Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
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Directorio de Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias

Organizaciones Reconocidas

Siglas Nombre Orden Ministerial
AIFE ASOCIACIÓN INTERPROFESIONAL DE FORRAJES ESPAÑOLES. O.M. de 5 de diciembre de 1997
INPROVO ORGANIZACIÓN INTERPROFESIONAL DEL HUEVO Y SUS PRODUCTOS. O.M. de 30 de junio de 1998
AILIMPO ASOCIACIÓN INTERPROFESIONAL DE LIMÓN Y POMELO. O.M. de 27 de noviembre de 1998
INTERCITRUS INTERPROFESIONAL CITRÍCOLA ESPAÑOLA. O.M. de 27 de noviembre de 1998
AVIANZA ASOCIACIÓN INTERPROFESIONAL ESPAÑOLA DE CARNE AVÍCOLA.                          Orden APA/724/2024, de 28 de junio
ASICI ASOCIACIÓN INTERPROFESIONAL DEL CERDO IBÉRICO. O.M. de 22 de julio de 1999
INCERHPAN ORGANIZACIÓN INTERPROFESIONAL AGROALIMENTARIA DE CEREALES PANIFICABLES Y DERIVADOS. O.M. de 22 de julio de 1999
INLAC ORGANIZACIÓN INTERPROFESIONAL LÁCTEA O.M. de 28 de Septiembre de 2000
INTERCUN ORGANIZACIÓN INTERPROFESIONAL PARA IMPULSAR EL SECTOR CUNÍCOLA O.M. de 28 de septiembre de 2000
INTERFISH ORGANIZACIÓN INTERPROFESIONAL PESQUERA Orden APA/795/2023, de 5 de julio
INTEROVIC ORGANIZACIÓN INTERPROFESIONAL DEL OVINO Y CAPRINO DE CARNE O.M. de 26 de julio de 2001
ACEITE DE OLIVA ESPAÑOL            ORGANIZACIÓN INTERPROFESIONAL DEL ACEITE DE OLIVA ESPAÑOL O.M. de 27 de febrero de 2003
OIPVR ORGANIZACIÓN INTERPROFESIONAL DEL VINO DE RIOJA O.M. de 5 de marzo de 2004
ACEITUNA DE MESA ORGANIZACIÓN INTERPROFESIONAL DE LA ACEITUNA DE MESA O.M. de 25 de noviembre de 2005
OITAB ORGANIZACIÓN INTERPROFESIONAL DEL TABACO DE ESPAÑA O.M. de 24 de febrero de 2006
INTERAL INTERPROFESIONAL ESPAÑOLA DE LA ALIMENTACIÓN ANIMAL APA/352/2007 de 6 de febrero
CARACOL DE CRIANZA                     ORGANIZACIÓN INTERPROFESIONAL DEL CARACOL DE CRIANZA APA/3346/2007 de 23 de octubre
INTERPORC ASOCIACIÓN INTERPROFESIONAL DEL PORCINO DE CAPA BLANCA Orden ARM/2472/2008 de 1 de agosto
INTERPALM ASOCIACIÓN INTERPROFESIONAL DE LAS PALMÍPEDAS GRASAS Orden ARM/291/2010, de 3 de febrero
ASICCAZA ASOCIACIÓN INTERPROFESIONAL DE LA CARNE DE CAZA SILVESTRE O.M. ARM/2141/2010, de 16 de julio de 2010
OIVE ORGANIZACIÓN INTERPROFESIONAL DEL VINO DE ESPAÑA Orden AAA/2502/2014 de 23 de diciembre
PROVACUNO ORGANIZACIÓN INTERPROFESIONAL DE LA CARNE DE VACUNO Orden AAA/2501/2014 de 23 de diciembre
ACEITE DE ORUJO DE OLIVA                             ORGANIZACIÓN INTERPROFESIONAL DEL ACEITE DE ORUJO DE OLIVA Orden AAA/2894/2015, de 21 de diciembre
HORTIESPAÑA ORGANIZACIÓN INTERPROFESIONAL ESPAÑOLA DE FRUTAS Y HORTALIZAS Orden AAA/1402/2016, de 5 de agosto
ESPÁRRAGO VERDE                                    ORGANIZACIÓN INTERPROFESIONAL AGROALIMENTARIA DE ESPÁRRAGO VERDE DE ESPAÑA Orden APA/1047/2021, de 21 de septiembre
AGUACATE Y MANGO ORGANIZACIÓN INTERPROFESIONAL DEL AGUACATE Y EL MANGO Orden APA/1276/2023, de 19 de noviembre

A efectos de la Ley 38/1994, se entiende por Organización Interprofesional Agroalimentaria, la constituida por organizaciones representativas de la producción, de la transformación y en su caso de la comercialización  y distribución agroalimentaria, de un sector o producto incluido dentro del sistema agroalimentario.

