a) PESCA MARÍTIMA PROFESIONAL
Mediante la inclusión en el censo específico de la reserva, para aguas exteriores. En aguas del Parque Natural, se autorizan las pescas marítimas profesionales con los artes tradicionalmente utilizados en la zona.
b) ACTIVIDADES CIENTÍFICAS
Las solicitudes se dirigirán a la Dirección General de Pesca Sostenible de la Secretaría General de Pesca, adjuntando informe justificativo en el que se detallen objetivos, medios humanos y materiales y metodología a emplear y calendario previsto.
A la vista de su oportunidad e interés del estudio, la Secretaría General de Pesca resolverá sobre la conveniencia de su realización y autorizará su realización si se estima procedente.
En aguas del Parque Natural, la actividad requiere la autorización de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía (CMA).
c) ACTIVIDADES SUBACUÁTICAS
En aguas exteriores, requieren de la autorización de la Dependencia del Área Funcional de Agricultura y Pesca de la Subdelegación del Gobierno en Almería. En las aguas del Parque Natural, la autorización depende de la CMA de la Junta de Andalucía.
Las solicitudes se presentarán en el Área Funcional de Agricultura y Pesca de la Subdelegación del Gobierno en Almería o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, relativo a la presentación de las solicitudes en los procedimientos.