector supere el porcentaje disponible por parte del Reino de España.
Conforme al artículo 2, apartado 4 de la citada orden se publican las líneas estratégicas de la Secretaría General de Pesca para el año 2023.
Los interesados presentarán su solicitud de acceso a la captura científica de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la citada Orden, contando con un mes de plazo desde el día siguiente a la publicación de la Orden, finalizando el plazo el 4 de junio.
El pasado 16 de febrero se inició el plazo para la participación pública del borrador de resolución por la que se publica la estimación de los días máximos subvencionables por la reducción de esfuerzo para el año 2023 asignados a los buques de arrastre de fondo del Mediterráneo en el marco de la orden APA/423/2020.
Con posterioridad a dicha publicación y como consecuencia de las medidas adoptadas en la Orden APA/80/2023, la Comisión ha reconocido a España 3.428 días de pesca adicionales, no recogidos en el anexo III del Rto (UE)2023/195 del Consejo.
Con el objetivo de mejorar la estimación de los días máximos subvencionables, se ha procedido a incorporar a la actividad ya asignada a cada buque, de acuerdo con el artículo 14 del RD 1173/2015, la actividad extraordinaria para 2023 distribuida según los criterios aplicados de acuerdo con la orden APA/423/2022.
Este incremento de días de pesca ha provocado el correspondiente ajuste en la estimación de los días máximos subvencionables que se recogen en el anexo de este borrador. Esta estimación estará condicionada a los días de actividad que finalmente se asigne a cada buque, de acuerdo con el procedimiento establecido en la Orden APA/423/2020, de 18 de mayo, por la que se establece el plan de gestión para la conservación de los recursos pesqueros demersales.
El objeto de esta resolución es facilitar la organización del sector y prever los requisitos para la posterior aplicación, en su caso, de la solicitud de ayudas por paralización temporal, y para garantizar el general conocimiento se procede a la publicación de esta resolución, donde se recoge el número máximo de días subvencionable estimados.
Las observaciones que se realicen deben ser dirigidas a la siguiente dirección de correo electrónico gesfonpm@mapa.es, con la siguiente referencia: Alegaciones borrador resolución días máximos subvencionables Mediterráneo 2023.
El plazo para su envío comienza el día 24 de marzo de 2023 y finalizará el 24 de abril de 2023, ambos incluidos.
Con la aprobación del Reglamento (UE) 2023/195 del Consejo de 30 de enero 2023, se fijan los 85.011 días de esfuerzo pesquero máximo para la flota de arrastre del Mediterráneo de España, para 2023, en el marco del plan de gestión para la conservación de los recursos pesqueros demersales en el mar Mediterráneo. Esta reducción de la actividad conlleva a la paralización de la flota afecta.
El RD 1173/2015 permite la financiación de las paradas temporales que realice la flota de acuerdo con el artículo 33.1 del Reglamento (UE) 508/2014 y el artículo 21 del Reglamento (UE) 2021/1139. del Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de julio de 2021 por el que se establece el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2017/1004.
Sin menoscabo de los días de actividad que finalmente se asigne a cada buque, de acuerdo con el procedimiento establecido en la Orden APA/423/2020, de 18 de mayo, por la que se establece el plan de gestión para la conservación de los recursos pesqueros demersales, con el objeto de facilitar la organización del sector y prever los requisitos para la posterior aplicación, en su caso, de la solicitud de ayudas por paralización temporal, y para garantizar el general conocimiento se procede a la publicación de esta resolución, donde se recoge el número máximo de días subvencionable estimados de acuerdo con el procedimiento recogido en el artículo 14.11 del RD 1173/2015.
Las observaciones que se realicen deben ser dirigidas a la siguiente dirección de correo electrónico gesfonpm@mapa.es, con la siguiente referencia: Alegaciones borrador resolución días máximos subvencionables Mediterráneo 2023.
El plazo para su envío comienza el día 16 de febrero de 2023 y finalizará el 1 de marzo de 2023, ambos incluidos.
De conformidad con lo previsto en el artículo 7 de la Orden APA/423/2020, de 18 de mayo, por la que se establece un plan de gestión para la conservación de los recursos pesqueros demersales en el mar Mediterráneo, se procede a publicar el Borrador de Resolución por la que se publica para 2023 el listado de días de pesca asignados por buque y grupo de buques de arrastre de fondo del Mediterráneo.
Las observaciones que se realicen pueden dirigirse a la siguiente dirección de correo electrónico calnacpm@mapa.es con la siguiente referencia: Alegaciones primer Borrador Resolución días Mediterráneo 2023.
El plazo para su envío comienza el día 1 de febrero de 2023 y finaliza el 27 de febrero de 2023, ambos incluidos.
De conformidad con lo previsto en el artículo 26.2 de la ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificado por la ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, se somete a consulta pública CON CARÁCTER PREVIO A LA ELABORACIÓN DEL TEXTO, información sobre el proyecto de establecimiento de una nueva reserva marina en Cabo Cope que plantea este ministerio.
Las observaciones u opiniones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: sgprotec@mapa.es con la siguiente referencia: “Observaciones a la consulta pública previa RM Cabo Cope”.
En esta consulta pública previa sólo serán consideradas las observaciones u opiniones en las que el remitente esté plenamente identificado (nombre completo y DNI para persona física o denominación de la entidad y NIF para persona jurídica) y se indiquen los datos de contacto. Con carácter general las respuestas se considerarán no confidenciales y de libre difusión. Las partes que se consideren confidenciales deberán ser específicamente señaladas y delimitadas en los comentarios, motivando las razones de dicha calificación.
El plazo para el envío de observaciones es de 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación, comenzando el 24 de enero y finalizando el 13 de febrero de 2023, ambos inclusive.
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública la orden del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se concretan determinados requisitos y condiciones relativos a la ayuda de Estado por consumo de gasóleo a empresas armadoras de buques pesqueros y almadrabas para el ejercicio 2023, recogida en el artículo 29 del Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre.
Las alegaciones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: comerpm@mapa.es
El plazo para el envío de las observaciones y comentarios al texto comienza el 5 de enero y finalizará el 17 de enero de 2023, ambos inclusive.
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el «Proyecto de orden por la que se modifica el Anexo III de la Orden APA/423/2020, de 18 de mayo, por la que se establece un plan de gestión para la conservación de los recursos pesqueros demersales en el mar Mediterráneo». En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.
Las observaciones que se realicen deberán dirigirse a la siguiente dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es
El plazo para el envío de alegaciones es de 7 días hábiles, comenzando el 5 de enero y finalizando el 16 de enero de 2023, ambos inclusive.
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el « Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 502/2022, de 27 de junio, por el que se regula el ejercicio de la pesca en los caladeros nacionales». En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.
Las observaciones que se realicen deberán dirigirse a la siguiente dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es
El plazo para el envío de alegaciones es de 7 días hábiles, comenzando el 4 de enero y finalizando el 13 de enero de 2023, ambos inclusive.
Para que los ciudadanos valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “PROYECTO DE ORDEN APA/ /2022, DE DE , POR LA QUE SE ESTABLECE LAS DISPOSICIONES PARA EL ACCESO AL PORCENTAJE DE CAPTURAS PARA FINES CIENTÍFICOS Y LOS CRITERIOS PARA SU FIJACIÓN EN EL MARCO DE CAMPAÑAS CIENTÍFICAS AUTORIZADAS.” dando un plazo de 15 días hábiles, desde el siguiente a su publicación, para efectuar observaciones, que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: sgprotec@mapa.es
En este trámite de audiencia sólo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté plenamente identificado (nombre completo y DNI para personalidad física o denominación de la entidad y NIF para personalidad jurídica) e indiquen los datos de contacto. Con carácter general las respuestas se considerarán no confidenciales y de libre difusión. Las partes que se consideren confidenciales deberán ser específicamente señaladas y delimitadas en los comentarios, motivando las razones de dicha calificación.
