Funciones de la Autoridad de auditoría
1. La Autoridad de auditoría de un Programa operativo tendrá, en particular, los siguientes cometidos:
a) asegurarse de que se realizan auditorías para comprobar el funcionamiento eficaz del sistema de gestión y control del Programa operativo;
b) garantizar que las auditorías de las operaciones se basan en una muestra representativa que permita verificar el gasto declarado;
c) presentar a la Comisión, en el plazo de nueve meses a partir de la presentación del Programa operativo, una estrategia de auditoría en la que figuren los organismos que vayan a llevar a cabo las auditorías mencionadas en las letras a) y b), el método que vaya a aplicarse, el método de muestreo utilizado para las auditorías de las operaciones, así como una planificación indicativa de las auditorías a fin de garantizar que los principales organismos sean auditados y que las auditorías se distribuyan de forma equilibrada a lo largo del período de programación;
d) garantizar que la Autoridad de gestión y la Autoridad de certificación reciban toda la información necesaria sobre las auditorías y controles efectuados;
e) a más tardar el 31 de diciembre de cada año, de 2008 a 2015: