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El Plan Nacional de Control Oficial de la Cadena Alimentaria (PNCOCA) es el documento que describe los sistemas de control oficial a lo largo de toda la cadena alimentaria en España, desde la producción primaria hasta los puntos de venta al consumidor final. El Plan es completo e integral, y describe las actuaciones de control oficial de las distintas Administraciones Públicas españolas en el ámbito de sus competencias.
La existencia de un Plan Nacional de control multianual es obligatorio en todos los Estados Miembros de la Unión Europea, de acuerdo con el Artículo 109 del Reglamento (UE) 2017/625, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2017, sobre los controles y otras actividades oficiales realizados para garantizar la aplicación de la legislación sobre alimentos y piensos, y de las normas sobre salud y bienestar de los animales, sanidad vegetal y productos fitosanitarios.
Desde el 1 de enero de 2021, está en aplicación el cuarto Plan de control, denominado “Plan Nacional de Control Oficial de la Cadena Alimentaria 2021-2025”, que proporciona en España un marco sólido, estable y a la vez flexible, para la realización del control oficial a lo largo de toda la cadena alimentaria, donde administraciones públicas, operadores económicos y consumidores encuentren un referente.
Las competencias en el control oficial de la cadena alimentaria en nuestro país recaen a nivel central en los Ministerios de Agricultura, Pesca y Alimentación; el Ministerio de Sanidad; el Ministerio de Consumo y el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, que ostentan un papel principalmente coordinador. Con la excepción de los controles en frontera, las competencias en la planificación y ejecución de los controles oficiales recaen en las comunidades autónomas.
Las competencias de este Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación se centran en el control del ámbito de la producción primaria y de la calidad alimentaria. En esta parte, se describe la estructura que soporta los controles oficiales, tanto a nivel de coordinación, de su ejecución, de los laboratorios, de los soportes informáticos necesarios, la formación específica de sus inspectores, así como un capítulo de gran interés centrado en la calidad de los controles oficiales.
Posteriormente se desarrollan cada uno de los 19 programas que forman parte del ámbito de control del Reglamento que sustenta este Plan Nacional en lo que afecta a las competencias del MAPA.
Finalmente, el actual modelo de informe anual empleado es el recogido en el Reglamento de ejecución (UE) 2019/723 de la Comisión, de 2 de mayo de 2019, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al modelo de formulario normalizado que debe utilizarse en los informes anuales presentados por los Estados miembros.
Los Programas Nacionales de Higiene de la Pesca Extractiva y de la Acuicultura cumplen con la necesidad de controlar la correcta aplicación de las normas de higiene en la producción primaria con el objetivo principal de incrementar el nivel de seguridad alimentaria y con ello la confianza del consumidor final.
Los Programas han sido realizados en el seno del Grupo de Trabajo de Higiene en el que participan las Autoridades competentes de las Comunidades Autónomas y la Secretaría General de Pesca, ejerciendo ésta la función de la coordinación del control oficial de higiene de la producción primaria.
El objetivo general de ambos Programas es controlar que los operadores de empresas alimentarias cumplan las disposiciones legales comunitarias nacionales y autonómicas vigentes referidas al control de los peligros y a las prácticas correctas de higiene en la producción primaria y operaciones conexas.
La aplicación de los Programas es continua en el tiempo y con carácter anual las Autoridades competentes de las Comunidades Autónomas han de informar de sus resultados mediante la confección de un Informe anual.
Estos Informes se estructuran por parte de la Unidad Coordinadora del MAPA en un único Informe anual que resume el grado de aplicación de los Programas en el territorio nacional. Este proceso se lleva a cabo con todos los Programas incluidos en el PNCOCA, de tal forma que se traslada a la Comisión un Informe global de las actuaciones de control oficial realizadas en España.