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En esta página podrá consultar información relativa a la emisión de DVR y la habilitación de veterinarios en las diferentes comunidades autónomas
La Consejeria de Agricultura , Pesca y Desarrollo Rural, ha emitido una resolución para regular que los veterinarios no oficiales puedan emitir estos documentos. Los requisitos para obtener la habilitación están descritos en la resolución.
La emisión de los DVR se realiza por los Servicios Veterinarios Oficiales, que para enfermedades no incluidas en los programas sanitarios oficiales se basarán en certificados emitidos por el veterinario de explotación. No se habilitarán veterinarios para la emisión de DVR.
Solicitud: El titular de la explotación, de forma individual, realiza una solicitud al Gobierno de Aragón a la que acompaña un certificado del veterinario de la explotación referido a las enfermedades con los textos armonizados.
Los Servicios Veterinarios Oficiales de las Oficinas Comarcales, a través de la aplicación informática emiten y firman el DVR
La empresa (cooperativa, primer comprador…) solicita el DVR de forma colectiva (para varios ganaderos). Presentará un formulario al Servicio de Sanidad y Producción Animal (de la Dirección General de Ganadería) indicando las enfermedades animales para las que se solicita la atestación y los ganaderos. La verificación posterior del cumplimiento de los requisitos a efectos de certificación se realiza mediante la consulta de la base de datos autonómica oficial en materia de registro y calificación sanitaria.Esta comunidad autónoma no habilitará veterinarios para la emisión de DVR.
Solicitud: El interesado presentará un formulario al Servicio de Sanidad y Producción Animal (de la Dirección General de Ganadería) indicando las enfermedades animales para las que se solicita la atestación y los ganaderos
Las atestaciones o DVR serán realizadas por los Servicios Veterinarios Oficiales en lo que concierne a requisitos relacionados con enfermedades sujetas a Programas Oficiales. Para el resto de enfermedades se basaran en las certificaciones hechas por veterinarios de ADS o de explotación. Debido al pequeño volumen de exportación no está prevista, al menos de momento, la habilitación de veterinarios certificadores
La solicitud de emisión del DVR debe dirigirse a los Servicios Centrales del Servicio de Ganadería en la Isla de Mallorca y a los Servicios Oficiales Veterinarios de los Consells Insulars en el resto de islas (Menorca, Ibiza y Formentera)
Govern de les Illes Balears
Direcció General d'Agricultura i Ramaderia
Servei de Ramaderia
Tel: 971 17 66 66
-INFORMACION PENDIENTE -
La emisión de los DVR se realiza por los Servicios Veterinarios Oficiales, que para enfermedades no incluidas en los programas sanitarios oficiales se basarán en certificados emitidos por el veterinario de explotación. No se habilitarán veterinarios para la emisión de DVR.
Las empresas solicitarán los DVR de los ganaderos que suministran la materia prima mediante escrito dirigido al Servicio de Sanidad y Bienestar Animal de la Consejera de Medio Rural, Pesca y Alimentación indicando las enfermedades para las que se solicita la atestación sanitaria.
La verificación del cumplimiento de los requisitos se efectúa mediante consulta de la base de datos oficial de los registros sanitarios de las explotaciones indicadas en la solicitud.
La emisión de los DVR se realiza por los Servicios Veterinarios Oficiales, que para enfermedades no incluidas en los programas sanitarios oficiales se basarán en certificados emitidos por el veterinario de explotación. No se habilitarán veterinarios para la emisión de DVR.
La solicitud podrá presentarse en cualquier Unidad Veterinaria, siendo preferible dirigirse a cualquiera de las 9 secciones provinciales de Sanidad y Producción Animal o directamente al Servicio de Sanidad Animal
Para emitir el DVR, desde los SVO se solicita a los ganaderos la siguiente documentación:
- Certificado de veterinario de explotación (formato oficial) conteniendo los textos armonizados (DVR PR-EXP).
