Tramitación de los Certificados de Capturas para la Exportación de las capturas realizadas por buques pesqueros españoles cuando así lo exijan los acuerdos previamente adoptados con terceros países.

La entrada en vigor del Reglamento (UE) 2023/2842 del Parlamento Europeo y del Consejo de 22 de noviembre de 2023 modifica el Reglamento CE) 1005/2008 del Consejo, de 29 de septiembre de 2008, por el que se establece un sistema comunitario para prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR). 

Dicha modificación supone el establecimiento de un sistema digital de gestión de la información para el régimen de certificación de las capturas, integrado en la plataforma TRACES de la Comisión Europea, denominado CATCH.

El sistema CATCH va a ser obligatorio a partir del 10 de enero de 2026 para la realización de los intercambios de información, datos y documentos en relación con los movimientos de exportación de productos de la pesca, constituyéndose como herramienta única para la tramitación de los certificados de capturas por el exportador y la validación de éstos por las autoridades españolas. En consecuencia, a partir de dicha fecha, no se admitirán solicitudes presentadas mediante el método habitual hasta ahora.

Otra novedad introducida con el Reglamento (UE) 2023/2842, es la modificación del Anexo II del Reglamento (CE) 1005/2008. Con ello, se introduce cambios en el modelo de certificado de capturas para la exportación de productos pesqueros.

Respecto a la protección de datos, en relación con sus responsabilidades de transmisión de la información pertinente al sistema CATCH y con el tratamiento de todos los datos personales que puedan derivarse de dicha actividad, las autoridades competentes de los Estados miembros serán consideradas responsables del tratamiento tal como se define en el artículo 4, punto 7, del Reglamento (UE) 2016/679. Se considerará que la Comisión Europea es responsable del tratamiento tal como se define en el artículo 3, punto 8, del Reglamento (UE) 2018/1725 en lo que atañe a su responsabilidad de gestionar el sistema CATCH y al tratamiento de los datos personales que puedan derivarse de dicha actividad.

 

Legislación:

Reglamento (UE) 2023-2842 modifica Reglamento (CE) 1005-2008.

 

Procedimiento:

Para tramitar un certificado de captura para la exportación se debe realizar a través del nuevo sistema CATCH y para ello el procedimiento sería el siguiente:

•   Introducción al sistema informático CATCH

•   Registro del exportador: Iniciar sesión en TRACES NT a través de EU Login (servicio de autenticación de Usuarios de la Comisión Europea) y crear cuenta.
GUIA: Registro de usuarios exportadores y alta de operadores en CATCH

•   Registro del operador o empresa: en caso de que no exista, el exportador podrá realizar este registro de las empresas.
GUIA: Registro de usuarios exportadores y alta de operadores en CATCH

•   Registro de usuarios capitán o propietario de la licencia de pesca: si el exportador coincide con el propietario de la licencia de pesca del buque de captura, éste deberá añadir esa actividad a su operador/empresa. Si el propietario de la licencia es distinto al exportador, deberá registrarse en el sistema CATCH.
GUIA: Registro de usuarios capitán o propietario de licencia de pesca

•   Tramitación de un Certificado de Captura para la exportación.
GUIA: Creación de un certificado de capturas para la exportación

Adicionalmente, la Comisión Europea pone a disposición de los usuarios material didáctico relacionado con los distintos procedimientos de registro y alta de usuarios en la plataforma TRACES NT, así como la creación de un certificado de capturas para la exportación, a consultar a través de los siguientes enlaces:

•   https://webgate.ec.europa.eu/IMSOC/tracesnt-help/Content/en/getting-started.html
•   https://webgate.ec.europa.eu/IMSOC/tracesnt-help/Content/en/documents-certificates/catch/operator/exportation.html
•   https://webgate.ec.europa.eu/IMSOC/tracesnt-help/Content/en/documents-certificates/catch/webinars.html

 

Datos de contacto:

Servicio de Certificados de Capturas para la Exportación
Subdirección General de Control e Inspección y Lucha contra la Pesca Ilegal
Dirección General de Ordenación Pesquera y Acuicultura
Secretaría General de Pesca
C/ Velázquez, 147. 28002, Madrid

E-mail: bzn-exportaciones@mapa.es

Introducción general al uso de cookies en MAPA.gob.es

Las cookies son archivos que se pueden descargar en su equipo a través de las páginas web. Son herramientas que tienen un papel esencial para la prestación de numerosos servicios de la sociedad de la información. Entre otros, permiten a una página web almacenar y recuperar información sobre los hábitos de navegación de un usuario o de su equipo y, dependiendo de la información obtenida, se pueden utilizar para reconocer al usuario y mejorar el servicio ofrecido.

Tipos de cookies

Según quien sea la entidad que gestione el dominio desde donde se envían las cookies y trate los datos que se obtengan se pueden distinguir dos tipos: cookies propias y cookies de terceros.

Existe también una segunda clasificación según el plazo de tiempo que permanecen almacenadas en el navegador del cliente, pudiendo tratarse de cookies de sesión o cookies persistentes.

Por último, existe otra clasificación con cinco tipos de cookies según la finalidad para la que se traten los datos obtenidos: cookies técnicas, cookies de personalización, cookies de análisis, cookies publicitarias y cookies de publicidad comportamental.

Para más información a este respecto puede consultar la Guía sobre el uso de las cookies de la Agencia Española de Protección de Datos.

Cookies utilizadas en la web

El portal web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación utiliza Google Analytics, esta es una herramienta de analítica que ayuda a los sitios web y a los propietarios de aplicaciones a entender el modo en que sus visitantes interactúan con sus propiedades. Se utilizan un conjunto de cookies para recopilar información e informar de las estadísticas de uso de los sitios web sin identificar personalmente a los visitantes de Google. Más información sobre las cookies de Google Analytics e información sobre la privacidad. Estas cookies se pueden rechazar o aceptar ya que no interfieren en el funcionamiento de la página web pero sirven de gran ayuda aportando información que posibilita un mejor y más apropiado servicio por parte de este portal.

Por último, se descarga una cookie de tipo técnico denominada cookie-compliance, propia, de tipo técnico y de sesión. Gestiona el consentimiento del usuario ante el uso de las cookies en la página web, con el objeto de recordar aquellos usuarios que las han aceptado y aquellos que no, de modo que a los primeros no se les muestre información en la parte superior de la página al respecto. Esta cookie es de obligada utilización para el funcionamiento correcto del portal.

Aceptación / Rechazo de la Política de cookies

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación permite la aceptación o rechazo de las cookies no esenciales para el funcionamiento del portal. Para ello una vez que el usuario acceda al portal se mostrará un mensaje en la parte central con información de la política de cookies y las siguientes opciones:

  • Aceptar cookies: Si el usuario pulsa este botón, se aceptarán los cookies no obligatorias y no se volverá a visualizar este aviso al acceder a cualquier página del portal.
  • Configurar cookies: Si el usuario pulsa sobre el botón de configurar, se accederá a una segunda ventana modal donde se podrá configurar que cookies aceptar. Esta segunda ventana explica las cookies utilizadas en la actualidad y permite la selección o rechazo de las cookies no obligatorias. Una vez finalizada la selección se deberá presionar al botón Guardar configuración.

Cómo modificar la configuración de las cookies

Usted puede restringir, bloquear o borrar las cookies del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación o cualquier otra página web, utilizando su navegador. En cada navegador la operativa es diferente, la función de "Ayuda" le mostrará cómo hacerlo.