El sistema agroalimentario está formado por el conjunto de los sectores agrícola, ganadero, forestal y pesquero, así como por las actividades de comercialización, de transformación y comercialización de sus productos. Sólo se podrá reconocer una Organización Interprofesional Agroalimentaria por sector o producto, si bien la Ley reguladora considera una serie de excepciones para productos con mercados específicos o destinos diferenciados y para aquéllos con derecho al uso de figuras de protección de la calidad diferenciada.

Finalidades

Las Interprofesionales se constituyen para el cumplimiento de alguna o todas las finalidades establecidas en el artículo 3 de la Ley reguladora que son:

  • Velar por el adecuado funcionamiento de la cadena alimentaria.
  • Mejorar el conocimiento, la eficiencia y la transparencia de los mercados
  • Mejorar la coordinación de los diferentes operadores.
  • Mejorar la calidad de los productos en todas las fases.
  • Promover investigación y desarrollo.
  • Promocionar las producciones alimentarias.
  • Racionalizar, mejorar y orientar la producción a las necesidades del mercado y de los consumidores
  • Promover la agricultura ecológica, la producción integrada y las figuras de calidad diferenciada. 
  • Elaboración de contratos tipo agroalimentarios compatibles con la normativa de competencia nacional y comunitaria.
  • Medidas para regular la oferta, de acuerdo con la normativa de competencia nacional y comunitaria.
  • Negociación colectiva de precios cuando existan contratos obligatorios en los términos previstos en la normativa comunitaria.
  • Controlar y racionalizar el uso de productos veterinarios y fitosanitarios.
  • Realizar acciones de mejora medioambiental.
  • Promover la eficiencia en los diferentes eslabones de la cadena alimentaria.
  • Realizar acciones de formación de los integrantes de la cadena.
  • Realización de estudios sobre métodos de producción sostenible y evolución del mercado.
  • Mejorar la cualificación profesional en el sector agroalimentario.
  • Cualquier otra que le atribuya la normativa comunitaria.

Representatividad

Para ser reconocida, la Organización Interprofesional deberá tener una representatividad mínima del 51 por 100 en todas y cada una de las ramas de actividad que la integran. Esta representatividad se determinará mediante criterios objetivos de carácter técnico-económico, de acuerdo con un baremo establecido por la interprofesional con la aprobación del Departamento.

Para que el acuerdo de una interprofesional pueda extenderse a todo su sector tiene que contar con el respaldo de al menos el 50 por 100 de los productores y operadores del mismo y de las 75 por 100 de las producciones afectadas.

Registro

Este Registro creado en el entonces Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación por la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, depende de la Dirección General de la Industria Alimentaria , posee carácter público y tiene como misión principal la inscripción en sus libros del reconocimiento otorgado a las organizaciones interprofesionales, así como otras situaciones derivadas de incumplimientos e infracciones de índole administrativa. Asimismo, procederá a la anotación de aquellos acuerdos que, debidamente notificados, se refieran a algunas de las finalidades definidas en el artículo 3 de la ley 38/1994, propias de las organizaciones interprofesionales y que se enunciarán como tales en sus estatutos sociales. Además se inscribirán los acuerdos de extensión de normas, una vez aprobados por la correspondiente orden del MAPA. También corresponde a este Registro el control y seguimiento de diversas actuaciones de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias, tales como la habilitación de los Libros de Registro de Miembros y de Acuerdos, obligatorios por estas entidades, y del cumplimiento por éstas de la debida información económico-societaria de carácter anual.

Información

Dirección General de Alimentación
Subdirección General de Competitividad de la Cadena Alimentaria
Tel.: 91-347.53.46
Correo:  sgcca@mapa.es

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