PLAZO PARA OBSERVACIONES:
Inicio: 8 de noviembre de 2022
Fin: 28 de noviembre de 2022
Para que los ciudadanos valoren, con anterioridad a su aprobación, y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete por tercera vez a información pública el “PROYECTO DE ORDEN APA/ /2022, de de , por la que se modifica la Orden de 8 de septiembre de 1998 por la que se establece una reserva marina y una reserva de pesca en el entorno de la isla de Alborán y se regula el ejercicio de la pesca en los caladeros adyacentes.”
Se realiza este tercer trámite de audiencia teniendo en cuenta:
En este tercer trámite de audiencia sólo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté plenamente identificado (nombre completo y DNI para persona física o denominación de la entidad y NIF para persona jurídica) y se indiquen los datos de contacto. Con carácter general las respuestas se considerarán no confidenciales y de libre difusión. Las partes que se consideren confidenciales deberán ser específicamente señaladas y delimitadas en los comentarios, motivando las razones de dicha calificación.
Se establece un plazo de SIETE DÍAS NATURALES, desde el día siguiente a su publicación, para efectuar observaciones, que será desde el 27 de octubre hasta el 2 de noviembre, ambos inclusive, las cuales podrán remitirse dirección de correo electrónico: sgprotec@mapa.es.
Para que los ciudadanos valoren, con anterioridad a su aprobación, y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “Proyecto de Orden APM/ /2022, por la que se regula la Reserva Marina de interés pesquero de la Isla de La Graciosa y de los islotes del norte de Lanzarote y se definen su delimitación, zonas y usos permitidos,” dando un plazo de 15 días hábiles, desde el día siguiente a su publicación, para efectuar observaciones, que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: sgprotec@mapa.es
En este trámite de audiencia sólo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté plenamente identificado (nombre completo y DNI para personalidad física o denominación de la entidad y NIF para personalidad jurídica) e indiquen los datos de contacto. Con carácter general las respuestas se considerarán no confidenciales y de libre difusión. Las partes que se consideren confidenciales deberán ser específicamente señaladas y delimitadas en los comentarios, motivando las razones de dicha calificación.
PLAZO PARA OBSERVACIONES:
Inicio: 26 de octubre
Fin: 16 de noviembre
De conformidad con lo previsto en el artículo 26.2 de la ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificado por la ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, se somete a consulta pública CON CARÁCTER PREVIO A LA ELABORACIÓN DEL TEXTO, información sobre el proyecto de Orden Ministerial por el que se establece los criterios de acceso y distribución a la cuota para fines científicos en el marco de campañas autorizadas, así como el cálculo de su montante.
Las observaciones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico sgprotec@mapa.es, con la siguiente referencia: “Observaciones a la consulta pública previa OM Cuota Científica”
En esta consulta pública previa sólo serán consideradas las observaciones u opiniones en las que el remitente esté plenamente identificado (nombre completo y DNI para personalidad física o denominación de la entidad y NIF para personalidad jurídica) y se indiquen los datos de contacto. Con carácter general las respuestas se considerarán no confidenciales y de libre difusión. Las partes que se consideren confidenciales deberán ser específicamente señaladas y delimitadas en los comentarios, motivando las razones de dicha calificación.
El plazo para el envío de estas comienza el 19 de septiembre y finalizará el 7 de octubre de 2022, ambos inclusive.
De conformidad con lo previsto en el artículo 26.2 de la ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificado por la ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, se somete a consulta pública CON CARÁCTER PREVIO A LA ELABORACIÓN DEL TEXTO, información sobre el proyecto de revisión de la regulación de la citada reserva que este ministerio tiene intención de tramitar.
Las observaciones u opiniones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: sgprotec@mapa.es con la siguiente referencia: “Observaciones a la consulta pública previa RM La Restinga- Mar de las Calmas”.
En esta consulta pública previa sólo serán consideradas las observaciones u opiniones en las que el remitente esté plenamente identificado (nombre completo y DNI para personalidad física o denominación de la entidad y NIF para personalidad jurídica) y se indiquen los datos de contacto. Con carácter general las respuestas se considerarán no confidenciales y de libre difusión. Las partes que se consideren confidenciales deberán ser específicamente señaladas y delimitadas en los comentarios, motivando las razones de dicha calificación.
El plazo para emitir observaciones es de 15 días hábiles, comenzando el 7 de septiembre y finalizando el 27 de septiembre, ambos inclusive.
A efectos de garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información pública previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a audiencia pública el Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden APA/423/2020, de 18 de mayo, por la que se establece un plan de gestión para la conservación de los recursos pesqueros demersales en el Mar Mediterráneo.
Las observaciones que se realicen deberán dirigirse a la siguiente dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es .
El plazo para el envío de las mismas comienza el 09 de agosto y finalizará el 28 de septiembre de 2022, ambos inclusive.
A efectos de garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información pública previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a audiencia pública el Proyecto de Orden por la que se establece un plan de gestión para la pesca con artes de cerco en el caladero Mediterráneo.
Las observaciones que se realicen, deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico calnacpm@mapa.es .
El plazo para el envío de las mismas comienza el 3 de agosto y finalizará el 23 de septiembre de 2022, ambos inclusive.
A efectos de garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información pública previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a audiencia pública el Proyecto de Orden por la que se establece un plan de gestión para la pesca de la langosta en las aguas exteriores adyacentes a las Illes Balears.
Las observaciones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico calnacpm@mapa.es.
Debido a las peticiones realizadas, se amplía el plazo para realizar observaciones, desde el 20 de septiembre hasta el 27 de septiembre.
El plazo para el envío de las mismas, que comenzó el 3 de agosto, finalizará el 27 de septiembre de 2022, inclusive.
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el «Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 502/2022, de 27 de junio, por el que se regula el ejercicio de la pesca en los caladeros nacionales.».
Por motivos de urgencia se reducirá el plazo para observaciones y comentarios, el cual comenzará el 7 de julio de 2022 y finalizará el 18 de julio de 2022, ambos inclusive. Dichas observaciones y comentarios podrán remitirse a la siguiente dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es.
De conformidad con lo previsto en el artículo 7 de la Orden APA/423/2020, de 18 de mayo, por la que se establece un plan de gestión para la conservación de los recursos pesqueros demersales en el mar Mediterráneo, se procede a publicar el Borrador de Resolución por la que se modifica la Resolución de 12 de abril de 2022, de la Secretaría General de Pesca, por la que se publica para 2022 el listado de días de pesca asignados por buque y grupo de buques de arrastre de fondo del Mediterráneo.
El plazo para observaciones y comentarios comienza el 28 de junio de 2022 y finalizará el 19 de julio de 2022, ambos inclusive. Estos podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el «Proyecto de Orden por la que se modifica el anexo III de la Orden APA/423/2020, por la que se establece un Plan de Gestión para la conservación de los recursos pesquero demersales en el mar Mediterráneo», dando un plazo de 15 días hábiles para efectuar observaciones.
Con el objeto de recibir los comentarios, se ruega que éstos sean enviados a: calnacpm@mapa.es
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el «Proyecto de Orden por la que se establece un plan de pesca de arrastre de fondo en determinadas zonas del litoral surmediterráneo», dando un plazo de 15 días hábiles para efectuar observaciones.