- Adicionalmente, si el solicitante es una empresa, autorización del titular de la explotación para emisión de DVR
La emisión de los DVR se realiza por los Servicios Veterinarios Oficiales, que para enfermedades no incluidas en los programas sanitarios oficiales se basarán en certificados emitidos por el veterinario de explotación. No se habilitarán veterinarios para la emisión de DVR
La solicitud deberá dirigirse a:
Los formularios de solicitud estarán disponibles en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es), y podrán ser presentados de forma telemática.
Cataluña ha diseñado un procedimiento de certificación para la exportación en el que las información relevante relativa a enfermedades incluidas en los programas de control oficial se realizarán mediante documentos ya existentes, como las guías sanitarias y autoguías, o lo certificados de saneamiento o comunicación de positivos al primer comprador.
Para las enfermedades no incluidas en los programas de control oficial las atestaciones serán realizadas mediante la emisión de un DVR por los veterinarios de explotación. Cataluña ha establecido modelos únicos de DVR en función de la especie animal
La emisión de los DVR se realiza por los Servicios Veterinarios Oficiales, que para enfermedades no incluidas en los programas sanitarios oficiales se basarán en certificados emitidos por el veterinario de explotación. No se habilitarán veterinarios para la emisión de DVR.
Para solicitar un DVR individual (para una sola explotación ganadera), el titular de la explotación, de forma individual, realiza una solicitud en la oficina comarcal donde se encuentra la explotación.
Para obtener un DVR conjunto para varias explotaciones, se solicitará al servicio de producción y sanidad animal, para explotaciones integradas de porcino cuando el número de explotaciones sea elevado y afecta a varias provincias.
La emisión de los DVR se realiza por los Servicios Veterinarios Oficiales, que para enfermedades no incluidas en los programas sanitarios oficiales se basarán en certificados emitidos por el veterinario de explotación. No se habilitarán veterinarios para la emisión de DVR.
El ganadero /operador debe dirigirse a las Oficinas Veterinarias de Zona (15 en Extremadura), donde se les dará la información pertinente y, en caso necesario, el modelo de solicitud normalizado que se ha preparado para tal fin. Posteriormente, una vez cumplimentada la documentación por parte del solicitante, ésta deberá registrarse en los lugares habilitados para ello y enviarse a :
Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio.
Dirección General de Agricultura y Ganadería
Servicio de Sanidad Animal
Avda. Luis Ramallo, s/n 06800 MÉRIDA
Tfno: 924 002301/ 924 002248
Una vez se comprueba la documentación en los servicios centrales, así como el resto de condicionantes sanitarios de la explotación implicada, se procede a emitir el correspondiente DVR, y se envía por correo postal a la dirección de envío reflejada en la solicitud
La emisión de los DVR se realiza por los Servicios Veterinarios Oficiales, que para enfermedades no incluidas en los programas sanitarios oficiales se basarán en certificados emitidos por el veterinario de explotación. No se habilitarán veterinarios para la emisión de DVR.
La solicitud debe dirigirse al:
Servizo de Sanidade Animal
Subdirección Xeral de Gandaría
Consellería do Medio Rural
La emisión de los DVR se realiza por los Servicios Veterinarios Oficiales, que para enfermedades no incluidas en los programas sanitarios oficiales se basarán en certificados emitidos por el veterinario de explotación. No se habilitarán veterinarios para la emisión de DVR.
La solicitud debe dirigirse a:
Servicios Oficiales Centrales, Área de Ganadería
C/Gran Vía 3 , 4ªplanta
28013 Madrid
teléfono 91.4383012
Fax 91.5310417
En la C.A. de la Región de Murcia la emisión de los DVR´S es efectuada por veterinarios habilitados que en su mayor parte son los autorizados para la realización de los Certificados oficiales de movimiento.
