Con la aprobación del Reglamento (UE) 2023/195 del Consejo de 30 de enero 2023, se fijan los 85.011 días de esfuerzo pesquero máximo para la flota de arrastre del Mediterráneo de España, para 2023, en el marco del plan de gestión para la conservación de los recursos pesqueros demersales en el mar Mediterráneo. Esta reducción de la actividad conlleva a la paralización de la flota afecta.
El RD 1173/2015 permite la financiación de las paradas temporales que realice la flota de acuerdo con el artículo 33.1 del Reglamento (UE) 508/2014 y el artículo 21 del Reglamento (UE) 2021/1139. del Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de julio de 2021 por el que se establece el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2017/1004.
Sin menoscabo de los días de actividad que finalmente se asigne a cada buque, de acuerdo con el procedimiento establecido en la Orden APA/423/2020, de 18 de mayo, por la que se establece el plan de gestión para la conservación de los recursos pesqueros demersales, con el objeto de facilitar la organización del sector y prever los requisitos para la posterior aplicación, en su caso, de la solicitud de ayudas por paralización temporal, y para garantizar el general conocimiento se procede a la publicación de esta resolución, donde se recoge el número máximo de días subvencionable estimados de acuerdo con el procedimiento recogido en el artículo 14.11 del RD 1173/2015