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14 de octubre de 2025

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 Las modificaciones aprobadas buscan reconocer los sistemas agrivoltaicos, flexibilizar la aplicación de los ecorregímenes y simplificar la gestión de las intervenciones en los sectores hortofrutícola y vitivinícola

 

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, un real decreto por el que se modifican diversas disposiciones sobre la Política Agraria Común (PAC) para mejorar algunos aspectos, tras tres años de aplicación desde la última reforma de ésta, que implican diversos ajustes técnicos y una mejora en su contenido.

Las modificaciones incluidas forman parte de las modificaciones del Plan Estratégico de la PAC consensuadas con todas las comunidades autónomas y aprobadas por la Comisión Europea el pasado 18 de agosto.

Entre otros aspectos, se incluye el reconocimiento de los sistemas agrivoltáicos como superficies potencialmente admisibles a efectos de las ayudas de la PAC, siempre que se mantenga el carácter prioritario de la actividad agraria. Esta medida responde a la necesidad de fomentar modelos sostenibles de producción agrícola y energética, sin comprometer el uso agrario del suelo. Los criterios técnicos que garanticen la compatibilidad entre ambos usos se definirán posteriormente. Esta medida representa una flexibilización que permitirá a más agricultores acogerse a las ayudas y ofrecer nuevas oportunidades de diversificación de sus ingresos sin comprometer el uso agrícola de las tierras.

 

Se aprueba también la simplificación y una serie de mejoras técnicas de los ecorregímenes. Así, se elimina la exigencia de mantener en verano una cubierta vegetal mínima del 20 % de la anchura libre de la proyección de copa para la práctica de cubiertas vegetales espontáneas o sembradas en cultivos leñosos, en coherencia con las flexibilidades introducidas en el año 2024 para los secanos.

Además, se establece un porcentaje único del 7 % de espacios de biodiversidad para explotaciones mixtas que combinen distintos tipos de tierras, lo que simplifica la gestión. Se amplía el listado de especies mejorantes válidas para la práctica de rotación de cultivos y se permite la inclusión de leguminosas plurianuales en zonas de no cosechado, con lo que se amplían las opciones de planificación agronómica.

 

Otra simplificación aprobada es en la gestión de las intervenciones sectoriales de frutas y hortalizas y la vitivinícola. En la primera, se introducen disposiciones para asegurar la compatibilidad entre los ecorregímenes y las acciones medioambientales coincidentes de los programas operativos durante un periodo transitorio. Igualmente, se amplía el alcance de las actividades de I+D+i a toda la cadena de valor del producto bajo el control de las organizaciones de productores de frutas y hortalizas, se alinea la definición de “filial” con la normativa comunitaria y se mejora la aplicación de los programas operativos para adecuar sus modificaciones a una planificación plurianual.

 

En cuanto a la intervención sectorial vitivinícola, los ajustes se orientan a mejorar la ejecución presupuestaria mediante la modificación de fechas para la comunicación de previsiones financieras, la clarificación de disposiciones sobre estimación de ejecuciones de promoción en terceros países y el ajuste de la redistribución de fondos entre comunidades autónomas.

 

Así mismo se ha aprobado también la modificación de otros reales decretos relativos a la aplicación de la PAC. En concreto, se establecen algunas especificidades en las cesiones de derechos en los casos en los que el cedente sea un agricultor que se incorpora a la actividad agraria o es una explotación catalogada como titularidad compartida; se adaptan los controles para ajustarlos a la actualización de la normativa sectorial, así como para uniformarlos y, de este modo, simplificar las actuaciones que hay que llevar a cabo.

 

Se introducen también cambios en la gestión y control de la disponibilidad de las parcelas declaradas por el agricultor en la solicitud única y en los plazos para subsanar deficiencias en las solicitudes; se adapta el régimen de aplicación de penalizaciones en materia de condicionalidad social, así como las establecidas en la intervención sectorial apícola. En materia de gobernanza, se establecen mejoras en el sistema de reporte a efectos del informe anual del rendimiento.

 

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