Previo a la publicación de la Orden xxx/2021, de x de xxxxxxx, por la que se establecen medidas específicas de control para los desembarques de besugo (pagellus bogaraveo) capturado con artes de palangre, voracera y línea de mano en el mar de Alborán y la zona regulada por la orden aaa/1589/2012, de 17 de julio, por la que se regula la pesquería del voraz (pagellus bogaraveo) con el arte denominado voracera en el estrecho de Gibraltar, para poder anticiparse a las nuevas obligaciones y mantener informados a los interesados con la mayor antelación posible, se da publicidad a la presente resolución, a fin de que los ciudadanos y organizaciones que así lo consideren puedan formular alegaciones.
El plazo para remitir observaciones estará abierto del 17 al 31 de diciembre, ambos incluidos, pudiendo remitirse a la dirección de correo electrónico
inspecpm@mapa.es