El plazo para observaciones y comentarios comienza el 19 de mayo de 2022 y finalizará el 8 de junio de 2022, ambos inclusive. Estos podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es.
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el «Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 182/2015, de 13 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de procedimiento del régimen sancionador en materia de pesca marítima en aguas exteriores.». En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.
Solo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté claramente identificado (nombre y dirección de la organización o persona, teléfono de contacto y correo electrónico).
El plazo para observaciones y comentarios comienza el 10 de mayo de 2022 y finalizará el 19 de mayo de 2022, ambos inclusive. Estos podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: bzn-sgajuridicosgpi@mapa.es
De conformidad con lo previsto en el artículo 26.2 de la ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificado por la ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, se somete a consulta pública CON CARÁCTER PREVIO A LA ELABORACIÓN DEL TEXTO, información sobre el proyecto de la futura regulación que este ministerio tiene intención de tramitar.
Las observaciones u opiniones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: orgmulpm@mapa.es con la siguiente referencia: “Observaciones a la consulta pública previa”.
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública la «Resolución de …de 2022 de la Secretaria General de Pesca, por la que se establecen las disposiciones de aplicación del plan de ordenación plurianual del atún rojo en el océano Atlántico oriental y el mar Mediterráneo para 2022»,El plazo para el envío de comentarios sobre la misma estará abierto desde el 8 hasta el 26 de abril (ambos incluidos). Deben enviarse a inspeatun@mapa.es.
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el «Proyecto de Orden por la que se regulan las paradas temporales para la modalidad de cerco en determinadas zonas del litoral Mediterráneo para el periodo 2022-2023», dando un plazo de 15 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es
Para que los ciudadanos valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete por segunda vez a información pública el “PROYECTO DE ORDEN APA/ /2022, de de de, por la que se modifica la Orden de 8 de septiembre de 1998 por la que se establece una reserva marina y una reserva de pesca en el entorno de la isla de Alborán y se regula el ejercicio de la pesca en los caladeros adyacentes.”
Se realiza este segundo trámite de audiencia teniendo en cuenta:
· El tiempo transcurrido desde la finalización del primer trámite, el 04/01/2021.
· Las alegaciones recibidas en el primer trámite.
· La introducción de las necesarias modificaciones en el proyecto de orden propuesto para recoger lo establecido en el Reglamento (UE) 2019/1022 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, que establece un Plan Plurianual para la pesca demersal en el Mediterráneo Occidental.
En este segundo trámite de audiencia sólo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté plenamente identificado (nombre completo y DNI para personalidad física o denominación de la entidad y NIF para personalidad jurídica) y se indiquen los datos de contacto. Con carácter general las respuestas se considerarán no confidenciales y de libre difusión. Las partes que se consideren confidenciales deberán ser específicamente señaladas y delimitadas en los comentarios, motivando las razones de dicha calificación.
Se establece un plazo de 15 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: sgprotec@mapa.es
En aplicación del Acuerdo de Consejo de Ministros de 23 de febrero de 2021, mediante el cual se ha establecido un nuevo procedimiento destinado a mejorar el proceso de elaboración de normas europeas, se procede a someter a consulta la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo que modifica el Reglamento (UE) 2019/833, por el que se establecen medidas de conservación y ejecución aplicables en la zona de regulación de la Organización de Pesquerías del Atlántico Noroeste.
Las medidas de conservación y gestión de la Organización de Pesquerías del Atlántico Noroeste (NAFO) se aplican exclusivamente a la zona bajo su regulación, en alta mar, que se define como la zona que se extiende más allá de las aguas en las que los Estados ribereños ejercen su jurisdicción en materia de pesca. Conforme al Convenio NAFO, las medidas de conservación que haya adoptado la Comisión de la NAFO son vinculantes (artículos XIV, VI.8 y VI.9) y las Partes contratantes están obligadas a aplicarlas. El Reglamento (UE) 2019/833 incorporó las medidas de conservación y control de la NAFO al Derecho de la Unión.
El objeto principal de eta propuesta es incorporar al Derecho de la Unión las modificaciones de las medidas de conservación y control que adoptó la NAFO en su reunión anual de septiembre de 2021, que entraron en vigor el 2 de diciembre de 2021 y son aplicables a partir de esa fecha.
Las sugerencias, alegaciones, observaciones que se realicen, deberán dirigirse a la siguiente dirección: drpesmar@mapa.es
El plazo para remitir sugerencias comienza el 22 de marzo y finaliza el 11 de abril de 2022, ambos inclusive.
De conformidad con lo previsto en el artículo 7 de la Orden APA/423/2020, de 18 de mayo, por la que se establece un plan de gestión para la conservación de los recursos pesqueros demersales en el mar Mediterráneo, se procede a publicar el Borrador de Resolución por la que se publica para 2022 el listado de días de pesca asignados por buque y grupo de buques de arrastre de fondo del Mediterráneo.
El plazo para observaciones y comentarios comienza el 24 de febrero de 2022 y finalizará el 17 de marzo de 2022, ambos inclusive. Estos podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es
Al objeto de realizar trámite de información pública y en el marco de las medidas de ayuda destinadas a la paralización temporal de las actividades pesqueras al amparo del FEMP, se procede a publicar el Real Decreto XX/2022, de XX de xxxxx, que modifica el Real Decreto 1173/2015, de 29 de diciembre, de desarrollo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca en lo relativo a las ayudas a la paralización definitiva y temporal de la actividad pesquera.
Con el objeto de recibir los comentarios, se ruega que éstos sean enviados a: gesfonpm@mapa.es, antes del 24 de marzo
De conformidad con lo previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se procede a la audiencia e información pública del proyecto de Orden por la que se prorroga la veda establecida por la Orden APA/308/2020 de 27 de marzo, por la que se establece una veda temporal para la pesca de coral rojo (Corallium rubrum) en el próximo bienio y de determina la noconcesión de licencias en dicho periodo, a efectos de recabar la opinión de ciudadanos, organizaciones o asociaciones afectadas.
Las observaciones u opiniones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es con la siguiente referencia: Alegaciones Orden prórroga veda temporal coral rojo.
El plazo para su envío comienza el día 1 de marzo y finaliza el 21 de marzo de 2022, ambos inclusive.
De conformidad con lo previsto en el artículo 26.6 de la ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se procede a la audiencia e información pública del Real Decreto XXX/2022 por el que se regula el ejercicio de la pesca en los caladeros nacionales, a efectos de recabar la opinión de ciudadanos, organizaciones o asociaciones afectadas.
Las observaciones u opiniones que se realicen, deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es con la siguiente referencia: Alegaciones Real Decreto Caladeros nacionales.
El plazo para su envío comienza el día 15 de febrero y finaliza el 7 de marzo de 2022, ambos inclusive.
De conformidad con lo previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se procede de nuevo a la audiencia pública del "Anteproyecto de Ley de pesca sostenible e investigación pesquera", que ha sido adaptado a las observaciones realizadas por el Consejo de Estado.
Las sugerencias, alegaciones, observaciones que se realicen, deberán dirigirse a la siguiente dirección: bzn-sgajuridicosgpi@mapa.es
Solo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté claramente identificado (nombre y dirección de la organización o persona, teléfono de contacto y correo electrónico).
El plazo para remitir sugerencias comienza el 11 de febrero y finaliza el 21 de febrero de 2022, ambos inclusive.
