Para la adecuada ejecución de sus amplias competencias, el Departamento tiene adscritos organismos, sociedades y entidades, figuras que responden a las necesidades singulares que se plantean en el desarrollo de sus funciones, de acuerdo a los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, previstos en el artículo 103 de nuestra Constitución.