La anguila europea (Anguilla anguilla) es una especie migratoria catádroma, con un complejo ciclo biológico, donde aún se desconoce en su totalidad el grado en que intervienen los distintos factores que amenazan su población (presas y obstáculos a la migración, pesca, cambio climático y de las corrientes oceánicas, contaminantes, infecciones virales y parásitos...). La especie se reproduce en el Mar de los Sargazos, desde donde la larva “leptocéfala” es arrastrada por las corrientes oceánicas hacia las costas de Europa y norte de África, donde se transforman en angula, fase en la que se la puede encontrar en rías, estuarios y desembocaduras de los ríos. Desde aquí, la angula sube aguas arriba, pasando en los rios la mayor parte de su vida adulta hasta alcanzar la fase de anguila plateada, que es cuando alcanza la madurez y debe migrar de nuevo hacia el mar de los Sargazos para reproducirse y morir. La anguila europea se considera como un único stock poblacional.
Según los últimos dictámenes científicos del Consejo Internacional para la Exploración del Mar (CIEM), la población se encuentra fuera de los límites biológicos de seguridad, sufriendo un intenso declive desde finales de los años 70. El CIEM recomendó la elaboración de un plan de recuperación para toda la población de anguila europea con carácter urgente y que la explotación y demás actividades humanas que inciden en la pesca o en las poblaciones se redujeran lo máximo posible. De este modo, en el ámbito de la Unión Europea se aprobó el Reglamento (CE) 1100/2007 del Consejo, de 18 de septiembre de 2007, por el que se establecen medidas para la recuperación de la población de anguila europea. En lo que respecta al comercio internacional, la especie se incluyó en el Anexo II del Convenio CITES, con efectos a partir del 13 de marzo de 2009.
El Reglamento comunitario establece la obligatoriedad de elaborar planes de gestión por parte de los Estados miembros donde existan hábitats naturales de anguila. Su objetivo es reducir la mortalidad antropogénica para conseguir a largo plazo, con una elevada probabilidad, la fuga hacia el mar de al menos el 40 % de la biomasa de anguilas europeas respecto a sus niveles de fuga prístinos u originales. Para ello, los planes de gestión pueden incluir diversas medidas, como las que incidan en las pesquerías (reducción de la pesca profesional y/o recreativa, en cualquiera de sus dos fases, angula –menor de 12 cm- o anguila), medidas de repoblación, traslocación de ejemplares, lucha contra depredadores, desconexión temporal de turbinas de producción hidroeléctrica o mejora del hábitat fluvial y eliminación de obstáculos a la migración (estas últimas en el ámbito de la Directiva Marco del Agua). Asimismo, se deben implantar las adecuadas medidas de control y seguimiento.
En España, la anguila europea se considera una especie autóctona, cuya población ha sufrido un importante declive en los últimos años al igual que en el resto de Europa. La construcción de grandes presas a partir de los años 60 ha provocado además su desaparición de la mayor parte de las cuencas interiores de la Península Ibérica, quedando las actuales poblaciones relegadas a las franjas costeras. Las formas de aprovechamiento y gestión de las pesquerías varían entre las distintas Comunidades Autónomas, siendo en general de carácter tradicional.
Los Planes de Gestión de la Anguila Europea en España (PGAs) han sido aprobados mediante Decisión de la Comisión de fecha 1 de octubre de 2010, y constan de un Plan de Gestión Nacional (donde se definen las bases, estructura, medidas de evaluación y seguimiento y objetivos a nivel nacional, conteniendo un resumen de los 12 PGAs específicos) más doce planes de gestión específicos (11 PGAs autonómicos, más un Plan de Gestión para la Cuenca del Ebro). Para el tramo internacional del río Miño, se ha elaborado un plan de gestión conjunto entre España y Portugal, aprobado mediante Decisión de la Comisión de fecha 21 de mayo de 2012. Dichos planes pueden ser consultados a continuación de manera más detallada.