Consulta pública previa relativa a la revisión y actualización de la regulación de la reserva marina de interés pesquero de la isla de La Graciosa y de los islotes del norte de Lanzarote.
Cumpliendo con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma.
Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios en el plazo de 15 días hábiles, a la dirección de correo electrónico: sgprotec@mapa.es
De conformidad con lo previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se procede a la audiencia e información pública de la Orden APA/XXX/XXXX, por la que se modifica el anexo III de la orden APA/423/2020 por la que se establece un plan de gestión para la conservación de los recursos pesqueros demersales en el mar Mediterráneo, a efectos de recabar la opinión de ciudadanos, organizaciones o asociaciones afectadas.
Las observaciones u opiniones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es con la siguiente referencia: Alegaciones Orden por la que se modifica el Anexo III de la Orden APA/423/2020.
El plazo para su envío comienza el día 29 de octubre y finaliza el 19 de noviembre de 2021, ambos inclusive.
De conformidad con lo previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se procede a la audiencia e información pública de la Orden APA/XXX/XXXX , por la que se modifica la Orden APA/1212/2020, de 16 de diciembre, por la que se establecen zonas de veda espaciotemporal para la modalidad de arrastre de fondo y cerco en determinadas zonas del litoral mediterráneo para el periodo 2021-2022, a efectos de recabar la opinión de ciudadanos, organizaciones o asociaciones afectadas.
Las observaciones u opiniones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es con la siguiente referencia: Alegaciones Orden por la que se modifica la Orden APA/1212/2020.
El plazo para su envío comienza el día 29 de octubre y finaliza el 19 de noviembre de 2021, ambos inclusive.
De conformidad con lo previsto en el artículo 26.2 de la ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificado por la ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, se somete a consulta pública CON CARÁCTER PREVIO A LA ELABORACIÓN DEL TEXTO información sobre el proyecto de la futura regulación que este ministerio tiene intención de tramitar y en el que se fijarán las condiciones para el ejercicio de la pesca de las diferentes modalidades que faenan en aguas de los caladeros nacionales del Cantábrico Noroeste, Golfo de Cádiz y Mediterráneo.
Las observaciones u opiniones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es con la siguiente referencia: “Observaciones de carácter previo al anuncio de futura regulación de pesca de diferentes modalidades en algunos caladeros nacionales.”
El plazo para su envío comienza el día 15 de octubre y finaliza el 29 de octubre de 2021, ambos inclusive.
De conformidad con lo previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se procede a la audiencia e información pública de la Orden APA/XXX/XXXX, por la que se establece un Plan de Gestión para la pesca con artes de cerco en el Caladero Mediterráneo, a efectos de recabar la opinión de ciudadanos, organizaciones o asociaciones afectadas.
Las observaciones u opiniones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es con la siguiente referencia: Alegaciones Orden artes de cerco Caladero Mediterráneo.
El plazo para su envío comienza el día 29 de julio y finaliza el 17 de septiembre de 2021, ambos inclusive.
De conformidad con lo previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se procede a la audiencia pública del "Anteproyecto de Ley de pesca sostenible e investigación pesquera".
Las sugerencias, alegaciones, observaciones que se realicen, deberán dirigirse a la siguiente dirección: bzn-sgajuridicosgpi@mapa.es
Solo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté claramente identificado (nombre y dirección de la organización o persona, teléfono de contacto y correo electrónico).
El plazo para remitir sugerencias comienza el 3 de junio y finaliza el 24 de junio de 2021, ambos inclusive.
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el «Proyecto de Real Decreto por que se modifica el Real Decreto 395/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen medidas de ordenación de la flota pesquera que opera con artes fijos y menores en el Mediterráneo», dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es
En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.
De conformidad con lo previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se somete a información pública el proyecto de Real Decreto por el que se establecen las bases reguladoras y se convocan las ayudas a la puesta en marcha de proyectos en materia de economía azul en el sector pesquero y de la acuicultura, y se convocan para 2022 y 2023.
Los ciudadanos y organizaciones que así lo consideren, puedan hacer llegar sus aportaciones, a través del buzón de correo electrónico: gesfonpm@mapa.es
Borrador Resolución de …. de marzo de 2021 de la Secretaría general de pesca por la que se modifica el anexo iv de la orden apm/1057/2017, de 30 de octubre, por la que se modifica la Orden aaa/658/2014, de 22 de abril, por la que se regula la pesca con arte de palangre de superficie para la captura de especies altamente migratorias, y por la que se deroga la Orden arm/1647/2009, de 15 de junio, por la que se regula la pesca de especies altamente migratorias
De conformidad con lo previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se procede a la audiencia e información pública del Proyecto de Real Decreto de Pesca Marítima de Recreo en Aguas Exteriores, a efectos de recabar la opinión de ciudadanos, organizaciones o asociaciones afectadas.
Las observaciones u opiniones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es con la siguiente referencia: Alegaciones Proyecto RD Pesca Recreativa Exteriores 2021.
El plazo para su envío comienza el día 26 de abril y finaliza el 17 de mayo de 2021, ambos inclusive
De conformidad con lo previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se somete a información pública el proyecto de Real Decreto por el que se establecen las bases reguladoras de subvenciones a los proyectos estratégicos en materia de investigación para el desarrollo tecnológico, la innovación y el equilibrio de la cadena de comercialización en el sector pesquero y de la acuicultura, y se convocan para 2021.
Los ciudadanos y organizaciones que así lo consideren, puedan hacer llegar sus aportaciones, a través del buzón de correo electrónico:comerpm@mapa.es
El plazo para el envío de observaciones al texto comienza el 16 de marzo de 2021 y finaliza el 8 de abril de 2021, ambos inclusive.
Resolución de la Secretaría General de Pesca por la que se publica el listado de puertos designados conforme a la Orden APM/1057/2017, de 30 de octubre por la que se modifica la Orden AAA/658/2014, de 22 de abril, por la que se regula la pesca con arte de palangre de superficie de especies altamente migratorias
Cumpliendo con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios en el plazo de 1 mes a la dirección de correo electrónico: sgprotec@mapa.es
Cumpliendo con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública del proyecto de “Orden Ministerial por la que se regulan los límites de la actividad de cría del plan de ordenación plurianual del atún rojo”, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma.
Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios en el plazo de 15 días naturales a la dirección de correo electrónico: orgmulpm@mapa.es
Proyecto de Orden ministerial para el desarrollo del Real Decreto 36/2014, de 24 de enero, por el que se regulan los títulos profesionales del sector pesquero; con el fin de adaptar el título de Patrón Costero Polivalente para permitir que dichos titulados puedan ejercer como primer oficial de puente en buques cuyo mando corresponda a Patrón de Litoral
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el «Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 1440/1999, de 10 de septiembre, por el que se regula el ejercicio de la pesca con artes de arrastre de fondo en el caladero nacional del Mediterráneo», dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es
En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el «Proyecto de Orden por la que se establecen zonas de veda espaciotemporal para la modalidad de arrastre de fondo y cerco en determinadas zonas del litoral Mediterráneo para el período 2021-2022», dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es
En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el «Proyecto de Orden por la que se prorroga para la modalidad de cerco y artes fijos y menores la Orden AAA/2808/2012, de 21 de diciembre, por la que se establece un Plan de Gestión Integral para la conservación de los recursos pesqueros en el Mediterráneo afectados por las pesquerías realizadas con redes de cerco, redes de arrastre y artes fijos y menores, para el período 2013-2017», dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es
En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “Proyecto de orden por la que se modifica la Orden APA/557/2020, de 22 de junio, por la que se modifica la Orden APA/6/2020, de 14 de enero, por la que se regulan las paradas temporales para la modalidad de arrastre de fondo y cerco en determinadas zonas del litoral mediterráneo para el periodo 2020-2021", dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es
En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.
