El Instrumento Financiero de Gestión Centralizada de Garantía de Cartera 2023-2027 enmarcado en el Plan Estratégico de la PAC y financiado con fondos FEADER (Fondo Europeo Agrícola y de Desarrollo Rural) es un mecanismo de apoyo que actúa como fuente de garantías para los destinatarios finales en la agricultura, la silvicultura y las zonas rurales que están emprendiendo proyectos financieramente viables que respalden las prioridades del FEADER.
Este apoyo a través de garantías a los préstamos puede combinarse con subvenciones o prestarse independientemente de ellas.
Desde 2014 los instrumentos financieros de fondos FEADER están recibiendo un fuerte impulso en España. Este Instrumento Financiero de Gestión Centralizada del periodo 2023-2027 está inspirado en el Instrumento Financiero de Gestión Centralizada del periodo anterior 2014-2020, compartiendo muchos rasgos comunes. Incluye cambios en la gobernanza ocasionados por las adaptaciones hechas a la normativa comunitaria vigente, con un único Plan Estratégico de la PAC para todo el territorio, así como mejoras y novedades interesantes fruto de la experiencia adquirida y las posibilidades que permite el nuevo periodo de la PAC.
El Instrumento financiero de Gestión Centralizada es un ejemplo de colaboración y coordinación entre administraciones. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación impulsa y cogestiona el instrumento; la Sociedad Autónoma de Caución Agraria, SAECA, formaliza los avales en nombre del IFGC; las Comunidades Autónomas aportan fondos cofinanciados con la Unión Europea y deciden para quién, cómo y para qué se ofertan estos apoyos; por último, las entidades financieras colaboradoras, posibilitan la firma de los préstamos.
En los instrumentos financieros, al ser una forma de apoyo reembolsable, los fondos que se destinan retornan al sector público a medida que los préstamos se van devolviendo por parte de los destinatarios finales y pueden reutilizarse tantas veces como sea posible dentro del periodo de programación, lo que posibilita abarcar más destinatarios finales que en el caso de las subvenciones.
Pero ¿cómo se articula este mecanismo de apoyo?
Las personas físicas y jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica (comunidades de bienes y entidades de titularidad compartida) que cumplan los requisitos establecidos en cada una de las distintas intervenciones pueden optar a las convocatorias de instrumentos financieros de las Comunidades Autónomas que se publiquen.
En este periodo las Comunidades Autónomas podrán ofrecer bonificación de intereses de estos préstamos, lo que mejora aún más las condiciones de los mismos, que están fijadas en un convenio.
La Comunidad Autónoma analiza las solicitudes recibidas y emite una resolución donde se da derecho a un préstamo garantizado por el IFGC, en su caso, asociado a una bonificación de intereses. El IFGC garantiza el 80% del riesgo préstamo a préstamo con un límite de cartera del 20% y la bonificación de intereses a aplicar se establecerá en las convocatorias regionales.
Esta garantía promueve la inversión privada, facilitando que las entidades financieras tomen la decisión de conceder los préstamos a perfiles de clientes que de otra forma no obtendrían financiación, como por ejemplo jóvenes sin historial crediticio previo o sin posibilidad de avales familiares, proyectos innovadores, etc.
Con la mencionada resolución, el préstamo puede formalizarse en cualquiera de las entidades colaboradoras del instrumento financiero
El IFGC tiene un efecto multiplicador de un 6,25 es decir, cada euro destinado al mismo es capaz de garantizar 6,25 euros en préstamos, lo que permite generar un importante impacto en el mundo rural accediendo a un gran número de destinatarios.
A parte de la garantía ofrecida por el instrumento financiero, gracias a la negociación conjunta de las Comunidades Autónomas y el Ministerio con las entidades financieras, se consiguen buenas condiciones en los préstamos que se suscriben posteriormente en las entidades. Dichas condiciones, son comunes para todos los destinatarios finales y se recogen en un convenio tipo con las entidades financieras que voluntariamente se adhieren para ofertarlos.