Estos DVR´s se realizan desde una plataforma informática vía web a la que tienen acceso los veterinarios habilitados y los Servicios veterinarios oficiales , donde quedan grabados y trazados todos los DVR´s realizados y donde se le asigna una referencia única. Esta plataforma emite el documento en base a los requisitos de cada especie y producto de origen animal cargando automáticamente aquellos aspectos referidos a datos de calificaciones de los Programas oficiales de control que constan en las bases de datos oficiales.
Los veterinarios que deseen ser habilitados para la realización de estas certificaciones puede solicitarlo en el enlace corporativo:
https://www.carm.es/web/pagina?RASTRO=c80$m2480,2297&IDTIPO=240&IDCONTENIDO=2310
Para cualquier otra información deben dirigirse a:
Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca
Dirección General de Agricultura, Ganadería, Pesca Y Acuicultura
Servicio de Sanidad Animal.
Plaza Juan XXIII s/n
30008 MURCIA
El modelo adoptado por la C.F de Navarra para la emisión de atestaciones sanitarias (DVRs) contempladas en el RD 993/2014 de 28 de noviembre, por el que se establece el procedimiento y los requisitos de la certificación veterinaria oficial para la exportación, contempla 2 situaciones distintas:
1. Emisión de DVRs por los S.V.O de la Comunidad.
2. Emisión de DVRs por los veterinarios habilitados por la Autoridad Competente de la Comunidad.
Tal y como establece el RD 993/2014, en Navarra se va a hacer uso de la delegación de tareas habilitando veterinarios (por ejemplo, veterinarios de explotación o de ADS) para la emisión de DVRs para determinadas enfermedades.
Los veterinarios serán habilitados para emitir atestaciones sanitarias (DVRs) para explotaciones ganaderas y enfermedades concretas. La emisión de las atestaciones sanitarias de aquellas enfermedades para las que exista un programa de control oficial seguirá siendo responsabilidad de los SVO de la Comunidad. En la resolución por la que se habilite a los veterinarios, se indicará el alcance de la misma, indicando el listado de explotaciones ganaderas y enfermedades para las que es válida.
Los ganaderos que quieran solicitar DVRs deberán dirigirse a su veterinario de explotación o de ADS que deberá estar habilitado para poder emitirlas. En caso de que se trate de una enfermedad para la que su veterinario no esté habilitado para certificar, deberá dirigirse al SVO de la Comunidad.
Los veterinarios que deseen ser habilitados pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas comarcales y centrales del Servicio de Ganadería donde se les dará información adicional y una copia de la solicitud que tendrán que cumplimentar. También pueden utilizar la siguiente dirección:
http://www.navarra.es/home_es/Servicios/ficha/6971/Inscripcion-en-el-Registro-de-veterinarios-habilitados-para-emitir-declaraciones-veterinarias-responsables-(DVR)
Los ganaderos que deseen solicitar DVRs a los SVO pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas comarcales y centrales del Servicio de Ganadería. También pueden utilizar la siguiente dirección de correo electrónico: sanidad.animal@cfnavarra.es. En un futuro se prevé que puedan solicitar los DVRs a través de la Oficina Virtual Ganadera.
Servicio de Ganadería
Sección de Sanidad Animal
C/González Tablas, 9
31005 PAMPLONA
848 426 674 - 848 423932
sanidad.animal@cfnavarra.es
La emisión de los DVR se realiza por los Servicios Veterinarios Oficiales, que para enfermedades no incluidas en los programas sanitarios oficiales se basarán en certificados emitidos por el veterinario de explotación. No se habilitarán veterinarios para la emisión de DVR.
La solicitud deberá dirigirse a los Servicios oficiales territoriales de ganadería de las diputaciones forales.
La emisión de los DVR se realiza por los Servicios Veterinarios Oficiales, que para enfermedades no incluidas en los programas sanitarios oficiales se basarán en certificados emitidos por el veterinario de explotación. No se habilitarán veterinarios para la emisión de DVR.
La solicitud debe dirigirse a:
Servicios Centrales del Servicio de Ganadería
Carretera de Burgos, km 6 - Finca "La Grajera"
26071 Logroño (La Rioja).
Teléfono 941291609.