Consulta pública previa a la tramitación de la orden por la que se modifica la Orden de 8 de septiembre de 1998 por la que se establece una reserva marina y una reserva de pesca en el entorno de la isla de Alborán y se regula el ejercicio de la pesca en los caladeros adyacentes.
Cumpliendo con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios en el plazo de 15 días naturales a la dirección de correo electrónico:sgprotec@mapa.es
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden APA/6/2020, de 14 de enero, por la que se regulan las paradas temporales para la modalidad de arrastre de fondo y cerco en determinadas zonas del litoral mediterráneo para el periodo 2020-2021", dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden APA/514/2019, de 26 de abril, por la que se fijan normas para la aplicación de las exenciones a la obligación de desembarque y para la mejora en la selectividad de los artes", dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es
Habiéndose realizado nuevas modificaciones en el proyecto de “Orden APA por la que se regula la pesquería de patudo (Thunnus obesus) en el océano Atlántico y se establece un censo de buques autorizados a la pesca de patudo”, que con fecha 3 de enero de 2020 se sometió a información pública, se somete de nuevo a este trámite con las citadas modificaciones para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: orgmulm@mapa.es
En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “Proyecto de Orden por la que se modifica el Anexo I de la Orden APA/93/2020, de 4 de febrero, por la que se regula el ejercicio de la pesca de rabil y túnidos tropicales en el Océano Índico en la campaña 2020”, dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: orgmulpm@mapa.es.
En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “Proyecto de Orden APA, de 2019, por la que se regulan las paradas temporales para la modalidad de arrastre de fondo y cerco en determinadas zonas del litoral mediterráneo para el periodo 2020-2021”, dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es
En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “Proyecto de Orden por la que se prorroga la vigencia de la Orden AAA/2808/2012, por la que se establece un plan de gestión integral para la conservación de los recursos pesqueros en el Mediterráneo afectados por las pesquerías realizadas con redes de cerco, redes de arrastre y artes fijos y menores, para el periodo 2013-2017”, dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es
En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma
Cumpliendo con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios en el plazo de 15 días naturales a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es.
Cumpliendo con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios en el plazo de 15 días naturales a la dirección de correo electrónico: orgmulpm@mapama.es
Cumpliendo con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios en el plazo de 15 días naturales a la dirección de correo electrónico: orgmulpm@mapama.es
De conformidad con lo previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se somete a participación pública el PROYECTO DE REAL DECRETO, POR EL QUE SE REGULAN LAS DENOMINACIONES COMERCIALES Y LAS DENOMINACIONES DE PRODUCTOS CONSERVADOS Y PREPARADOS APLICABLES A LOS PRODUCTOS DE LA PESCA Y DE LA ACUICULTURA, al objeto de dar audiencia a los ciudadanos afectados y obtener cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse de otras personas o entidades, tras haberse sometido a consulta previa el pasado 26 de febrero de 2019.
Los ciudadanos y organizaciones que así lo consideren, puedan hacer llegar sus aportaciones hasta el 15 de septiembre de 2019, a través del buzón de correo comerpm@mapama.es
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “Proyecto de Orden por la que se establece un sistema de limitación del volumen de capturas de patudo (Thunnus obesus) en el Océano Atlántico durante la campaña 2019” dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: orgmulpm@mapama.es
En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.
Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 26.2 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procedió a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma durante el periodo comprendido entre el 12 de marzo y el 12 de abril de 2019.
Advertido un error en la dirección de correo electrónico facilitada entonces para el envío de comentarios en el procedimiento mencionado, y para garantizar que todos aquellos interesados que lo deseen puedan enviar sus comentarios, se abre un nuevo plazo de UN MES para el envío de comentarios a la dirección de correo electrónico: sgprotec@mapama.esPara que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “Proyecto de Orden APA/ / , de de 2019", por la que se establecen las bases reguladoras del premio Jacumar de investigación en acuicultura.
Dando un plazo de 15 días hábiles para efectuar observaciones que deberán remitir a la dirección de correo electrónico: comerpm@mapa.es
De conformidad con lo previsto en el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, con carácter previo a la elaboración de un proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma, acerca de:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
c) Los objetivos de la norma.
d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
En cumplimiento de dicho precepto, se pone a disposición de los interesados un documento informativo relativo a un futuro proyecto de Orden, por la que se modifica la Orden/986/2011 de 8 de abril por la que se establecen las bases reguladoras de los Premios Jacumar de investigación en acuicultura y de implantación de sistemas de gestión medioambiental por las empresas de acuicultura, a efectos de recabar la opinión de ciudadanos, organizaciones o asociaciones afectadas.
Las observaciones u opiniones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: comerpm@mapa.es.
El plazo para el envío de las observaciones y comentarios comienza el 30 de abril y finaliza el 24 de mayo de 2019, ambos inclusive.
Con el objeto de dar audiencia a los ciudadanos afectados y obtener cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas y entidades, tal como está previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a audiencia e información públicas el borrador de Real Decreto por el que se regula la comercialización de los productos pesqueros sujetos a obligación de desembarque.
Aquellos que lo deseen, deberán enviar sus comentarios en el plazo de quince días hábiles a la siguiente dirección de correo electrónico: comerpm@mapama.es
Con fecha 20 de noviembre de 2018 se sometió a información pública un borrador del “Proyecto de Orden por la que se fijan normas para la aplicación de las exenciones a la obligación de desembarque y para la mejora en la selectividad de los artes”, con un plazo de 15 días hábiles para que se efectuasen observaciones. Ahora se somete de nuevo a información pública el citado Proyecto, en el que se han hecho algunas modificaciones al borrador publicado, para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público”, dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es
En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.
De conformidad con lo previsto en el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, con carácter previo a la elaboración de un proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma, acerca de:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
c) Los objetivos de la norma.
d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias
En cumplimiento de dicho precepto, se pone a disposición de los interesados un documento informativo relativo a un futuro proyecto de real decreto por el que regula la comercialización de los productos sujetos a obligación de desembarque, y se actualizan las tallas mínimas de referencia a efectos de conservación, a efectos de recabar la opinión de ciudadanos, organizaciones o asociaciones afectadas.
Las observaciones u opiniones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: comerpm@mapa.es.
De conformidad con lo previsto en el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, con carácter previo a la elaboración de un proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma, acerca de:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
c) Los objetivos de la norma.
d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
En cumplimiento de dicho precepto, se pone a disposición de los interesados un documento informativo relativo a un futuro proyecto de real decreto por el que se establecen las denominaciones comerciales aplicables a los productos de la pesca y la acuicultura conservados y preparados, a efectos de recabar la opinión de ciudadanos, organizaciones o asociaciones afectadas.
Las observaciones u opiniones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: comerpm@mapa.es.
El plazo para el envío de las observaciones y comentarios comienza el 26 febrero y finaliza el 19 de marzo de 2019, ambos inclusive.
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “Proyecto de Orden APA/ /2019", por la que se establecen vedas para la pesca del Besugo en determinadas zonas del Cantábrico noroeste”, dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es
En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “Proyecto de Orden APA/ /2019", por la que se regulan las paradas temporales para la pesca de la modalidad de arrastre de fondo y cerco en determinadas zonas del litoral Mediterráneo”, dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapa.es
En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden AAA/661/2016, de 3 de abril, por la que se establecen criterios de desembarque de besugo capturado en aguas de la Unión y aguas internacionales de las zonas VI, VII y VIII del Consejo Internacional para la Exploración del Mar (CIEM)”, dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es.
