Para que los ciudadanos lo valoren con anterioridad a su aprobación y así garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública la orden del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se concretan determinados requisitos y condiciones relativos a la ayuda de Estado por consumo de gasóleo a empresas armadoras de buques pesqueros y almadrabas para el ejercicio 2023, recogida en el artículo 29 del Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre.
Las alegaciones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: comerpm@mapa.es
El plazo para el envío de las observaciones y comentarios al texto comienza el 5 de enero y finalizará el 17 de enero de 2023, ambos inclusive.