Los titulares de explotaciones agrarias que hayan sido gravemente afectados por la DANA, comunicarán al ayuntamiento en el que radique la parcela agrícola o instalación ganadera afectadas la existencia de daños, ya sea en la producción de su explotación (artículo 24 del Real Decreto-ley 7/2024) o en su potencial productivo (artículo 25 del RDL 7/2024).
Los ayuntamientos que hayan recibido comunicaciones por parte de los titulares de explotaciones agrarias de su municipio cumplimentarán el siguiente formulario y lo remitirán al correo electrónico Infodana.agro@mapa.es el miércoles de cada semana y hasta el 5 de febrero de 2025.