En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.
Habiéndose realizado nuevas modificaciones en el “Proyecto de Real Decreto por el que se regula la pesquería de atún rojo en el Atlántico oriental y Mediterráneo”, que con fechas 14 de noviembre de 2017 y 21 de septiembre de 2018 se sometió a información pública, ahora se somete de nuevo a información pública con las citadas modificaciones para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: orgmulm@mapama.es
En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “Proyecto de Orden por la que reparten determinadas especies compartidas entre distintos caladeros y se modifican ciertos aspectos de las distintas órdenes que regulan la actividad pesquera en aguas españolas y europeas”, dando un plazo de 15 días hábiles para efectuar observaciones, que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es
Debido a las peticiones realizadas, se amplia el plazo para realizar observaciones, hasta el 10 de enero.
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “Proyecto de Orden por la que fijan normas para la aplicación de las exenciones a la obligación de desembarco y para la mejora en la selectividad de los artes”, dando un plazo de 15 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “Proyecto de Orden APA/ / , de de 2018, por la que se establecen vedas temporales para la pesca de la modalidad de cerco en el litoral de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia”. Dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es
En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “Proyecto de Orden por la que se establecen vedas temporales para la pesca de la modalidad de cerco en determinadas zonas del litoral de la Comunidad Autónoma de Cataluña”. Dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “Proyecto de Orden por la que se regula el ejercicio de la pesca de rabil para la flota atunera de cerco congeladora en el océano Índico en la campaña 2019”, dando un plazo de 15 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: orgmulpm@mapama.es
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden AAA/2536/2015, de 30 de noviembre, por la que se regulan las artes y modalidades de pesca marítima y se establece un plan de gestión para los buques de los censos del caladero nacional canario” dando un plazo de 15 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “Proyecto de Orden por la que se establecen vedas y límites de captura en la pesca de coral rojo” dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es
En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.
El proyecto de Resolución de la Secretaría General de Pesca por la que se modifica la Resolución de 27 de marzo de 2017 por la que se aprueban los criterios de buceo responsable en reservas marinas estuvo disponible en Participación Pública en la web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación desde el 1 de febrero al 2 de marzo de 2018, ambos inclusive.
Puesto que se va a tramitar el proyecto como orden ministerial, se somete de nuevo a información y audiencia públicas el proyecto de “ORDEN APA/ /2018 DE , POR EL QUE SE APRUEBAN LOS CRITERIOS DE BUCEO RESPONSABLE EN RESERVAS MARINAS.”, para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información pública previstos en el artículo 26.6. de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dando un plazo de un mes para efectuar observaciones, que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: sgprotec@mapama.es
Cumpliendo con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios en el plazo de 15 días naturales a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “Proyecto de Orden por la que se establece un plan de gestión y recuperación para la sardina (Sardina pilchardus) de las aguas ibéricas (8 y 9a) del Consejo Internacional para la Exploración del Mar (CIEM)”, dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones, que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es
En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.
Cumpliendo con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios en el plazo de 15 días naturales a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “Proyecto de Orden por la que se establece una veda temporal para el ejercicio de la pesca en la modalidad de arrastre en el litoral de la provincia de Tarragona” dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “Proyecto de Orden por la que se establecen vedas temporales para el ejercicio de la pesca en la modalidad de arrastre en el litoral de la Comunidad Valenciana” dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es
Cumpliendo con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios en el plazo de 15 días naturales a la dirección de correo electrónico: sgprotec@mapama.es
Cumpliendo con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios en el plazo de 15 días naturales a la dirección de correo electrónico: sgprotec@mapama.es
Cumpliendo con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios en el plazo de 15 días naturales a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “Proyecto de Real Decreto por el que se establecen medidas de ordenación y se regula el ejercicio de la pesca con artes de arrastre de fondo en el caladero del Mediterráneo”, dando un plazo de 15 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “Proyecto de Orden por la que se establece un plan de gestión integral para la conservación de los recursos pesqueros en el Mediterráneo afectados por las pesquerías realizadas con redes de cerco, redes de arrastre y artes fijos y menores”, dando un plazo de 15 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “Proyecto de Orden por la que se establecen determinadas zonas de veda para las modalidades de pesca dirigidas a la captura de especies demersales en el Golfo de León (GSA 7)” dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “Proyecto de Orden por la que se establece una veda temporal para la pesca en la modalidad de arrastre en el litoral de la Región de Murcia”, dando un plazo de 15 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es
Con fecha 26 de octubre de 2015 se sometió a información pública el proyecto un borrador del “Proyecto de Orden AAA/2015, por el que se regula la reserva marina de la isla de Tabarca“, con un plazo de 15 días hábiles para que se efectuasen observaciones. Puesto que a la vista de las alegaciones recibidas era necesario revisar el texto del proyecto, para ello se han celebrado reuniones y consultas técnicas, cuyo resultado es un nuevo borrador del proyecto. Por ello, se somete de nuevo a información pública el borrador actualizado del “Proyecto de Orden por el que se regula la reserva marina de interés pesquero de la isla de Tabarca, y se define su delimitación y usos permitidos.”, para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información pública previstos en el artículo 26.6. de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dando un plazo de un mes para efectuar observaciones, que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: sgprotec@mapama.es.
Se somete a información pública, en virtud de lo dispuesto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, en su redacción dada por la Disposición final tercera de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 849/2017, DE 22 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES AL FOMENTO DEL ASOCIACIONISMO, A ENTIDADES ASOCIATIVAS REPRESENTATIVAS DEL SECTOR PESQUERO, dando un plazo de 15 días naturales para efectuar observaciones, que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: comerpm@mapama.es
Cumpliendo con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios en el plazo de 15 días naturales a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es
Cumpliendo con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios en el plazo de 15 días naturales a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es
Se somete a información pública, en virtud de lo dispuesto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, en su redacción dada por la Disposición final tercera de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el proyecto de REAL DECRETO SOBRE TRAZABILIDAD, ETIQUETADO E INFROMACIÓN AL CONSUMIDOR, dando un plazo de 15 días hábiles para efectuar observaciones, que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: comerpm@mapama.es
Con fecha 2 de noviembre de 2017 se sometió a información pública un borrador del “Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden AAA/1406/2016, de 18 de agosto, por la que se establece un plan de gestión para los buques de los censos del caladero nacional del Golfo de Cádiz”, con un plazo de 15 días hábiles para que se efectuasen observaciones. Transcurrido dicho plazo, se somete de nuevo a información pública el citado Proyecto incluyendo los Anejos V,VII y VIII omitidos en el borrador publicado, para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es.
En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.
Cumpliendo con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios en el plazo de 15 días naturales a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015 de 1 de octubre , de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “Proyecto de Orden por la que se regula en España el Sistema de Localización de Buques Pesqueros Vía Satélite”, dando un plazo de 15 días hábiles desde el día siguiente a su publicación para efectuar observaciones, que podrán remitirse a la siguiente dirección de Correo Electrónico:
ASUNTO: Proyecto Orden SLB.
