Se ofrecen a continuación direcciones consideradas de utilidad.
a) PESCA MARÍTIMA PROFESIONAL.
Las embarcaciones con derecho a ejercer la pesca marítima profesional en la reserva marina serán las que pertenezcan a la Cofradía de Andratx o tengan puerto base en el ámbito territorial de esta cofradía, a pesar de no ser miembro de ella, o tengan el puerto base a menos de 24 millas de la reserva marina y demuestren habitualidad de pesca en la zona en los dos años anteriores a la creación de la reserva marina y estén incluidas en el censo de artes menores del caladero Mediterráneo.
b) PESCA MARÍTIMA DE RECREO.
Para el ejercicio de la pesca marítima de recreo desde embarcación, estará sujeta a autorización, que será obtenida de acuerdo con lo establecido en la normativa correspondiente y con las limitaciones de tallas, capturas y especies permitidas establecidas en la Orden Ministerial APA/1024/2020, de 27 de octubre (B.O.E. núm. 292 de 5 de noviembre de 2020).
Las solicitudes se presentarán, para aguas exteriores, en el Área funcional de Agricultura y Pesca de la Delegación del Gobierno de las Isla Baleares.
c) ACTIVIDADES SUBACUÁTICAS.
Para el ejercicio de actividades subacuáticas, las autorizaciones se conceden para una fecha concreta, por riguroso orden de presentación de solicitudes, hasta completar el cupo permitido de inmersiones y embarcaciones.
Las solicitudes se presentarán en el Área Funcional de Agricultura y Pesca de la Delegación del Gobierno en las Islas Baleares o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, relativo a la presentación de las solicitudes en los procedimientos.
Para practicar el buceo en la Reserva Marina se deben cumplir los criterios de buceo responsable según la Orden APA/126/2019, de 1 de febrero, por la que se aprueban los criterios de buceo recreativo responsable en reservas marinas
En la zona de la reserva integral y en el resto de la reserva únicamente podrán realizarse aquellas actividades científicas que estén previamente autorizadas por la Dirección General de Pesca Sostenible de la Secretaría General de Pesca en función de su interés para el seguimiento del estado y evolución de las especies, las aguas y los fondos de la zona.
SECRETARÍA GENERAL DE PESCA
Velázquez, 144. 28006. MADRID.
Subdirección General de Investigación Científica y Reservas Marinas
Teléfono: 913 476 044/45
Fax: 913 476 046
Correo electrónico: reservasmarinas@mapa.es
Dependencia del Área Funcional de Agricultura y Pesca. Subdelegación del Gobierno en Islas Baleares.
Ciudad de Querétaro s/n
07071 Palma de Mallorca
Teléfonos: 971 989 420/ 425.
Fax: 971 989 414 .
Servei de Recursos Marins
Direcció General de Pesca i Medi Marí
Conselleria d'Agricultura, Pesca i Alimentació
C/ de la Reina Constança, 4
07006 Palma
Tel.: 971 17 61 00 Ext. 66054
Fax: 971 17 68 04