El asociacionismo pesquero constituye un instrumento esencial para la organización, representación y defensa de los intereses colectivos del sector pesquero y acuícola. Estas entidades permiten articular la participación de los profesionales en la gobernanza de los recursos marinos, garantizar la sostenibilidad de las actividades extractivas y fortalecer la cohesión socioeconómica de las comunidades costeras.
En su conjunto, el asociacionismo pesquero constituye un pilar estratégico de la política pesquera nacional y comunitaria, al facilitar la participación ordenada del sector en la gestión de los recursos, reforzar la interlocución con las Administraciones públicas y contribuir a la sostenibilidad ambiental, económica y social de las actividades pesqueras.
Una entidad asociativa de ámbito nacional puede pertenecer a diferentes tipologías de asociacionismo pesquero (cofradía, asociación profesional, OPP, …), pero se diferencia porque su ámbito de actuación y representación es estatal, lo que le otorga capacidad de interlocución ante la Administración General del Estado.
Estas entidades asociativas, vienen participando en órganos consultivos de la Unión Europea, de instituciones internacionales y de la Administración General del Estado, especialmente del Ministerio de Agricultura y Pesca y Alimentación (MAPA), como interlocutores institucionales del diálogo permanente que se requiere para configurar una política pesquera y una planificación general de la economía en beneficio del interés general.
Las actividades de representación y defensa de los intereses de sus asociados a nivel nacional, comunitario e internacional, redunda en un fortalecimiento del asociacionismo, que la Administración pesquera se ha marcado como prioridad.
Con objeto de dar apoyo económico a esta importante labor, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación convoca anualmente una subvención al fomento del asociacionismo.
SUBVENCIONES AL FOMENTO DEL ASOCIACIONISMO, A ENTIDADES ASOCIATIVAS REPRESENTATIVAS DEL SECTOR PESQUERO.
Podrán ser beneficiarios las entidades de ámbito nacional que cumplan los requisitos del artículo 2 del Real Decreto 849/2017. Las posibles beneficiarias se recogen en diferentes categorías :
a) Entidades asociativas representativas del sector extractivo de la pesca costera artesanal.
b) Entidades asociativas representativas del sector pesquero empresarial extractivo.
c) Entidades asociativas representativas del sector de la acuicultura.
d) Entidades asociativas representativas del sector transformador de productos de la pesca.
e) Entidades asociativas representativas del sector comercializador-distribuidor de productos de la pesca.
f) Entidades jurídicas cuyo objeto social sea fomentar la investigación industrial, el desarrollo tecnológico y de proyectos de I+D+i en el sector pesquero.
g) Entidades asociativas cuyo objeto sea fomentar la defensa de los intereses económicos y profesionales de las mujeres que trabajan en el sector pesquero.