Para garantizar el acierto y la legalidad del texto que se somete a consulta según lo previsto en el artículo 26.5 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “Proyecto de Resolución de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifica la Resolución de 27 de marzo de 2017 por la que se aprueban los criterios de buceo responsable en reservas marinas.” dando un plazo de un mes para efectuar observaciones, que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: sgprotec@mapama.es
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “Proyecto de Orden por la que se establecen vedas temporales para la pesca de la modalidad de arrastre en determinadas zonas del litoral de Cataluña ” dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es
En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “Proyecto de Orden por la que se prorroga la vigencia de la Orden AAA/2808/2012, de 21 de diciembre, por la que se establece un plan de gestión integral para la conservación de los recursos pesqueros en el Mediterráneo afectados por las pesquerías realizadas con redes de cerco, redes de arrastre y artes fijos y menores, para el período 2013-2017” dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es.
En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “Proyecto de Orden por la que se establecen vedas temporales para la pesca de la modalidad de cerco en determinadas zonas del litoral de Cataluña ”, dando un plazo de 7 días hábiles para efectuar observaciones, que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es
En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma
Para conocimiento y opinión de sujetos y organizaciones más representativas que puedan verse afectados por la futura norma
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público ,se somete a información pública el “Proyecto de Orden Ministerial por la que se regula el ejercicio de la pesca de rabil para la flota atunera cerquera congeladora en el Océano Índico en la campaña 2018” Pudiendo remitir observaciones a la dirección de correo electrónico: orgmulpm@mapama.es
En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “Proyecto de Real Decreto por el que se regula la pesquería de atún rojo en el Atlántico oriental y Mediterráneo ”, dando un plazo de 15 días hábiles para efectuar observaciones, que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es
Cumpliendo con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios en el plazo de 15 días naturales a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “Proyecto de Orden por la que se establecen vedas temporales para la pesca de la modalidad de cerco en determinadas zonas del litoral de la Comunidad Valenciana ”, pudiendo remitir observaciones a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es
En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.
Cumpliendo con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios en el plazo de 15 días naturales a la dirección de correo electrónico: sgprotec@mapama.es
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden de 8 de septiembre de 1998 por la que se establece una reserva marina y una reserva de pesca en el entorno de la isla de Alborán y se regula el ejercicio de la pesca en los caladeros adyacentes”, dando un plazo de 15 días hábiles para efectuar observaciones, que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: sgprotec@mapama.es
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el “Proyecto de Orden por la que se establece una veda estacional del uso de los artes dirigidos a la captura de especies demersales en determinada zona del Golfo de León (GSA 7) ”, pudiendo remitir observaciones a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es
En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta nCumpliendo con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios a calnacpm@mapama.es
Proyecto de Real Decreto por el que se regula el establecimiento y cambio de puerto base de los buques pesqueros y por el que se modifica el Real Decreto 1549/2009, de 9 de octubre, sobre ordenación del sector pesquero y adaptación al Fondo Europeo de la Pesca.
Este Proyecto de RD (se inició el trámite con anterioridad) incluye una modificación del Real Decreto 1549/2009, de 9 de octubre, sobre ordenación del sector pesquero y adaptación al Fondo Europeo de la Pesca
Cumpliendo con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios en el plazo de 15 días naturales a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es
En cumplimiento de lo previsto por el artículo 6 del Real Decreto 629/2013, de 2 de agosto por el que se regula la pesca de coral rojo, su primera venta y el procedimiento de autorización para la obtención de obtención de licencias para su pesca, se ha elaborado un proyecto de orden, cuyo borrador se adjunta, por el que se convoca el procedimiento de autorización para la concesión de licencias de extracción y venta de coral rojo, para el bienio 2018-2019, con el objeto de que en el plazo máximo de 15 días, emitan, si así se estima, las observaciones al proyecto que se consideren oportunas.
Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios a: calnacpm@mapama.es
Cumpliendo con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma que este Ministerio tiene intención inicialmente de tramitar para regular la pesca de los buques atuneros cerqueros congeladores para la captura de túnidos tropicales. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios a bzn-orpstunidos@mapama.es
Cumpliendo con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios a calnacpm@mapama.es
Cumpliendo con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios a calnacpm@mapama.es
Se somete a información pública, en virtud de lo dispuesto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, en su redacción dada por la Disposición final tercera de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el proyecto de REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULAN MEDIDAS REFERENTES A LOS PLANES DE PRODUCCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN, EL MECANISMO DE ALMACENAMIENTO Y LA CREACIÓN Y REESTRUCTURACIÓN DE ORGANIZACIONES PROFESIONALES DEL SECTOR DE LOS PRODUCTOS DE LA PESCA Y DE LA ACUICULTURA, Y SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS A DICHAS MEDIDAS, COFINANCIADAS POR EL FONDO EUROPEO MARÍTIMO Y DE PESCA, dando un plazo de 15 días hábiles para efectuar observaciones, que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico comerpm@mapama.es
Cumpliendo con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios a calnacpm@mapama.es
Cumpliendo con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios a censoflota@mapama.es
Se somete a información pública, en virtud de lo dispuesto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, en su redacción dada por la Disposición final tercera de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el proyecto de REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES AL FOMENTO DEL ASOCIACIONISMO, A ENTIDADES ASOCIATIVAS REPRESENTATIVAS DEL SECTOR PESQUERO, dando un plazo de 15 días hábiles para efectuar observaciones, que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: comerpm@mapama.es
El Real Decreto 1838/1997, de 5 de diciembre, por el que se regulan el inicio de la actividad pesquera y los establecimientos y cambios de base de buques pesqueros, después de diecinueve años de vigencia, ha cumplido su cometido en normalizar aspectos importantes referidos a la actividad del buque pesquero, su movilidad y la protección y conservación de los recursos mediante el control del esfuerzo pesquero en el caladero nacional.
Podrán remitir las observaciones y los comentarios que se consideren oportunos en relación a este proyecto de Orden a la Subirección General de Política Estructural utilizando la siguiente dirección de correo electrónico: censoflota@mapama.es
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público ,se somete a información pública el “Proyecto de por la que se asignan las posibilidades de la pesca de España para la captura de rabil en el Océano Índico”
Pudiendo remitir observaciones a la dirección de correo electrónico: orgmulpm@mapama.es
En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma
Cumpliendo con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, se procede a realizar una consulta pública para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma que este Ministerio tiene intención inicialmente de tramitar para asignar las posibilidades de pesca de España para la captura de rabil en el Océano Índico. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios a bzn-orpstunidos@mapama.es
El plazo para el envío de alegaciones, observaciones, sugerencias u opiniones al texto comienza el 2 de junio y finaliza el 19 de junio de 2017, ambos inclusive.
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público , se somete a información pública el “Proyecto de Orden por la que se establece una veda temporal para la pesca de la modalidad de arrastre en las aguas exteriores del litoral de la Región de Murcia”, pudiendo remitir observaciones a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es
En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público , se somete a información pública el “Proyecto de Orden por la que se establecen vedas temporales para la pesca en la modalidad de arrastre en determinadas zonas del litoral de Tarragona y de la Comunidad Valenciana”, pudiendo remitir observaciones a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es
En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público , se somete a información pública el “Proyecto de orden por la que se modifica la Orden AAA/1406/2016, de 18 de agosto, por la que se establece un plan de gestión para los buques de los censos del caladero nacional del Golfo de Cádiz”, pudiendo remitir observaciones a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es
En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.
