- Circular de comunicación y visibilidad del Programa FEMPA
- Recuperación de ayudas FEMPA
Apartado dedicado a dar cumplimiento a las obligaciones que establece el Reglamento (UE) 2021/1060 (RDC) respecto de los Principios horizontales (art. 9) y de las Condiciones Favorecedoras (art. 15).
Para el período de programación 2021-2027, el RDC, define en su artículo 9 los siguientes principios horizontales comunes a todos los Fondos:
En lo que se refiere a las condiciones favorecedoras, el artículo 15 del RDC, remite al Anexo III del mismo texto en el que se establece la enumeración del tipo de condiciones favorecedoras horizontales que se aplicarán a todos los Objetivos Específicos y los criterios necesarios para evaluar su cumplimiento. Las condiciones favorecedoras horizontales se especifican a continuación:
Contratación Pública.
Ayudas de Estado.
Carta Derechos Fundamentales.
Discapacidad
En cumplimiento de la Condición Favorecedora Horizontal 4 “Ejecución y aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD) de conformidad con la Decisión 2010/48/CE del Consejo” se pone a su disposición los accesos directos a los buzones de consultas/quejas y denuncias de la Oficina de Atención a la Discapacidad (OADIS).
Consultas/Quejas:
https://www.rpdiscapacidad.gob.es/rpd/formularioCDQ.htm?tipo=0.