Se somete a información pública prevista en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, en su redacción dada por la Ley 40/2015 del Régimen Jurídico del Sector Público, el proyecto de Orden por la que se modifica la Orden AAA/658/2014, de 22 de abril, por la que se regula la pesca con arte de palangre de superficie para la captura de especies altamente migratorias, con un plazo de 15 días hábiles para ejecutar observaciones, que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico calnacpm@mapama.es
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público , se somete a información pública el “proyecto de orden por la que se establece un plan de gestión para los buques de los censos de altura, gran altura y buques palangreros mayores y menores de 100 TRB que operan en los límites geográficos de la Comisión de Pesca del Atlántico Nordeste”, pudiendo remitir observaciones a la dirección de correo electrónico: calnacpm@mapama.es
En uso de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha abreviado el plazo de presentación de observaciones a siete días hábiles dada la urgencia en la tramitación de esta norma.
Se somete a información pública prevista en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, en su redacción dada por la disposición final 3ª de la Ley 40/2016 del Régimen Jurídico del Sector Público, el proyecto de ORDEN por la que se regula la reserva marina de interés pesquero del Levante de Mallorca – Cala Rajada, y se definen su delimitación y usos permitidos, con un plazo de 15 días hábiles para ejecutar observaciones, que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico sgprotec@mapama.es
Cumpliendo con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios a calnacpm@mapama.es
Se somete a información pública, en virtud de lo dispuesto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, en su redacción dada por la Disposición final tercera de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el proyecto de REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES AL FOMENTO DEL ASOCIACIONISMO, A ENTIDADES ASOCIATIVAS REPRESENTATIVAS DEL SECTOR PESQUERO, dando un plazo de 15 días hábiles para efectuar observaciones, que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico comerpm@mapama.es
Se somete a información pública, en virtud de lo dispuesto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, en su redacción dada por la Disposición final tercera de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el proyecto de REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULAN LAS MEDIDAS REFERENTES A LOS PLANES DE PRODUCCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN, EL MECANISMO DE ALMACENAMIENTO Y LA CREACIÓN DE ORGANIZACIONES PROFESIONALES DEL SECTOR DE LOS PRODUCTOS DE LA PESCA Y DE LA ACUICULTURA, Y SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS A DICHAS MEDIDAS, COFINANCIADAS POR EL FONDO EUROPEO MARÍTIMO Y DE PESCA, dando un plazo de 15 días hábiles para efectuar observaciones, que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico comerpm@mapama.es
Se somete a información pública prevista en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, en su redacción dada por la disposición final 3ª de la Ley 40/2016 del Régimen Jurídico del Sector Público, el proyecto de ORDEN por la que se establece la reserva marina de interés pesquero de Cabo Tiñoso, y se definen su delimitación, zonas y usos, con un plazo de 15 días hábiles para ejecutar observaciones, que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico sgprotec@mapama.es
Cumpliendo con el artículo 26 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Aquellos que lo deseen deberán enviar sus comentarios a : bzn-orpstunidos@mapama.es
Cumpliendo con el artículo 26 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos potencialmente afectados por la futura norma y de las organizaciones más representativas. Aquellos que lo deseen, deberán enviar sus comentarios a: sgprotec@magrama.es
Cumpliendo con el artículo 26 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos potencialmente afectados por la futura norma y de las organizaciones más representativas. Aquellos que lo deseen, deberán enviar sus comentarios a: sgprotec@magrama.es
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se somete a información pública el proyecto de Orden, por la que se regula la pesquería de atún rojo en el Atlántico oriental y Mediterráneo, con un plazo para emitir observaciones de quince días hábiles, que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: bzn-orpstunidos@mapama.es
Cumpliendo con el artículo 26 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos potencialmente afectados por la futura norma y de las organizaciones más representativas. Aquellos que lo deseen, deberán enviar sus comentarios a: bzn-orpstunidos@mapama.es
Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se somete a información pública el proyecto de Orden por la que se modifica la orden AAA/1136/2016, de 30 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a los propietarios y pescadores de buques pesqueros españoles afectados por la paralización definitiva de la actividad pesquera, con un plazo para emitir observaciones de quince días hábiles, que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: gesfonpm@magrama.es
Se somete a información pública prevista en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, en su redacción dada por la disposición final 3ª de la Ley 40/2016 del Régimen Jurídico del Sector Público, el proyecto de real decreto por el que se modifica el RD 1173/2015, de 29 de diciembre, de desarrollo del FEMP en lo relativo a las ayudas a la paralización definitiva y temporal de la actividad pesquera, con un plazo de 15 días hábiles para ejecutar observaciones, que podrán remitirse a la dirección de correo electrónico uaifop@mapama.es
Cumpliendo con el artículo 26 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos potencialmente afectados por la futura norma y de las organizaciones más representativas. Aquellos que lo deseen, deberán enviar el cuestionario a: gesfonpm@magrama.es
Cumpliendo con el artículo 26 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se procede a realizar una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del texto, para recabar la opinión de los sujetos potencialmente afectados por la futura norma y de las organizaciones más representativas. Aquellos que lo deseen, deberán enviar sus comentarios a: sgprotec@magrama.es
Orden AAA, por la que se regula la reserva marina de Cabo de Palos, sus delimitaciones y usos .
En el marco del nuevo periodo de programación de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (Fondos EIE) para España para el periodo 2014-2020, se encuentra el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP), regulado por el Reglamento (UE) nº 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de mayo de 2014, publicado en el DOUE el 20 de mayo.
La elaboración del Programa Operativo del FEMP, implica la necesidad de someterse al procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica, de acuerdo con lo establecido por la Ley 21/2013, de 9 de diciembre de Evaluación Ambiental (LEA).
Por otro lado, el apartado 4 del artículo 55 del Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (en adelante Reglamento de Disposiciones Comunes -RDC-), establece que las evaluaciones ex ante incorporarán, cuando proceda, los requisitos de la evaluación estratégica medioambiental. Asimismo, en el anexo I del Reglamento (UE) nº 771/2014 se indica que se presentará en el anexo del PO un “Informe de la evaluación estratégica ambiental (EAE)”.
A la vista de la necesidad de llevar a cabo el procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica para la consecuente aprobación del PO FEMP, se redactó el “Documento Inicial Estratégico”, del PO FEMP 2014-2020, conforme el artículo 18 de la LEA el cual se remitió a la Subdirección General de Evaluación Ambiental de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (órgano ambiental).
Dicho documento fue sometido a consulta de las Administraciones Públicas afectadas y personas interesadas por parte del órgano ambiental, y a partir de las observaciones recibidas elaboró, un Documento de Alcance del Estudio Ambiental Estratégico (DAEA), aprobado por Resolución de la Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental, en el cual se incluye la amplitud, el nivel de detalle y el grado de especificación que el promotor debe utilizar en los estudios y análisis posteriores y que se deben materializar en el Estudio Ambiental Estratégico (EsAE).
Así pues, se ha elaborado el Estudio Ambiental Estratégico teniendo en consideración, conforme el artículo 20 de la LEA, las determinaciones incluidas en el Documento de Alcance del Estudio Ambiental Estratégico.
De conformidad con el artículo 21 de la LEA, dicho Estudio Ambiental Estratégico, junto a una versión inicial del PO del FEMP 2014-2020, se somete a información pública durante, un periodo de 23 días hábiles, de acuerdo con lo previsto en el Artículo 50 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el «Boletín Oficial del Estado». Publicado en el BOE nº 192 del 12/08/2015.
Las observaciones que se consideren oportunas en relación a dichos documentos podrán ser remitidas a la Dirección General de Ordenación Pesquera utilizando la siguiente dirección de correo electrónico: uaifop@magrama.es
A continuación encontrará la normativa vigente que regula las autorizaciones para la pesca de coral rojo en aguas exteriores y su venta en el periodo 2016-2018.